Sentencia de Camara Contencioso Administrativo Federal- Sala I, 16 de Mayo de 2017, expediente CAF 029135/2013/CA002

Fecha de Resolución16 de Mayo de 2017
EmisorCamara Contencioso Administrativo Federal- Sala I

Poder Judicial de la Nación CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL - SALA I Causa nº 29.135/2013 “Procesadora de Boratos Argentinos SA c/ DGA”

Buenos Aires, de de 2017.-RR Y VISTOS; CONSIDERANDO:

  1. Que la presente causa tuvo origen en el recurso de apelación interpuesto por la firma actora —en los términos del artículo 1132, ap. 2º, del Código Aduanero— contra las resoluciones nºs 1152, 1153, 1154, 1192 y 1193 de 2010 dictadas por la Aduana de Paso de los Libres el 17 de agosto de 2010, mediante las cuales el servicio aduanero rechazó las impugnaciones efectuadas respecto de las liquidaciones de derechos de exportación arrojadas por el SIM en ocasión del registro de los permisos de embarque nºs. 08 042 EC01 002530 D, 08 042 EC01 002472 X, 08 042 EC01 002473 J, 08 042 EC01 002570 H y 08 042 EC01 002470 G.

  2. Que, con posterioridad al pronunciamiento dictado por este tribunal a fs. 597 —por el cual desestimó los agravios de la actora dirigidos contra la sentencia dictada por el Tribunal Fiscal a fs. 544/546 mediante la cual se aprobó la liquidación practicada por el servicio aduanero respecto de los derechos de exportación en litigio (conf. lo estipulado en la sentencia firme dictada por este tribunal respecto de las cuestiones de fondo a fs. 255/vta.)—, la representación de la actora efectuó la presentación de fs. 622/628 por la cual manifestó el acogimiento de la firma exportadora al régimen de moratoria previsto en la ley 27.260 por la totalidad de las obligaciones discutidas en autos. Asimismo, acompañó el formulario de allanamiento “F. 408/NM” y el F.

    1003 “Mis facilidades” del que surge la generación del plan de facilidades de pago nº J245599.

    En razón de ello, formuló “desistimiento de toda acción y derecho, incluso el de repetición, respecto de los montos cancelados”.

  3. Que, corrido el traslado de esa presentación a fs. 628, el Fisco Nacional expresó que “(…) del desistimiento de la acción y del derecho 1 Fecha de firma: 16/05/2017 Alta en sistema: 17/05/2017 Firmado por: DRA. DO PICO - DR. GRECCO - DR. FACIO - , JUECES DE CAMARA - SEC. H.G. #10820249#177192716#20170427124308457 de la parte contraria (…) mi parte nada tiene que cuestionar al respecto”.

    Asimismo, solicitó que las costas sean impuestas a la actora de conformidad con las normas aplicables (fs. 632).

  4. Que en el Título II, Libro II de la ley 27.260 se estableció

    para los contribuyentes y responsables de los tributos y de los recursos de la seguridad social cuya...

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