Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Penal Económico, 28 de Enero de 2013, expediente 63.832

Fecha de Resolución28 de Enero de 2013

SALA "A"

REGISTRADO BAJO EL

,

l N° 13 FOLlO}o AÑoa""!3

1 INCIDENTE DE APELACIÓN DEL

I

AUTO DE PROCESAMIENTO Y

l¡ PRISIÓN PREVENTIVA RESPECTO DE J.A.A.

! SANDOVAL, FORMADO EN LA CAUSA N° 5986, CARATULADA:

"COOMAN, ARISTO VITORIO SI TENTATIVA DE CONTRABANDO DE

ESTUPEFACIENTES"

CAUSA N° 63.832, FOLIO 232, N° DE ORDEN 28.259, JUZGADO N° 1,

SECRETARÍA N° 2 , SALA "A"

mrnn Illnos Aires, Z ($ de enero de 2013.

VISTOS:

El recurso de casación interpuesto por el defensor oficial de J.A.A.S. contra la resolución del tribunal que confirmó el procesamiento y prisión preventiva del nombrado.

.J

y CONSIDERANDO:

«

- Que si bien la decisión cuestionada no es de aquellas que taxativamente (J

-.

u enumera el artículo 457 del Código Procesal Penal de la Nación, como pasible de O

O

ser recurrida en casación, debe equipararse a una sentencia definitiva, en tanto ti)

:J implica una restricción a la libertad del imputado con anterioridad al fallo final de la causa de imposible reparación ulterior.

Que, en esas condiciones, habiéndose invocado el inciso 2° del artículo 456

de la ley procesal citada, corresponde conceder el recurso de casación interpuesto.

Por lo que SE RESUEL VE: CONCEDER el recurso de casación interpuesto a fs. 182/199, debiéndose remitir la causa a la Cámara Federal de Casación Penal, HACIENDO SABER al recurrente que deberá mantener dicho recurso ante la alzada en el término de tres días a contar desde que las...

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