Sentencia de Camara Contencioso Administrativo Federal- Sala IV, 9 de Octubre de 2018, expediente CAF 062692/2018/CA001
Fecha de Resolución | 9 de Octubre de 2018 |
Emisor | Camara Contencioso Administrativo Federal- Sala IV |
Poder Judicial de la Nación CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL- SALA IV 62692/2018 PROACCION SEGURIDAD SRL c/
DIRECCION GENERAL IMPOSITIVA s/RECURSO DIRECTO DE ORGANISMO EXTERNO Buenos Aires, 9 de octubre de 2018.
VISTOS:
Estos autos caratulados: “Proacción Seguridad SRL c/ Dirección
General Impositiva s/recurso directo de organismo externo”, venidos en
recurso del Tribunal Fiscal, Y CONSIDERANDO:
-
) Que, a fs. 27/29vta., el Tribunal Fiscal de la Nación declaró su
incompetencia para entender en la presente causa en la que la actora impugnó
las caducidades de los planes de facilidades de pago N., J209723,
J220596, J451618, I655540, I769603, I620414 e I605816 (fs. 4/11), referidos a
obligaciones del régimen de la Seguridad Social, Impuesto al Valor Agregado,
Impuesto a las Ganancias y Bienes Personales Acciones y Participaciones
Societarias, con costas.
-
) Que, contra dicha decisión, apeló la actora a fs. 37 y expresó agravios
a fs. 42/49vta., sosteniendo, en lo que aquí interesa, que el Tribunal Fiscal
resulta competente en virtud del carácter sancionatorio atribuible a las
caducidades decretadas.
A fs. 69/70 emitió dictamen el F. General de Cámara.
-
) Que, el art. 76 de la ley 11.683 (t.o. 1998 y modif.) disponía que contra
las resoluciones que impongan sanciones o determinen los tributos y accesorios
en forma cierta o presuntiva, o dictadas en reclamos por repetición de tributos en
los casos autorizados por el artículo 81, los infractores o responsables podían
interponer a su opción, recurso de reconsideración para ante el superior, o
recurso de apelación para ante el Tribunal Fiscal. Asimismo establecía que este
último recurso no sería procedente respecto de las liquidaciones de anticipos y
otros pagos a cuenta, sus actualizaciones e intereses y disponía que esa vía
recursiva no era utilizable en las liquidaciones de actualizaciones e intereses
cuando simultáneamente no se discutiera la procedencia del gravamen.
Fecha de firma: 09/10/2018 Alta en sistema: 10/10/2018 Firmado por: M.D.D., JUEZ DE CAMARA Firmado por: J.E.M., JUEZ DE CAMARA Firmado por: R.W.V., JUEZ DE CAMARA #32477475#218452863#20181009080053887 Poder Judicial de la Nación CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL- SALA IV 62692/2018 PROACCION SEGURIDAD SRL c/
DIRECCION GENERAL IMPOSITIVA s/RECURSO DIRECTO DE ORGANISMO EXTERNO La ley 27.430 (29/12/2017) modificó el referido artículo y dispuso al
respecto que el recurso ante el a quo “no será procedente respecto de...
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