Procuración del Tesoro de la Nación - DICTAMEN PTN Nº 321\/15

Fecha de disposición06 Abril 2016
Fecha de publicación06 Abril 2016

LICITACIÓN PÚBLICA. Adjudicación. Impugnaciones. Improcedencia. Inscripción en el SIPRO. Admisibilidad. Requisitos. PROCURACIÓN DEL TESORO DE LA NACIÓN. Dictamen. Cuestión técnica. INFORMES TÉCNICOS. Auditoría contable. Plena fe.

Corresponde rechazar el recurso jerárquico en subsidio interpuesto por una firma contra la Resolución del Ministerio de Salud mediante la cual se rechazaron por improcedentes las impugnaciones presentadas por la recurrente al Dictamen de la Comisión Evaluadora. Ello en el marco de la Licitación Pública convocada con el objeto de contratar el servicio de limpieza con destino a la sede central de la Administración Nacional de Laboratorios e Institutos de Salud "Dr. Carlos G. Malbrán". Los argumentos esgrimidos por la recurrente vinculados con las falsedades en la exposición económica y financiera del balance y la sanción impuesta por el Director General de Compras y Contrataciones de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires no pueden prosperar. En efecto, teniendo en cuenta que la empresa se encontraba incorporada en el Sistema de Información de Proveedores (SIPRO) la presentación del balance no constituye un requisito de admisibilidad de la oferta. No obstante ello, la certificación contable acredita un patrimonio neto no inferior a $ 150.000 (art. 84, Dec. N.º 893/12). Tampoco puede prosperar el segundo agravio invocado, toda vez que el Director General de Compras y Contrataciones de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires aplicó a la oferente cuestionada un apercibimiento en dicho ámbito, causal que no acarrea la desestimación de la oferta. El Reglamento del Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional, aprobado por el Decreto N.° 893/12, bajo el título causales de desestimación no subsanables, en su artículo 84 indica que será desestimada la oferta, sin posibilidades de subsanación, entre otros supuestos, si fuera formulada por personas que no estuvieran incorporadas en el Sistema de Información de Proveedores a la fecha de comienzo del período de evaluación de las ofertas, o a la fecha de adjudicación en los casos que no se emita el dictamen de evaluación o en los procedimientos en que no sea obligatorio presentar junto con la oferta la información y documentación para ser incorporado en el aludido sistema. Por su parte, el artículo 7.° del Anexo I al Pliego de Bases y Condiciones Particulares indicó que, de no encontrarse la empresa incorporada al SIPRO, deberá presentar, además de la documentación requerida para su incorporación, informe emitido por Contador Público, con la firma legalizada por el Consejo Nacional de Ciencias Económicas, donde se acredite que la firma cuenta con un patrimonio no inferior a pesos ciento cincuenta mil ($ 150.000,00) a la fecha de presentación de la oferta. Teniendo en cuenta que la empresa cuestionada se encontraba incorporada al SIPRO, resulta indudable que no le es aplicable la exigencia de la presentación de la certificación por patrimonio neto superior a $ 150.000 (ciento cincuenta mil pesos). En otro orden, la presentación del balance no constituía un requisito de admisibilidad de la oferta. Excede la esfera de las atribuciones de la Procuración del Tesoro abrir juicio sobre las cuestiones de naturaleza técnica y económica que otorgan fundamento a los proyectos que se ponen a su consideración, máxime si han sido objeto de análisis por las oficinas técnicas con competencia específica (v. Dictámenes 244:466). Los informes técnicos \u2013en el caso los estados contables e informe de Auditoría- merecen plena fe mientras no aparezcan elementos de juicio suficientes para destruir su valor, siempre que sean bien fundados, precisos y adecuados al caso (v. Dictámenes 258:295 y 259:138).

Dictamen N.º 321/15, 2 de diciembre de 2015. Expte. PTN N.º S04:0041385/15. Ministerio de Salud (Dictámenes 295:256).

Expte. PTN N.° S04:0041385/15

en nueve cuerpos

N.° original S01:0001763/12

ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LABORATORIOS E INSTITUTOS DE SALUD "DR. CARLOS G. MALBRÁN"

MINISTERIO DE SALUD

BUENOS AIRES, 02 de diciembre de 2015.

SEÑOR SUBSECRETARIO TÉCNICO DE LA SECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN:

Se solicita la intervención de esta Procuración del Tesoro de la Nación con relación al proyecto de decreto...

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