Sentencia de Camara Contencioso Administrativo Federal- Sala V, 20 de Octubre de 2016, expediente CAF 015026/2009/CA001

Fecha de Resolución20 de Octubre de 2016
EmisorCamara Contencioso Administrativo Federal- Sala V

Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL- SALA V 15026/2009 PRODMET SA c/ EN -AFIP DGI RESOL 52/09 s/DIRECCION GENERAL IMPOSITIVA Buenos Aires, de octubre de 2016.- MGC VISTOS:

El recurso extraordinario interpuesto por la parte demandada, Fisco Nacional (AFIP-DGI) a fojas 251/265 vta., que no fue replicado por la parte actora (confr. fojas 272), contra la sentencia de esta Sala de fojas 249/250 vta.

Y CONSIDERANDO:

  1. Que a fojas 249/250 esta S. resolvió rechazar el recurso de apelación interpuesto por el Fisco Nacional y, en consecuencia confirmó la sentencia apelada, sin costas en esta instancia por no existir actividad procesal de la parte vencedora.

  2. Que, al apelar la sentencia, el Fisco Nacional manifestó la arbitrariedad del fallo en crisis, entre otros fundamentos, por haberse interpretado equivocada e indebidamente la aplicación y el alcance de la Ley del Ahorro Obligatorio 23.549, de la Ley 11.683 (t.o. en 1998 y modificaciones) y los decretos 493/95 y 625/95 del P.E.N., resultando la decisión impugnada contraria al derecho invocado por esa parte y en violación a la división de poderes, la jerarquía de las leyes y al principio de igualdad y de legalidad tributaria.

  3. Que en este estado, corresponde analizar la procedencia del recurso extraordinario interpuesto.

  4. Que toda vez que el pronunciamiento de esta Sala interpreta normas de carácter federal en sentido adverso al postulado por el recurrente –como lo son la interpretación y el alcance de la Ley de Ahorro Obligatorio Nº 23.549, Ley 11.683 (t.o. en 1998 y modificaciones) y los decretos 493/95 y 625/95 del P.E.N-

    corresponde conceder el recurso extraordinario deducido, fundado en dicha causal.

    Fecha de firma: 20/10/2016 Firmado por: G.F.T., J.F.A., P.G.F...

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