Procuración del Tesoro de la Nación - DICTAMEN PTN Nº 212\/15

Fecha de disposición20 Enero 2016
Fecha de publicación20 Enero 2016

SERVICIO PENITENCIARIO FEDERAL. Disponibilidad. Acto administrativo. Validez. FUERZAS ARMADAS Y DE SEGURIDAD. Junta Superior de Calificaciones. Facultades. MILITARES. Estado militar. Efectos. Extensión al Servicio Penitenciario Federal. Corresponde rechazar el recurso jerárquico deducido por una Alcaide Mayor (R) del Servicio Penitenciario Federal contra la Resolución del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos que la declaró en disponibilidad a efectos del retiro obligatorio. Ello en virtud de que desde el punto de vista jurídico, no se observan reparos que permitan desvirtuar la decisión tomada por las instancias previas de la Administración. En efecto, la referida resolución se dictó de conformidad con lo establecido en el artículo 101 de la Ley N.° 20.416 y lo dispuesto en el artículo 57 inciso b) de la Ley N.° 17.236, sin que puedan advertirse indicios de arbitrariedad. Asimismo, el acto jurídico atacado se integró con los informes y actos administrativos que le preceden, lo que contribuye a brindarle causa y motivación suficientes y a descartar la presencia de vicios en los elementos esenciales que aparejen alguna nulidad. Por último, la recurrente no cuestionó la normativa aplicable, por lo que su impugnación parece limitarse a una mera discrepancia con la decisión de declararlo en disponibilidad, volcada en el acto administrativo cuestionado. La Junta Superior de Calificaciones posee facultades discrecionales para la apreciación de las condiciones del personal para ascender, ser conservado en el Grado o pasado a retiro (v. Dictámenes 141:35; 280:66; 284:129; 285:67; 287:84 y Fallos 261:12). El estado militar presupone el sometimiento a las normas de fondo y forma que estructuran la institución castrense, ubicándola en una situación especial dentro de la Administración Pública, tanto por su composición como por las normas que la gobiernan. Dicho estado implica la sujeción al régimen de ascensos y retiros por el cual se confiere a los órganos específicos la capacidad para apreciar la concreta aptitud para ascender, conservar el grado o pasar a situación de retiro. Cabe extender tal criterio al Servicio Penitenciario Federal. Dictamen N.° 212/15, 14 de agosto de 2015. Expte. N.° S04:0063684/12. Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (Dictámenes 294:261). En igual sentido Dictámenes 294:266. Expte. N.° S04:0063684/12 MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS BUENOS AIRES, 14 AGO 2015. SEÑOR SUBSECRETARIO TÉCNICO DE LA SECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICA DE LA PRESIDENCIA DE LA NACIÓN: Se remiten a esta Procuración del Tesoro de la Nación las presentes actuaciones en las que tramita un proyecto de decreto (Provisorio N.° 867/14), por el cual se rechaza el recurso jerárquico interpuesto por la Alcaide Mayor (R) del Servicio Penitenciario Federal Viviana Cecilia Barthe, contra la Resolución del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos N.° 2548 del 28 de noviembre de 2012, que la declaró, entre otros agentes, en disponibilidad a los efectos del retiro obligatorio previsto en el inciso a) del artículo 101, en concordancia con el artículo 57, inciso b) de la Ley Orgánica del Servicio Penitenciario Federal N.° 17.236 (B.O. 21-4-67), texto sustituido por la Ley N.° 20.416 (B.O. 14-6-73), a partir del 1.° de diciembre de 2012 y hasta el 31 de mayo de 2013 inclusive. - I \u2013 ANTECEDENTES DE LA CONSULTA 1. En el sobre glosado a fojas 2, obra el recurso jerárquico interpuesto por la agente Barthe contra la aludida Resolución del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos N.° 2548/12, que la declaró en disponibilidad a...

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