Sentencia de TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 22 DE LA CAPITAL FEDERAL, 22 de Mayo de 2018, expediente CCC 065144/2013/TO02

Fecha de Resolución22 de Mayo de 2018
EmisorTRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 22 DE LA CAPITAL FEDERAL

Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 22 DE LA CAPITAL FEDERAL CCC 65144/2013/TO2 Buenos Aires, 22 de mayo de 2018.

Y VISTOS:

Se reúnen los integrantes del Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional n° 22, D.. S.P. y P.E.C., como vocales, y el Dr. Á.G.N., en su carácter de P., en presencia de la Secretaria Carolina Inés Pagliano, para dictar sentencia en la causa Nº 5160/5200 (55202/13-38768/14-2661-17 y 65144/2013)

seguida por los delitos de amenazas coactivas en concurso real con amenazas coactivas agravadas por el uso de armas, en concurso real con el delito de homicidio agravado por el vínculo y por haber sido cometido contra una mujer mediando violencia de género, en tentativa -Hecho 1-, robo –hecho 2- y robo con efracción –hecho 3-, todos en concurso real (causa Nº 5160) y encubrimiento por receptación dolosa, agravado por el ánimo de lucro –hecho 1- y robo calificado por haber sido cometido con armas cuya aptitud para el disparo no puede tenerse por acreditada y agravadas por la participación de un menor de 18 años de edad –hecho 2-, y alteración de numeración de un objeto registrado –hecho 3- en concurso material (causa Nº 5200) a L.R.H., de nacionalidad argentina, titular del DNI Nº 29664756, nacido el 22 de octubre de 1981 en esta ciudad, hijo de H.E.H. y de S.M.C., identificado mediante legajo RH 301.631 de la Policía Federal Argentina, Nº 3128838 del Registro Nacional de Reincidencia y LPU 337290/P del Servicio Penitenciario Federal, con domicilio real previo a su detención en la calle Las Violetas Nº 320, localidad de Montegrande, provincia de Buenos Aires y, únicamente por el delito de robo con efracción –hecho 3-

a J.J.Á., de nacionalidad argentina, titular del DNI Nº 30326323, nacido el 26 de mayo de 1978 en esta ciudad, hijo de M.A.N. y de S.Á., identificado mediante legajo TM 52010 de la Policía Federal Argentina y LPU 399246 del Servicio Penitenciario Federal, en situación de calle previo a su detención; ambos actualmente alojados en el Complejo Penitenciario Federal de esta ciudad a disposición de este tribunal y con domicilio constituido junto con su defensa en Avenida R.S.P. n° 1190, piso 9no, de esta ciudad.

Fecha de firma: 22/05/2018 Alta en sistema: 23/05/2018 Firmado por: A.G.N., JUEZ DE CAMARA Firmado por: S.A.P., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: CAROLINA I.P., SECRETARIA DE CAMARA #29501729#207029463#20180522140045642 Intervienen en el proceso el Dr. M.M.B. y la Dra. G.F., de la Fiscalía General Nº 22, y el Dr. S.S., de la Defensoría Oficial Nº 13 en la representación técnica de H. y Á..

RESULTA:

  1. Requerimiento de elevación de la causa a juicio:

    Al comienzo de la audiencia se dio lectura a los requerimientos de elevación a juicio obrantes a fs. 630/635 (causa n°5200)

    y fs. 1144/1151 (causa n° 5160), en los que se tuvieron por acreditados con las exigencias de la primera etapa, los siguientes hechos:

    Causa n° 5160 Hecho n° 1 “Que entre el día 18 de junio de 2009, en horas de la noche, y el 19 de noviembre de 2013, en horas de la madrugada, el aquí imputado L.R.H. y los inculpados R.L.C., M.E.C. y el por entonces menor de edad L.E.B. -por quienes ya se requiriera oportunamente la elevación a juicio en los autos principales (ver fs. 571 a 576)-, conforme lo previamente acordado, y teniendo el nombrado en primer término pleno conocimiento de la condición de menor de edad del incoado Bravo, adquirieron o recibieron, en el ámbito de esta Ciudad, y con ánimo delucro, la pistola semiautomática de doble acción, calibre .22 Largo Rifle, marca B., modelo T. n° 539516, a sabiendas de su procedencia ilícita.

    En efecto, dicho armamento le fue sustraído, sin empleo de fuerza o violencia a R.J.M., en circunstancias en que el nombrado se hallaba en el domicilio sito en Don Bosco 3880, 4to piso “F”

    de este medio y acompañado -según la denuncia obrante a fs. 337/8- por J.A. campano A.C.; la denuncia fue efectuada ante la Seccional 10° de la Policía Federal Argentina, con intervención del Juzgado Nacional en lo Correccional n° 14 que decidió el archivo de las actuaciones ante la incomparecencia del damnificado.”

    Hecho n° 2 Fecha de firma: 22/05/2018 Alta en sistema: 23/05/2018 Firmado por: A.G.N., JUEZ DE CAMARA Firmado por: S.A.P., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: CAROLINA I.P., SECRETARIA DE CAMARA #29501729#207029463#20180522140045642 Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 22 DE LA CAPITAL FEDERAL CCC 65144/2013/TO2 “Que el día 19 de noviembre 2013, aproximadamente a las 02.00 hs, el aquí imputado L.R.H. y los inculpados R.L.C., M.E.C. y el por entonces menor de edad L.E.B. -por quienes ya se requiriera oportunamente la elevación a juicio en los autos principales (ver fs. 571 a 576)-, conforme lo previamente acordado, y teniendo el nombrado en primer término pleno conocimiento de la condición de menor de edad del incoado B., abordaron a I.D., A.C.L. y a C.T.M., en circunstancias en que los nombrados aguardaban la llegada de un rodado alquiler tipo remís en intersección de la calle C. y A.E. perón de esta Ciudad.

    Los inculpados llegaron a bordo de un rodado marca Chevrolet, modelo Corsa, con dominio colocado MSK-273 -dominio este que fue denunciado por extravío en la seccional 42° de la Policía Federal Argentina en tanto que el dominio insertan los cristales MXQ-756 poseía pedido de secuestro en jurisdicción provincial- y seguidamente uno de ellos exhibió un arma de fuego -que bien podría tratarse de la pistola B. anteriormente descripta, incautada sin almacén cargador ni munición en la recámara, o en su defecto del revólver doble acción calibre 32 largo, marca Tango n °10224, carente de munición, a nombre de F.M.Z. y cuyo origen no se ha podido determinar (cfr fs. 187 y 281)- a la vez que la imputada C. le refirió al damnificado D. que se trataba de un robo exigiendo la entrega de sus pertenencias.

    Ante ello, el citado D. hizo entrega de una billetera color beige con vivos de color gris que contenía un DNI n° 38667479 a su nombre, una tarjeta del sistema único de boleto electrónico, la suma de$100y el aparato de telefonía celular marca B. modelo 9329, número de abonado 1530502645, con servicio de la empresa Personal.

    Respecto de C.T.M.,i la misma fue desapoderada de una cadena de color plateado de la cual pendía un dije color negro y borde de color dorado con inscripción Bulgari, en tanto que A.C.L. fue despojada de un teléfono celular marca Nextel con un “sticker” del personaje de historieta G., a nombre de su progenitora A.M., de un reloj de marco cuadrado, con pulsera Fecha de firma: 22/05/2018 Alta en sistema: 23/05/2018 Firmado por: A.G.N., JUEZ DE CAMARA Firmado por: S.A.P., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: CAROLINA I.P., SECRETARIA DE CAMARA #29501729#207029463#20180522140045642 colores plateado y dorado, con agujas doradas y números romanos y de una campera color negro, para luego emprender todos los imputados la fuga a bordo del rodado anteriormente descripto por la avenida E.P., siendo perdió de vista.

    Los damnificados anoticiaron de lo acontecido al cabo M.Á.S. de la División Protección Federal Motorizada, quien se hallaba en la intersección de Avda Eva Perón y Escalada, recorriendo la juridicción de la Seccional 48°.

    Finalmente, aproximadamente a las 2..30 hs en la Avda.

    O. a la altura del n° 1500 y en juridicción de la seccional 40°, se logró

    la detención del imputado L.R.H., de R.L.C. y de M.E.C., el secuestro del rodado anteriormente descripto –constatándose las restricciones ya señaladas-, de las mencionadas armas de fuego y de parte de los bienes sustraídos; en relación a L.E.B., el mismo fue detenido a la altura n° 1582 de la Avda. O., en poder de parte de los bienes sustraídos al damnificado D. (cfr. actas de fs. 10, 11, 12, 13, 24 bis y 25).”

    Hecho n° 3 “Que L.R. huergo, con anterioridad al día 19 de noviembre de 2013, aproximadamente a las 2.30 hs, momento en que aconteciera el evento individualizado como “hecho n°2” de esta presentación, procedió a sustituir las chapas patentes identificatorias MXQ-756, originalmente asignadas al rodado marca Chevrolet Corsa en el cual se desplazaba, por las correspondientes al dominio MSK-273, con las que dicho vehículo fue secuestrado en poder del encartado H. en la fecha indicada, habiéndose determinado en esas circunstancias que los números de las chapas colocadas diferían de aquellos que se encontraban grabados en los cristales del auto en cuestión, lográndose en oportunidad de su detención recuperarse dentro del baúl de dicho vehículo una de sus chapas originales.

    El señalado automotor, con sus primigenias chapas patentes fue alquilado por H. a su titular en la localidad Monte Grande , provincia de Buenos Aires, hasta el día 9 noviembre 2013, fecha en la cual Fecha de firma: 22/05/2018 Alta en sistema: 23/05/2018 Firmado por: A.G.N., JUEZ DE CAMARA Firmado por: S.A.P., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: CAROLINA I.P., SECRETARIA DE CAMARA #29501729#207029463#20180522140045642 Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 22 DE LA CAPITAL FEDERAL CCC 65144/2013/TO2 el incoado no lo devolvió como estaba acordado y desapareció llevándose el rodado en cuestión.

    A su vez las patentes MSK- 273, con las que circulaba el automóvil al momento de ser secuestrado en poder de H., correspondían precisamente a otro rodado similar marca Chevrolet Classic, las que fueron denunciados como sustraídos durante los primeros días del mes de noviembre por parte de autores ignorados por S.M.A. ante la Comisaría 42° de la Policía Federal“.

    Causa n° 5160 Hecho n° 1.

    El día 25 de enero de 2014, en horas del mediodía le envió

    un mensaje de texto a su ex pareja A.P.R., desde la línea n°

    11-2-008-7223 al celular n° 15-3296-9601, refiriéndole “que estás laburando en la costanera cuidate donde te cruzo te hago mierda”. Ese mismo día, aproximadamente a las 14.00 hs, en el puesto de comida rápida ubicado en el “P.B.A.V.” sito en...

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