Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Penal Económico, 27 de Marzo de 2013, expediente 63.224

Fecha de Resolución27 de Marzo de 2013

SALA "8"

REGIS·rRADO

~o 11..\8 F~Añ01.QW

INCIDENTE DE APELACIÓN DEL AUTO DE PROCESAMIENTO SIN PRISIÓN PREVENTIVA

DICTADO RESPECTO DE M.D.V.T. FORMADO EN CAUSA N° 526/09,

CARATULADA: "VILA TOSCANO, M.D.S.. ART. 302 DEL CÓDIGO PENAL",

JUZGADO NACIONAL EN LO PENAL ECONÓMICO N° 8, SECRETARÍA N° 16 (CAUSA N° 63.224,

ORDEN N° 24.749, SALA "B").

I.A., 11 de marzo de 2013.

VISTOS:

El recurso de apelación interpuesto por la defensa oficial de M.D. VIL A TOSCANO a fs. 219/227 vta. del expediente principal (fs. 78/86

vta. del presente) contra los puntos dispositivos I y 11 de la resolución de fs.

210/218 vta. del mismo legajo (fs. 69/77 vta. de este incidente), en cuanto por aquéllos se dictó el auto de procesamiento, sin prisión preventiva, del nombrado, y se dispuso trabar embargo sobre los bienes de aquél hasta cubrir la ~ suma de cuarenta mil pesos ($ 40.000).

O El escrito presentado por la defensa oficial de M.D.V.

~ TOSCANO a fs. 99/108 vta. de este incidente, en la oportunidad prevista por el O arto 454 del C.P.P.N.

Cf)

:J

y CONSIDERANDO:

  1. ) Que, por la resolución recurrida se dictó el auto de procesamiento de M.D.V. TOSCANO por considerárselo, "prima J.", autor del delito previsto por el inc. 3° del arto 302 del Código Penal, respecto del libramiento y la orden posterior de no pagar los cheques de pago diferido Nos. 00636921, 00636922, 00636923, 00636924,

    00636933,00636934, 00636935, 00636936, 00636969, 00636970 Y

    00636975, correspondientes a la cuenta corriente N° 111-20-004526-0-00 de la Sucursal Once del BBV A Banco Francés S.A., de la titularidad de I-SEC

    INFORMATION SECURITY S.A.

  2. ) Que, conforme surge de las constancias incorporadas al legajo principal y de la documentación reservada por Secretaría, se encontraría acreditado que M.D.V.T. habría firmado y entregado los cheques de pago diferido aludidos por el considerando anterior a D.A.F. en distintas oportunidades, como consecuencia de un acuerdo de desvinculación y de transferencia de acciones de I-SEC INFORMATION

    SECURITY S.A. por parte de FERREYRA a favor de V.T., que quedó documentado por un instrumento que ambos firmaron el día 31 de julio de 2008, y en el cual VILA TOSCANO tomó parte " ...en carácter personal y como Presidente ... " de la persona de existencia ideal mencionada.

    Por otra parte, se encuentra acreditado que Martín Diego VILA

    TOSCANO, formuló el día 16 de abril de 2009 una denuncia de extravío en la Comisaría 28 de la Policía Federal Argentina y que también habría...

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