Procuración del Tesoro de la Nación - DICTAMEN PTN Nº 249\/2015

Fecha de disposición20 Enero 2016
Fecha de publicación20 Enero 2016

EMPLEADOS PUBLICOS. Reencasillamiento. Impugnación. Improcedencia. Reencasillamiento. Facultades discrecionales. Corresponde rechazar el recurso interpuesto por una agente contra la resolución que la reencasilló en el Nivel C, Grado 1, del Sistema Nacional de la Profesión Administrativa pues las tareas descriptas en el Formulario de Reencasillamiento se compadecen con las indicadas por la recurrente y son propias del Nivel que le fue otorgado, ya que encuadran en el Nivel C del Agrupamiento General, determinado en el artículo 10 del Anexo I del Decreto N.º 993/91. También, es preciso tener en cuenta que la interesada no impugnó el plexo normativo que sirvió de sustento legal para su encuadramiento, ni alegó que en el acto recurrido se hubiese transgredido algún precepto específico de aquél, sino que se limitó a objetar la valoración efectuada al decidirse su reencasillamiento respecto de sus antecedentes personales y funciones desempeñadas. Así, su cuestionamiento ha de ser apreciado solamente como una mera discrepancia con la ubicación escalafonaria que le fue asignada. En materia de encasillamientos o reescalafonamientos, el Poder Administrador tiene, en principio, un margen razonable de ponderación a fin de evaluar la complejidad, autonomía y responsabilidad de las tareas o funciones ejercidas por el agente, de acuerdo con los que preveía el Sistema Nacional de la Profesión Administrativa. Dictamen N.º 249/15, 29 de septiembre de 2015. Expte. N.º S04:0035227/15. Ex Ministerio de Economía y Obras y Servicios Públicos (Dictámenes 294:393). Expte. PTN N.° S04:0035227/15 Nros. originales 21402/92 y S01:0353512/07 EX SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD ANIMAL EX SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA EX MINISTERIO DE ECONOMÍA Y OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS BUENOS AIRES, 29 SEP 2015. SEÑOR SUBSECRETARIO TÉCNICO DE LA SECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICA DE LA PRESIDENCIA DE LA NACIÓN: Se consulta a esta Procuración del Tesoro de la Nación acerca de un proyecto de decreto (Provisorio N.° 2594/13), por el cual se rechaza el recurso jerárquico en subsidio interpuesto por la médica veterinaria Inés Mabel Vuotto, agente del ex Servicio Nacional de Sanidad Animal, organismo descentralizado actuante en la órbita de la ex Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca del entonces Ministerio de Economía y Obras y Servicios Públicos (actual Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria del Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca), contra la Resolución Conjunta de la (ex) Secretaría de la Función Pública de la Presidencia de la Nación (actual Secretaría de Gabinete de la Jefatura de Gabinete de Ministros) y del (ex) Servicio Nacional de Sanidad Animal N.° 21 del 20 de marzo de 1992. La referida Resolución reencasilló a la mencionada agente en el Nivel C, Grado 1, del Sistema Nacional de la Profesión Administrativa (SINAPA), aprobado por el Decreto N.° 993/91 (B.O. 28-6-91), texto ordenado en 1995 (v. Res. de la -ex- Secretaría de la Función Pública N.° 299/95, B.O. 12-9-95). - I \u2013 ANTECEDENTES DE LA CONSULTA 1. A fojas 1/7, la médica veterinaria Vuotto interpuso un recurso de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR