Procuración del Tesoro de la Nación - 63/2010

Fecha de la disposición28 de Julio de 2010

3.3. REMATES JUDICIALES NUEVOS JUZGADOS NACIONALES EN LO COMERCIAL N° 1

El Juzgado Nacional de 1ª Instancia en lo Comercial N° 1, a cargo del Dr. Alberto Daniel Alemán, Secretaría N° 2, a mi cargo, con asiento en Avenida Diagonal Roque Sáenz Peña 1211,

Planta Baja, Ciudad Autónoma de Buenos Aíres, comunica por cinco días en el juicio 'Rosskogler Rodolfo s/Quiebra' expte. N° 67.846, que el martillero Fernando M. Sorribas (CUIT es 20-17106148-3) rematará el día 10 de agosto de 2010 a las 11:00 hs. en punto, en la sede de la Dirección de Subastas Judiciales, Jean Jaures 545, C.A.B.A., los siguientes inmuebles: 1) 50% del inmueble sito en la calle Sargento Baigorria 2348, entre Villate e Ingeniero Marconi, de la Localidad de Munro, Partido de Vicente López,

Provincia de Buenos Aires (Nom. Cat.: Circ. IV;

Secc. B; Manz. 24; Parcela 10; Matrícula 30.898), con una superficie de terreno de 334,40 mz (cert.

dominio fs. 829/35). Se trata de un hotel familiar que posee en su frente puerta principal y portón, espacio guardacoche descubierto y un pequeño patio, luego del cual se ingresa a la vivienda ubicada en el frente o bien, a través de un pasillo descubierto al sector del hotel. La vivienda consta de living, comedor, dos dormitorios, hall, baño, cocina y en la planta alta, por escalera, otro dormitorio. El sector del hotel en la parte principal de la propiedad consta en su planta baja de sala de estar, cocina, dos baños y 3 habitaciones sin baño; en el primer piso posee 4 habitaciones con baño, 2 habitaciones sin baño y 1 baño; en el segundo piso se encuentra una amplia cocina. En la parte posterior del inmueble se observa un patio descubierto y separadas del edificio principal, 6 habitaciones con baño (3 en planta baja y 3 en la planta alta). El estado general de la propiedad es bueno y se encuentra ocupada por el Sr. Carlos Héctor. Fernández, DNI N° 4.095.624, quien manifestó ocuparla en carácter de inquilino, siendo el titular del fondo de comercio, con contrato vigente hasta el año 2012. Base: $ 200.000.- y 2) 50% del inmueble ubicado en la localidad de Olivos, Partido de Vicente. López, con frente a la calle Caseros, entre las de Entre Ríos y Ricardo Gutiérrez, Provincia de Buenos Aires (Nom. Cat.:

Circ. I; Secc. C; Manz. 63; Parcela 18-a; Matricula 46.136), con una superficie de 231,97 m2 (cert.

dominio fs. 776/77). Dicho inmueble se trata de un terreno baldío, libre de ocupantes. Base: $ 120.000.- La venta se efectuará 'ad-corpus', al contado y mejor postor, en el estado en que se encuentra, con todo lo plantado y adherido. Seña 30%. Comisión 3%. Sellado de Ley 1%. Arancel 0,25% CSJN (acordada N° 10/99). No se admitirá compra en comisión, ni cesión del boleto de compraventa. Los impuestos, tasas y contribuciones devengados con posterioridad a la toma de posesión, serán a cargo del adquirente. Quedan a cargo del adquirente los gastos, sellados y honorarios que demande la escrituración. El saldo de precio deberá ser depositado dentro del quinto día de aprobada la subasta sin necesidad de otra notificación ni intimación bajo apercibimiento de lo dispuesto por el art. 580 del C.P.C.C. Se presume que los oferentes tienen debido conocimiento de las constancias de autos; de la presente resolución y de las dictadas y que se dicten en relación con la subasta decretada. Exhibición:

Sargento Baigorria 2348, Munro, días 5 y 6 de agosto de 2010, de 15:00 a 17:00 hs.; inmueble sito en calle Caseros, entre Entre Ríos y Ricardo Gutiérrez, Olivos, se exhibirá libremente.

Buenos Aires, 8 de julio de 2010.

Miguel Enrique Galli, secretario.

  1. 28/07/2010 N° 83848/10 v. 03/08/2010 N° 9

    El Jdo. Nac. de 1° Inst. en lo Com. N° 9, Sec.

    N° 18, sito en M. T. de Alvear 1840 P: 4°, Cap.

    Fed., comunica por 2 días en autos 'Olvera, Juan Manuel S/Quiebra S/Incidente de venta de automotor (BNC 729)', Expte. N° 091.301, que el martillero Mariano Espina Rawson (CUIT: 2004138967-3) el 12 de agosto de 2010 a las 09:10 hs. en Jean Jaures 545, Cap. Fed., rematará, en el estado y condiciones en que se encuentra y exhibe: un automotor marca Renault Clio RN 3 Ptas. Pack AA/1997, tipo Berlina 3 puertas, motor Renault N° AA94585, chasis Renault N° 8A1357TNZVS011200, dominio N° BCN 729, propiedad del fallido (CUIT 20-04397336-4).

    Base: $ 10.000.- Seña 30%. Comisión 10% + IVA. Arancel CJSN 0,25%. Al contado y al mejor postor. El saldo de precio deberá ingresarse en el Banco de la Ciudad de Buenos Aires Suc.Tribunales y a la orden de este Juzgado en cuenta que se abrirá al efecto, dentro del plazo de 5 días de aprobado el remate sin necesidad de notificación ni requerimiento previo y bajo apercibimiento de declararlo postor remiso (CPCCN: 584). El bien se rematará en el estado en que se encuentra y habiéndoselo exhibido adecuadamente, no se admitirán reclamos de ningún tipo respecto del estado, medidas, condiciones, características, usos, marcas, modelos, numeraciones y series. Las deudas por patentes devengadas con posterioridad a la toma de posesión estarán a cargo del adquirente. Se excluye la posibilidad de la compra en comisión y de la cesión del boleto de compraventa. El comprador del vehículo deberá asumir los gastos de traslado del mismo que deberá concretarse en un plazo perentorio de 10 días, bajo apercibimiento de incluirlo en sucesivas ventas. Exhibición: 9 y 10 de agosto de 2010 de 9 a 12 hs. en Homero N° 1329 de la Nº 31.953 20 cuenta de la presunción de validez que ostentan. También la medida cautelar dictada en la causa Daher hace referencia al carácter de no innovar con el que fue dictada, permitiendo interpretar, en relación con el caso Thomas, que sus efectos atienden al futuro y que no modifican el estado de situación al momento de su dictado. En el caso, no se vulnera la ratio legis de las decisiones precautorias, dado que la competencia que ejercería la nueva autoridad no sería otra que la que autorizaba la Ley Nº 22.285 al ex COMFER (conf. Dict. Nº 62/10).

    Desde el punto de vista orgánico, la aplicación de la Ley Nº 22.285 por la AFSCA no aparece irrazonable si se advierte que ella, aun con las diferencias propias de regímenes jurídicos diversos (Ley Nº 26.522, art. 12), resulta la autoridad de aplicación que vino a sustituir a la anterior, es decir al ex COMFER. Más todavía, ello resulta procedente si se repara en que, de conformidad con la Ley Nº 26.522, cuya suspensión se dispuso, correspondería a la nueva...

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