Procesos expropiatorios

AutorAdán Luis Ferrer
Páginas252-253
252
ADÁN LUIS FERRER
ciento del precio total488. Cuando lo discutido es la resolución
de un contrato, que ha sido parcialmente ejecutado, el diez por
ciento se calcula sobre el excedente no ejecutado489.
Sección 4
Procesos expropiatorios
Expropiaciones
Art. 96. En los juicios de expropiación, se aplica la esca-
la del artículo 36 de la presente Ley, sobre el valor del
bien motivo del juicio.
232. APLICACIÓN DE LA NORMA
El artículo es aplicable a todas las modalidades de expro-
piación que prevé la ley 6394; esto es la expropiación regular
(art. 20) la irregular (art. 32) y la ocupación temporaria (art.
43). En este último caso, la base regulatoria estará dada por la
indemnización prevista en el art. 48 de la ley referida, desde
que ése es el valor del derecho expropiado.
En cuanto a la retrocesión (art. 37, ley citada) la base regu-
latoria será el valor del bien, sea que apliquemos esta norma,
sea que nos atengamos a la regla general del art. 32 del Códi-
go, por lo que dirimir el punto carece de trascendencia.
“El valor del bien motivo del litigio”, a que alude el artículo
en comentario como base regulatoria, no es necesariamente el
total del valor de lo expropiado, ya que el precio reconocido por
el expropiante y consignado con ajuste al art. 20 de la ley 6394,
está fuera del litigio. El art. 15 de la referida ley de expropia-
488 Así lo ha resuelto la Sala Cont. Administrativa, entre otros, en los au-
tos “Benatti, Víctor Hugo c/ Provincia de Córdoba”, Sent. Nº 6 del 03/06/1993;
“Macagno S.A. c/ Provincia de Córdoba - Cont. Adm. - Recurso de Apelación”
Sent. Nº 36 del 25/03/1999; “Incidente de Regulación de Honorarios de las Dras.
Susana V. Castellano y Marta F. Dorsch en autos ‘Benatti, Víctor Hugo c/ Di-
rección Provincial de Arquitectura - Cont. Adm. - Rec. de casación e inconstitu-
cionalidad’”, Sent. Nº 49 del 06/04/2000 y “Scala S.R.L. Empresa Constructora
c/ Municipalidad de Arias - Demanda Cont. Adm. de Plena Jurisdicción - Recur-
so de Casación”, Sent. Nº 121 del 25/08/2000.
489 Confr. TSJ., Sala Cont. Administrativa, Sent. Nº 19 del 07/04/2005, in re: “Empresa
Constructora Romero Camisa SRL c/ Municipalidad de Córdoba - Plena Jurisdicción”.
ART. 96
Segundas Ferrer - Código Arancelario - 2ª ed.pmd 02/06/2014, 10:10252

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