Sentencia de TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 1 DE LA CAPITAL FEDERAL, 17 de Mayo de 2018, expediente CCC 040967/2009/TO02
Fecha de Resolución | 17 de Mayo de 2018 |
Emisor | TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 1 DE LA CAPITAL FEDERAL |
Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 1 DE LA CAPITAL FEDERAL CCC 40967/2009/TO2 TOCC 1 c. 5844 (40967/2009)
BELOSO, G. s/sentencia Buenos Aires, 9 de mayo de 2018.
Y VISTAS:
Las presentes actuaciones nº 5844 (LEX
40967/2009) seguidas contra G. E. B.,
argentino, titular del DNI 25.474.772, nacido el 12 de octubre de 1976 en
esta ciudad, hijo de J. y de D., con último
domicilio en manzana 48, lote 31, Barrio San Francisco, localidad de
V., P.. de Buenos Aires; actualmente detenido en el
Complejo Penitenciario Federal II de Marcos Paz desde el 7/4/2017;
del registro de este Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional n°
1 de Capital Federal, integrado por el Dr. L.J. Salas, en su
carácter de P. y de los Dres. A. P. L. y
F. Ramírez en carácter de vocales, con la presencia de la
Secretaria Dra. E. S. M., proceso en el que
intervienen la Sra. Fiscal General, Dra. I.
y el Dr. J., en su carácter de letrado defensor.
De todo lo actuado, RESULTA Fecha de firma: 17/05/2018 Firmado por: L.R.J.S., JUEZ DE CAMARA Firmado por: A.P. LANCE, JUEZ DE CÁMARA Firmado por: F.R.R., JUEZ DE CÁMARA Firmado(ante mi) por: E.S.M., SECRETARIO DE CAMARA #30391232#206629530#20180517151348919 1. Acusación:
-
a) La presente causa se elevó a juicio respecto de
G. por el delito de abuso sexual gravemente
ultrajante agravado por haber sido cometido por un ascendiente en
concurso ideal con la figura de promoción de la corrupción de
menores agravada por el vínculo y por haber sido cometida
mediante amenazas y el ejercicio de violencia, en concurso
material con amenazas coactivas (arts. 119 cuarto párrafo inciso B)
en función del segundo párrafo; art. 125 tercer párrafo, y 149 bis
segundo párrafo, todos del C.P.) –conf. requerimiento de fs.
379/92.
-
b) En su alegato, la representante del Ministerio
Público Fiscal, la Dra. I. manifestó que:
tiene por probados los hechos por los que
se elevó la causa a juicio respecto de B.. Que los
califica como abuso sexual gravemente ultrajante por las
circunstancias de la realización, es decir con arreglo al
segundo párrafo del artículo 119 del Código Penal con la
agravante del cuarto párrafo inciso b). Que además
configura promoción de la corrupción de una menor de
edad, agravado por el vínculo y por haber sido cometido
mediante amenazas y el ejercicio de violencia. Que ambos
hechos concurren en forma ideal. Y que acusa al imputado
por las amenazas coactivas que realizara sobre L.M.B sobre
Fecha de firma: 17/05/2018 Firmado por: L.R.J.S., JUEZ DE CAMARA Firmado por: A.P. LANCE, JUEZ DE CÁMARA Firmado por: F.R.R., JUEZ DE CÁMARA Firmado(ante mi) por: E.S.M., SECRETARIO DE CAMARA #30391232#206629530#20180517151348919 Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 1 DE LA CAPITAL FEDERAL CCC 40967/2009/TO2 que si contaba este hecho la iba a matar a ella y a su madre.
Considera entonces que el encausado es autor penalmente
responsable del abuso sexual gravemente ultrajante
agravado por haber sido cometido por un ascendiente (art.
119 párrafos 2° y 4° inciso b) C.P.) en concurso ideal, art.
54, con promoción de la corrupción de menores, agravada
por el vínculo agravada y por haber sido cometida con
amenazas y ejercicio de violencia, art. 125, párrafos 2° y 3°,
en concurso real con amenazas coactivas, art. 55 C.P. Para
graduar la pena tiene en cuenta lo dicho por B. en su
indagatoria, las constancias del informe socioambiental, el
informe del Cuerpo Médico Forense de fs. 330, que da
relieve sobre su personalidad; la forma y modalidad de
hecho, la violencia que aplicó sobre la niña, que quedó
acreditada, ya que no hubo examen médico en ese momento,
por los dichos de M., que recibió a L.M.B esa
tarde y dijo que tenía un pañuelo en el cuello y que le dijo
que había sido lastimada por su primito jugando, pero era
consecuencia del ahorcamiento al que la sometió B., y
también tenía una mejilla irritada y como golpeada;
también lo refirió su madre A.. Que también tiene en
consideración lo que significó para LMB, algo que nunca
esperó de su padre, esa desprotección y desamparo que tuvo
a partir de ese momento, desamparo para su vida, ya que en
el momento de la formación de la maduración que se debe
Fecha de firma: 17/05/2018 Firmado por: L.R.J.S., JUEZ DE CAMARA Firmado por: A.P. LANCE, JUEZ DE CÁMARA Firmado por: F.R.R., JUEZ DE CÁMARA Firmado(ante mi) por: E.S.M., SECRETARIO DE CAMARA #30391232#206629530#20180517151348919 tener a esa edad la afectó gravemente. Que también
consideró lo dicho por B. en el informe socio
ambiental, del que surge que es padre de diez hijos, aunque
sólo nombró a los que actualmente pertenecen a su relación
con su última concubina, es decir que no sólo niega a L.M.B
como su hija sino también a los otros hijos no convivientes;
además en el informe socioambiental manifestó que no
tenía relación, que no pasaba alimentos porque las madres
no le pedían, pero no es sólo a pedido que se ejerce la
responsabilidad parental. Por todo ello solicitó que se
condene al imputado, como autor penalmente responsable
de los delitos tipificados en el art. 119, párrafos 2° y 4°,
inciso b), en concurso ideal con el previsto en el art. 125,
segundo y tercer párrafo, en concurso real con el del art.
149 bis, segundo párrafo, y arts. 40 y 41 C.P. a la pena de
dieciocho años de prisión, con accesorias legales y costas.
-
Defensa:
Durante la audiencia de debate oral se convocó a
prestar declaración indagatoria al imputado.
-
a) En dicha oportunidad, en primer lugar se dio
lectura a su declaración de fs. 247/49 en la que refirió:
Fecha de firma: 17/05/2018 Firmado por: L.R.J.S., JUEZ DE CAMARA Firmado por: A.P. LANCE, JUEZ DE CÁMARA Firmado por: F.R.R., JUEZ DE CÁMARA Firmado(ante mi) por: E.S.M., SECRETARIO DE CAMARA #30391232#206629530#20180517151348919 Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 1 DE LA CAPITAL FEDERAL CCC 40967/2009/TO2 “el 23 de mayo del año 2009, mi hija se fue a
cambiar y a bañar a la casa del mi hermano S. y
pasó todo el día en la casa del nombrado, junto con mi cuñada
P., en Zubiría y H.. Ese día era el cumpleaños
de mi sobrino N., que cumplía un año y se festejaba en un
club. Además era el bautismo de mi sobrino por lo que mi hija
estuvo desde temprano en el festejo. A la tarde había una reunión
para chicos, y a la noche para los grandes. Mi hija estuvo desde
el principio en el festejo, y yo fui más tarde, alrededor de las 22
horas, junto con mi mamá y otros dos hermanos, Adriana
Angélica Beloso y J. M. B.. Permanecimos en el
club hasta las 4 o 5 de la mañana aproximadamente. Mi hija no
quiso venir conmigo a mi casa, quería quedarse hasta el final del
cumpleaños, por lo que mi hermano S. se ofreció para
que se quedara a dormir en su casa, lo que así se hizo. Yo
entonces con mi mamá, y los mismos dos hermanos, regresé a mi
casa de H., no recuerdo la numeración. A eso de las
7 de la mañana la acompañé a mi mamá y a mi hermano a tomar
un remise a unas cuadras de mi casa y se fueron. Mi hermana
también se fue a su casa, y yo me quedé en la mía. Me acosté un
rato y después me levanté tipo 11 para bañarme. Pasadas las 12
del mediodía, mi hermano S. y mi cuñada P.
trajeron a mi hija L.M.B hasta mi casa. Como yo estaba ocupado,
bañándome y cambiándome y era chico el lugar, les dije que
fueran arriba, a la casa de mi hermano D..
Entonces L.M.B se quedó un rato con D., hasta que yo la
busqué y de ahí fuimos directamente a tomar el colectivo para ir
Fecha de firma: 17/05/2018 Firmado por: L.R.J.S., JUEZ DE CAMARA Firmado por: A.P. LANCE, JUEZ DE CÁMARA Firmado por: F.R.R., JUEZ DE CÁMARA Firmado(ante mi) por: E.S.M., SECRETARIO DE CAMARA #30391232#206629530#20180517151348919 al Hospital Piñero donde estaba mi hijo G.,
que había nacido el 13 de abril de 2009 y seguía internado por
ser prematuro. Una vez en el hospital, yo firmé un acta por ser
L.M.B menor y para que pudiera ver a su hermano, y después de
un rato nos fuimos del hospital. Entramos a una pizzería que
estaba en frente, comimos algo con L.M.B., y volvimos para mi
casa. Mi hija se quedó ahí, y yo fui a buscar a mi actual señora,
la madre de G.. En ese momento acordamos que
cuando el bebé saliera del hospital nos íbamos a ir a vivir juntos
a mi casa, y por eso los dos fuimos a mi domicilio para contarle
a L.M.B. Ella al enterarse dijo que no quería, que yo era su papá
y no tenía que tener otros hijos ni estar con otras mujeres. Se
puso muy mal, a gritar y decir cosas, que era una mala persona,
etc., yo le dije que si no quería quedarse, que se fuera a la casa
de su mamá y después cuando se calmara un poco, hablábamos
de nuevo, ante lo cual L.M.B me dijo que yo tenía que elegir
entre quedarme con mi hijo y mi señora, o con ella. Yo traté de
explicarle que tenía que rehacer mi vida y que lo iba a entender
cuando pase el tiempo. Pero ella dijo que nunca lo iba a
entender, y que si se iba en ese momento, me iba a arruinar la
vida. Esas fueron las palabras de mi hija. Yo le pregunté a qué se
refería, si pretendía hacerle daño al bebe o algo, y ella me dijo
que ya me iba a enterar. Entonces como mi hija seguía enojada,
la dejé en casa y fui a buscar a mi hermano Héctor Adrián
Beloso que vivía a la vuelta para que la llevara a tomar un
remise. Mi hermano vino entonces a mi casa y acompaño a
L.M.B hasta Escalada y Horacio Casco donde hay una remisería,
Fecha de firma: 17/05/2018 Firmado por: L.R.J.S., JUEZ DE CAMARA Firmado por: A.P. LANCE, JUEZ DE CÁMARA Firmado por: F.R.R., JUEZ DE CÁMARA Firmado(ante mi) por: E.S.M., SECRETARIO DE CAMARA #30391232#206629530#20180517151348919 Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 1 DE LA CAPITAL FEDERAL CCC 40967/2009/TO2 para que tomara un remise. Yo le di la plata para que pagara el
remise hasta la casa de la madre, y no se si fue sola o si la
acompañó mi hermano en el auto. No tengo nada más que
agregar, eso es todo lo que pasó ese día, y no voy a contestar
...
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