Sentencia de TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL FEDERAL 3, 23 de Marzo de 2018, expediente CFP 001356/2014/TO05

Fecha de Resolución23 de Marzo de 2018
EmisorTRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL FEDERAL 3

Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL FEDERAL 3 CFP 1356/2014/TO5 Causa n° 1356/2014 (1902/16)

G.F., A. y otros s/ inf. ley 23.737 y art. 189 bis, inc. 2°, del C.P.

Origen: Jdo. 1, S.. 1 Registro n° 7/18 -la ciudad de Buenos Aires, a los 23 días del mes de marzo de dos mil dieciocho, el señor juez del Tribunal Oral en lo Criminal Federal n° 3 de esta ciudad, doctor J.F.R., asistido por el señor secretario, D.J.C.B., con el objeto de dictar sentencia en la causa n° 1356/2014, seguida a A.G.F., cubano, nacido el 27 de agosto de 1968 en Cárdenas, provincia de Matanzas, República de Cuba, hijo de E.F. y de J.G., titular del documento nacional de identidad n° 94.535.813, casado, actualmente detenido en el Complejo Penitenciario Federal I de Ezeiza; A.H.R., cubano, naturalizado argentino, nacido el 23 de noviembre de 1968 en Sancti Spíritus, República de Cuba, hijo de A.H.O. y de J.R.L., titular del documento nacional de identidad n° 18.825.543, soltero, actualmente detenido en el Complejo Penitenciario Federal II de Marcos Paz; F.P.L.D., cubano, nacido el 2 de junio de 1991 en La Habana, República de Cuba, hijo de F.L. y de M.D., titular del documento nacional de identidad n°

91.060.228, soltero, con domicilio en Bulevar del Mirador, departamento 219, de Tigre, provincia de Buenos Aires; Fecha de firma: 23/03/2018 Alta en sistema: 03/04/2018 Firmado por: J.F.R., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: J.C.B., SECRETARIO DE CAMARA #27972686#179896150#20180309104758384 Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL FEDERAL 3 CFP 1356/2014/TO5 D.M.G., argentino, nacido el 30 de agosto de 1974 en la ciudad de Mar del Plata, provincia de Buenos Aires, hijo de C.F. y de O.S.M., titular del documento nacional de identidad n° 23.971.535, soltero, con domicilio en la calle S. n° 5709, 2° piso, departamento 5°, de esta ciudad; D.H.L., argentino, nacido el 22 de marzo de 1988 en la provincia de Buenos Aires, hijo de J.R. y de C.M.B., titular del documento nacional de identidad n°

33.708.527, soltero, con domicilio en la calle J.Á. n° 1189, timbre 5, de esta ciudad; J.M., argentina, nacida el 8 de mayo de 1979, hija de S.A. y de L.M.E.R., titular del documento nacional de identidad n° 27.387.014, soltera, con domicilio en la Avenida Libertador n° 1080, piso 6°, departamento “G”, de esta ciudad; R.H.S., cubano, nacido el 11 de diciembre de 1971 en La Habana, República de Cuba, hijo de H.H. y de A.S., titular del documento nacional de identidad n° 94.048.497, soltero, con domicilio en la Avenida Libertador n° 1080, piso 5°, departamento “D”, de esta ciudad; MARÍA DEL MAR RIVADENEIRA, argentina, nacida el 3 de enero de 1990 en San Martín, provincia de Buenos Aires, hija de P.R. y de I.H., titular del documento nacional de identidad n° 35.143.048, soltera, con domicilio en la calle M. n° 3141, de la localidad de Beccar, partido de San Isidro, provincia de Buenos Aires; en la que intervinieron, en representación del Ministerio Público Fiscal, el Dr. M.Á.O. y, ejerciendo la defensa de los imputados A.G.F. y J.M., Fecha de firma: 23/03/2018 Alta en sistema: 03/04/2018 Firmado por: J.F.R., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: J.C.B., SECRETARIO DE CAMARA #27972686#179896150#20180309104758384 Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL FEDERAL 3 CFP 1356/2014/TO5 el Dr. C.L., asistiendo al imputado A.H.R., el Dr. D.D.C., respecto de D.M.G., el Dr. N.A.Z., con relación a M. delM.R., el Dr. M.N.V., respecto de R.H.S., el Dr. M.P.P. de Matthaeis, en cuanto a D.H.L., el Dr. F.P. y con relación a F.P.L.D., el defensor público coadyuvante, Dr.

D.C..

I En el requerimiento de elevación a juicio obrante a fs. 3200/3210, se imputa a A.G.F., A.H.R., D.M.G., F.P.L.D., D.H.L. y M. delM.R., la comisión del delito de comercio de sustancias estupefacientes, agravado por haberse cometido con la intervención de más de tres personas en forma organizada, en calidad de coautores (arts. 5°, inc. “c” y 11, inc. “c”, de la ley 23.737 y 45 del Código Penal).

Por su parte, se atribuye a R.H.S. y J.M., ser partícipes secundarios del delito de comercio de sustancias estupefacientes (arts. 5°, inc. “c”, de la ley 23.737 y 46 del Código Penal).

Asimismo, a A.H.R. y D.H.L., se les achacó además, ser coautores del delito de tenencia ilegítima de tres armas de fuego de uso civil, en concurso real entre sí y con el delito antes Fecha de firma: 23/03/2018 Alta en sistema: 03/04/2018 Firmado por: J.F.R., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: J.C.B., SECRETARIO DE CAMARA #27972686#179896150#20180309104758384 Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL FEDERAL 3 CFP 1356/2014/TO5 mencionado (arts. 54, 55 y 189 bis, inc. 2°, del Código Penal).

En tal dirección, precisó que las presentes actuaciones tuvieron inicio el 5 de febrero de 2014, a raíz de una denuncia anónima efectuada ante el Ministerio de Seguridad de la Nación, dando cuenta que en el domicilio de la Av. C. n° 652, piso 12, depto. “E”, de esta ciudad, dos personas de nombre “D.” y “M.” comercializaban estupefacientes.

El fiscal de la etapa anterior indicó que, a raíz de ello, se efectuaran tareas de investigación, que comprendieron seguimientos, la intervención de abonados telefónicos y el registro del inmueble cuestionado, como así también de aquellos que surgieron a través de las escuchas telefónicas, que culminaron con la detención de todos los intervinientes.

Así, a través de las conversaciones captadas, se corroboró que D.G. y su pareja, M. delM.R., comercializaban sustancias estupefacientes tanto desde el domicilio de la Av. C. antes citado, como de aquél en donde se desempeñaba laboralmente G., ubicado en la calle Paso n° 421, de esta ciudad.

Por otra parte, se comprobó que uno de sus proveedores era A.G.F., domiciliado en la Av. Libertador 1080, piso 6°, depto. “G”, de esta ciudad y que R.H.S., también domiciliado ese edificio, aunque en el piso 5°, depto. “D”, se desempeñaba como guardia de seguridad y chofer de este último.

Fecha de firma: 23/03/2018 Alta en sistema: 03/04/2018 Firmado por: J.F.R., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: J.C.B., SECRETARIO DE CAMARA #27972686#179896150#20180309104758384 Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL FEDERAL 3 CFP 1356/2014/TO5 A su vez, se estableció que A.H.R., con domicilio en el barrio “El Rocío”, sito en la calle S.C. 3450 de la localidad de Ezeiza, proveía de sustancias estupefacientes a G.F. y se dedicaba a la cría de gallos en un establecimiento ubicado en la calle G. 5061 de la localidad de Canning.

De igual modo, se determinó que F.P.L.D., domiciliado en un hostel, situado en la Av.

Santa Fe 2686 de esta ciudad, guardaba y distribuía el material estupefaciente a pedido de A.G.F..

Por su parte, quedó en evidencia que D.H.L. adquiría y guardaba la sustancia estupefaciente en el citado criadero de aves, propiedad de A.H.R. y que recibía órdenes directas de éste último.

En cuanto a J.M., quien resultó

ser pareja de A.G.F., se evidenció que, el 7 de julio de 2014, colaboró para que éste, a través del sitio de “Mercado Libre”, pudiera conseguir acetona, habiendo solicitado que la sustancia se encontrara pura y sin diluir.

Finalmente, respecto de Lobos y H.R., el fiscal de la instrucción también entendió que se encontraba acreditada la tenencia ilegítima de tres armas de uso civil sin la debida autorización legal, las cuales se encontraban bajo su esfera de custodia y a su inmediata disposición; concursando en forma real con el comercio de Fecha de firma: 23/03/2018 Alta en sistema: 03/04/2018 Firmado por: J.F.R., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: J.C.B., SECRETARIO DE CAMARA #27972686#179896150#20180309104758384 Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL FEDERAL 3 CFP 1356/2014/TO5 sustancias estupefacientes, agravado por la intervención de más de tres personas de manera organizada.

Con motivo de ello, se procedió al allanamiento de los siguientes inmuebles, secuestrándose el material estupefaciente que se detalla a continuación:

  1. Vivienda ubicada en la Av. del Libertador 1080, piso 6°, depto. "g", de esta ciudad, donde se incautaron: cinco aparatos celulares; una pistola TAURUS n°

TCX48606, calibre 9 mm., con cargador colocado y sin municiones con funda; un cargador con 16 municiones 9 mm.; una caja con 34 municiones 9 mm.; un rifle marca Proof Tested, calibre 22, long. N° 410 BORE, […]; un bolso de viaje que contenía seis paquetes con marihuana cuyos pesos fueron: 0,797; 0,961; 0,945; 0,565; 0,159 y 0,780 kgs. Una caja de cartón con 7 paquetes de la misma sustancia que pesaron: 0,949; 0,819; 1,020; 0,800; 1.091; 1,043 y 0,969 kgrs. Con más 12 paquetes que pesaron: 0,993; 0,966; 1,339; 1,270; 0,914; 1,144; 1,058; 1,124; 1,065; 0,805; 1,024; 1,231 y 1,057 kgs.; documentación varia y tres pasaportes n° C427875; 001867 y B602689, todos a nombre de A.G.F.; una caja de cartón de encomienda que reza "J.M." y que contenía en su interior 16 fajos con stickers "Cohiba Behike Habana Cuba"; un aparato Nextel […]; y 57 paquetes de habanos (ver fs. 1248/1259); - Vivienda sita en la Av. Santa Fe 2686, piso 3°, depto. 5, de esta ciudad, donde se secuestró: una caja de zapatos que contenía dos bolsas negras con material vegetal en su interior que pesaron 25,5 y 4,4 grs. (v. fs.

1264/9); Fecha de firma: 23/03/2018 Alta en sistema: 03/04/2018 Firmado por: J.F.R., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: J.C.B., SECRETARIO DE CAMARA #27972686#179896150#20180309104758384 Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL FEDERAL 3 CFP 1356/2014/TO5 - Vivienda ubicada en la Av. del Libertador 1080, 5o piso, depto. "d", de esta ciudad, donde se detuvo a R.H.S. y se incautaron 15 cajas vacías y 134 habanos; cajas para elaborar habanos, una guillotina y etiquetas de habanos (v. fs. 1284/6); - Vivienda situada en Galeano s/n°, esquina calle V. (frente al número catastral 5061 de la calle G., de la localidad de Canning, Ezeiza, donde se procedió a la detención de D.H.L. y al...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR