Sentencia de TRIBUNAL ORAL PENAL ECONOMICO 3, 11 de Junio de 2018, expediente CPE 000131/2013/TO02
Fecha de Resolución | 11 de Junio de 2018 |
Emisor | TRIBUNAL ORAL PENAL ECONOMICO 3 |
Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL PENAL ECONOMICO 3 CPE 131/2013/TO2 Buenos Aires, 8 de mayo de 2018.
AUTOS Y VISTOS:
Para resolver en la presente causa N° 2745 (CPE131/2013/TO2) caratulada “FORTUNE SYSTEM S.A. Y OTROS S/ INF. LEY 22415” del registro de este Tribunal Oral en lo Penal Económico N° 3.
Y RESULTANDO:
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Que conforme los requerimientos de elevación a juicio obrantes a fs. 716/729 vta. y 732/750 de la parte querellante y del Sr.
Fiscal General, respectivamente, se imputa a J.L. (DNI N°
11.891.796, argentino, nacido el día 20 de mayo de 1956, hijo de S. (f) y de I.M., de estado civil casado, de profesión médico, con domicilio en la calle España 832, piso 1° “C”, partido de Tigre, provincia de Buenos Aires), FORTUNE SYSTEM S.A. (CUIT N° 30-70889401-6, inscripta en la Inspección General de Justicia bajo el N° 11.500 del Libro 26 de sociedades comerciales, con domicilio legal en Corrientes 818, piso 7° “702”), E.A.P. (DNI N° 22.991.893, de nacionalidad argentina, nacido el 1° de noviembre de 1972 en Villa Maipú, provincia de Buenos aires, hijo de D. y de S.G., de estado civil casado, de ocupación ingeniero, con domicilio en Villegas 830 de la localidad de San Martín, provincia de Buenos Aires) y N.R.V. (DNI N° 17.233.558, de nacionalidad argentina, nacido el 17 de octubre de 1964 en la ciudad de Buenos Aires, en la ciudad de Buenos Aires, hijo de R.A. (f)
y de P.I., de estado civil casado, de ocupación despachante de aduana, con domicilio real en Av. Escalada 4531, piso 5° “A”), el intento de importación en forma definitiva a la República Argentina -en carácter personal y como representantes de la firma Fecha de firma: 11/06/2018 Alta en sistema: 13/06/2018 Firmado por: L.G.L., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: H.H.R., SECRETARIO #31780152#208422731#20180611104524639 FORTUNE SYSTEM S.A.- mercadería usada de importación prohibida, declarada parcialmente como nueva y como usada reacondicionada, presentando a tal fin una factura apócrifa y un certificado ANMAT que no ampara dicha mercadería. A. importación fue documentada mediante la destinación de importación N° 12-001 IC04 119615 N, con fecha de oficialización 18/07/2012, por la que se declaró la importación del siguiente equipamiento médico: 2 hornos de resistencia (nuevos); dos unidades de micrótomos, partes y accesorios (nuevos) y un biplanar para angiografía de diagnóstico -aparato de rayos X marca Phillips-Integris BH/BV5000 (usado reacondicionado). Sin embargo, de la...
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