Procuración del Tesoro de la Nación - 116/2010

Fecha de la disposición15 de Septiembre de 2010

Miércoles 15 de setiembre de 2010 Segunda Sección BOLETIN OFICIAL N'º 31.987 27

3.3. REMATES JUDICIALES NUEVOS JUZGADO NACIONAL EN LO CIVIL NRO. 98

SECRETARIA UNICA Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Civil n'° 98, secretarÃa única, sito en Avda. de los Inmigrantes 1950, Piso 6'°, Capital Federal, comunica por dos dÃas en autos“Banco Sudameris Arg. S.A. c/González, Jorge Luis s/Ejec. Hipot.” Expte. n'° 99244/99, que el martillero don Rafael R. Bronenberg Victorica, Tel. 4803-7048 y (15) 5316-6340; rematará el dÃa 22 de Septiembre de 2010, a las 10.45 hs, en punto; en el salón de la dirección de subastas judiciales, sitio en la calle Jean Jaures 545 de esta Capital; la propiedad que se exhibirá los dÃas 20 y 21 de septiembre de 2010 de 11 a 12 horas; ubicada en la calle Blas Parera 1695 esq. Coronel Niceto Vega, Loc. y Pdo. de ltuzaingó, Prov. de Buenos Aires. Nomen.

Catast.: Circ. II; Secc. H; Manz. 90; Parc. 10; Part.

”.- Debe a la Municipalidad de Ituzaingó al 29/10/08: la suma de $ 18.820,51. (fs. 236 a 239) y Gastos JurÃdicos por $ 958,40. (fs. 242);

A.R.B.A. al 17/10/08: la suma de $ 20.670,30. (fs.

228 a 233); O.S.N. fuera del radio, al 05/11/08 (fs.

243).

Buenos Aires, 8 de septiembre de 2010.

José Luis González, secretario.

  1. 15/09/2010 N'° 107133/10 v. 16/09/2010 JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 6

    SECRETARIA NRO. 12

    El Juzgado de 1'° Instancia en Comercial N'° 6,

    Secretaria 12, sito en la calle Diag.R.Sáenz Peña 1211 Piso 2do de esta Capital Federal, comunica por dos dÃas en los autos caratulados Comafi Fiduciario Financiero SA c/Canegalli Carlos German S/ Ejecución Prendaria-Reconstrucción.

    Expediente n'° 38419. Que el Martillero Alberto Federico Lanfranconi (CUIT 20-01307691-0) con Tel 4382-0226 y/o (15) 4414-0210 rematara al contado y mejor postor, el dÃa 21 de septiembre de 2010 a las 11:15 hs (en punto) en el Salón de Ventas de la Dirección de Subasta Judiciales sita en calle Jean Jaures 545 Ciudad Autónoma de Buenos Aires; la 1/6 ava parte del inmueble sito en Belgrano (77) N'° 6417 (se encuentra situada entre los números 6405 y 6431 siendo una puerta de madera que se encuentra a la izquierda de una ventana que linda con el n'° 6405, o sea, en numeración ascendente, se encuentra una puerta de chapa, a continuación una segunda puerta de chapa la mas grande ambas sin numeró y a continuación el n'° 6431) entre las calles Progreso y Mármol de la Localidad de José L. Suárez. Pto de San MartÃn Pcia. De Buenos Aires, Cir. III, Secc. D Manz. 51 Parc.16MatrÃcula 62748. Según constatación obrante en autos el inmueble consta de dos dormitorios, comedor, cocina, baño, patio y dos entradas todo en regular estado. Según información obtenida en la diligencia de constatación, el inmueble se encuentra ocupado por el señor Armando Adrián Maza, que reside alli junto a su madre, Mirtha Hortensia Canegalli, quien - según el informe de dominio agregado al expediente- es titular de 1/6 del mismo. Condiciones de Venta: Base: $ 13.200, Seña: 30%, Comisión: 3% mas IVA del 21%, Acord. 10/99: 0,25%. En efectivo, en el acto de la subasta y a cargo del comprador. Deudas:

    Rentas: $ 1.461,90 al 31/8/07 fs. 203; Aguas Argentinas: $ 0,00 al 25/6/07 fs. 258; AYSA: $ 0,00 al 25/6/07 fs. 255; Municipalidad de San Martin: $ 2.494,60 al 26/4/07 fs. 238. OSBA (Hoy A.D.A): No presta servicios de agua al 19/4/07 fs. 224. Que las deudas que pudieren existir en concepto de impuestos, tasas y contribuciones, devengadas hasta el dÃa en que el adquirente tome posesión del bien, serán solventadas con el producido del remate. Que el saldo de precio deberá ser depositado dentro del décimo dÃa de realizada la subasta sin necesidad de otra notificación ni intimación alguna, debiendo el comprador integrarlo aún cuando se hubiere planteado cualquier objeción que impida la aprobación de la subasta, bajo apercibimiento de lo dispuesto por el art. 580 del Cód. Proc. Queda prohibida la compra en comisión del bien puesto a subasta asà como la ulterior cesión del boleto que se extienda.- Asimismo, que de optar el comprador por registrar el inmueble a través de escritura pública, la totalidad de los gastos que irrogue dicho trámite serán a su exclusivo cargo. El inmueble podrá ser visitado el dÃa 17 de septiembre de 2010 de 14:00 a 15:30 hs. Bajo la exclusiva responsabilidad de la parte demandada, debido a la ubicación del inmueble objeto a ejecución. El presente edicto se publicará por dos dÃas en el “BoletÃn Oficial”.

    En Buenos Aires, 13 de septiembre de 2010.

    Mariano E. Casanova, secretario interino.

  2. 15/09/2010 N'° 107749/10 v. 16/09/2010 TRATADOS Y CONVENIOS INTERNACIONALES. Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo. Contratación. Personal.

    Tanto el Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto como la Caja de Retiros, Jubilaciones y Pensiones de la PolicÃa Federal Argentina carecen de legitimación para perseguir el recupero de las sumas percibidas indebidamente, en virtud de que el agente se desempeñó como contratado en el marco del Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo –PNUD- en el ámbito de la CancillerÃa y acumular un beneficio de retiro de la citada caja. Ello asÃ, ya que el único orden normativo aplicable a los proyectos PNUD es el determinado en el marco del citado Convenio, con exclusión de cualquier norma de carácter jurÃdico infraconstitucional. La mención al Decreto N'° 894/01 sólo implicó la introducción de la exigencia de solicitar la suspensión del beneficio previsional para poder ser contratado por el Proyecto y no, la aplicación directa del régimen establecido en el orden nacional que posibilita, asimismo, escoger la continuidad en la percepción del haber de retiro y no recibir, en cambio, retribución alguna con motivo del contrato.

    Las personas contratadas en el marco del Programa de Naciones Unidas para el Desarrollo, no revestÃan la calidad de personal de la Administración Pública Nacional y afirmar lo contrario resultaba incompatible con el encuadre jurÃdico en el que se encontraban insertas tales relaciones. En virtud de la Ley N'° 23.396, el único orden normativo aplicable es el determinado por el citado Convenio, con exclusión de cualquier norma de carácter jurÃdico infraconstitucional, excepto aquellas disposiciones que sean consecuencia directa del instrumento (conf. Dict. 242:78).

    Dict. N'° 116/10, 2 de junio de 2010. Expte. N'° 0002613/07. Ministerio de Relaciones Exteriores,

    Comercio Internacional y Culto. (Dictámenes 273:257).

    Expte. CUDAP: EXPEMRE: N'º 0002613/07

    MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO BUENOS AIRES, 02 de junio de 2010

    SEÑOR SECRETARIO DE COORDINACION Y COOPERACION INTERNACIONAL DEL MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES,

    COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO:

    Vuelven las presentes actuaciones a esta Procuración del Tesoro de la Nación, en las que se consulta cuál es el organismo que está legitimado para perseguir el recupero de las sumas que el señor Néstor Jorge Rivas habrÃa percibido indebidamente, en virtud de haberse desempeñado como contratado en el marco del Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo –PNUD–, en el ámbito de la CancillerÃa, y acumular un beneficio de retiro de la Caja de Retiros, Jubilaciones y Pensiones de la PolicÃa Federal.

    â I â ANTECEDENTES DE HECHO 1. Si bien el detalle de los antecedentes fue relatado en la intervención anterior de esta Casa, resulta conveniente incorporar a este asesoramiento una reseña de ellos a fin de dotarlo de...

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