Algunos pronunciamientos de la Suprema Corte de Justicia de Buenos Aires en causas del fuero de Responsabilidad Penal Juvenil

AutorAna Inés Pérez Duhalde y María Belén Villafañe
Páginas40-46
Revista Niños, Menores e Infancias. Nº 11- 2018
Algunos pronunciamientos de la Suprema Corte
de Justicia de Buenos Aires en causas del fuero
de Responsabilidad Penal Juvenil
Por Ana Inés Pérez Duhalde y María Belén Villafañe.
ABSTRACT
I. El tránsito recursivo contra las sentencias de condena luego de la entrada en
vigencia de la ley 14.765 (b.o. 27/x/2015)
II. El juicio por jurados no se aplica a los procesos del fuero de resposnabilidad
penal juvenil
III. Necesidad de contacto personal con el joven previo a resolver art. 60, ley
13.634-.
IV. No corresponde la imposición de pena por debajo del mínimo previsto
tomando en cuenta la escala de la tentativa.
I. EL TRÁNSITO RECURSIVO CONTRA LAS SENTENCIAS DE CONDENA
LUEGO DE LA ENTRADA EN VIGENCIA DE LA LEY 14.765 (B.O.
27/X/2015)
Introducción
La ley 14.765 incorporó al Tribunal de Casación Penal en la etapa
recursiva de las causas que tramitan en el fuero de responsabilidad penal
juvenil (conf. art. 18 y concs. de la ley 13.634, t.o. según ley 14.765).
De la lectura de los fundamentos de la reforma surge que ésta tuvo por
finalidad adaptar las impugnaciones de los jóvenes a los estándares
constitucionales y del derecho internacional. Al mismo tiempo, se intentó

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