Sentencia de TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 25 DE LA CAPITAL FEDERAL, 12 de Abril de 2018, expediente CCC 049768/2013/TO02

Fecha de Resolución12 de Abril de 2018
EmisorTRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 25 DE LA CAPITAL FEDERAL

Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 25 DE LA CAPITAL FEDERAL CCC 49768/2013/TO2 Buenos Aires, 12 de abril de 2018.

Y VISTOS:

Para dictar sentencia de forma unipersonal en la presente causa nro. 49.768/2013 (Registro Interno N° 5069/5070) del Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional nro. 25, que preside la suscripta, en presencia de la Secretaria, D.P.B., elevada a juicio por el delito de hurto en grado de tentativa, robo en poblado y en banda en carácter de coautor, y robo simple en grado de tentativa, en carácter de autor, todos los cuales concurren en forma real entre sí, contra M.I.B. (de nacionalidad argentina, titular del D.N.

  1. N° 33.306.303, nacido el 25 de octubre de 1987 en esta Ciudad, hijo de J.I.B. y de E.E.I., con último domicilio en calle C.N.° 2660 de esta Ciudad, prontuario R.H.

    301.407 de la Policía Federal Argentina, legajo O3309071 del Registro Nacional de Reincidencia).

    Intervienen en el proceso representando al Ministerio Público Fiscal, el Dr.

    G.P. de la Fuente, y en la defensa del imputado, la Dra. M.C.M., titular a cargo de la Defensoría Pública Oficial N° 2.

    Y CONSIDERANDO:

  2. Que el señor agente fiscal requirió la elevación a juicio en los siguientes términos:

    Fecha de firma: 12/04/2018 Firmado por: ANA DIETA DE H., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: P.G.B., SECRETARIA DE CAMARA #24151905#202591407#20180412104247979 Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 25 DE LA CAPITAL FEDERAL CCC 49768/2013/TO2 CAUSA N° 22.658/2013 (R.

  3. N° 5069) –

    Hecho C – (fs. 309/314):

    [...] Imputo a M.I.B. y G.O.E. haber sustraído ilegítimamente, y mediante violencia, del interior del rodado Renault Express, dominio BEM-470 los siguientes elementos: varias herramientas de trabajo, soporte de GPS, frente y control remoto de auto-estéreo, una máscara de cotillón, un control remoto de alarma del rodado “X28”, tres auriculares y un botiquín de emergencias pertenecientes a M.H.M..

    Para lograr el cometido, E. y B. rompieron el ventilete de la puerta trasera derecha del rodado e ingresaron al interior del mismo.

    Dicha situación ocurrió el día 10 de marzo de 2014, siendo las 3.10 horas, en la intersección de las calles A.A. y Campichuelo de esta ciudad, ocasión en la cual el Agente Juan Di Pierno del Centro de Monitoreo de la Circunscripción VI de la P.F.A., advirtió la situación a través de las cámaras ubicadas en aquél lugar.

    Inmediatamente, el Agente se comunicó

    con el Departamento Federal de Emergencias, siendo desplazado el móvil a cargo del S.M.M. de la Comisaría 11° de la P.F.A.

    Al arribar a la primera arteria a la altura 258, procedió a detener a los imputados -quienes poseían las características aportadas- y secuestró en poder de Fecha de firma: 12/04/2018 Firmado por: ANA DIETA DE H., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: P.G.B., SECRETARIA DE CAMARA #24151905#202591407#20180412104247979 Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 25 DE LA CAPITAL FEDERAL CCC 49768/2013/TO2 Escobedo una mochila que contenía los elementos detallados.

    Posteriormente, el uniformado se dirigió a la altura 216 donde encontró la camioneta Renault estacionada con el interior todo revuelto, el ventilete de la puerta trasera derecha violentada y la puerta delantera derecha sin cerrar.

    Finalmente, se logró tomar contacto con el damnificado quien reconoció como suyos los elementos que fueron secuestrados en poder de los imputados [...]

    .

    Calificó el hecho endilgado a M.I.B. como constitutivo del delito de robo simple en grado de tentativa, que atribuyó al imputado en calidad de coautor (arts. 42, 45 y 164 del C.P.)

    CAUSA N° 49.768/2013 (R.

  4. N° 5070)

    (fs. 609/610)

    [...] Se le reprocha a M.I.B., haber intentado apoderarse, sin la utilización de fuerza ni de violencia, de un aparato “GPS” con la inscripción “Lo J.” el cual se encontraba en el interior de la ambulancia denominada “móvil nro. 712”, perteneciente a la empresa Centro Médica S.A.

    Dicho suceso ocurrió el día 10 de septiembre de 2013, aproximadamente a las 05.10 horas, cuando el móvil se encontraba estacionado sobre la Fecha de firma: 12/04/2018 Firmado por: ANA DIETA DE H., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: P.G.B., SECRETARIA DE CAMARA #24151905#202591407#20180412104247979 Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 25 DE LA CAPITAL FEDERAL CCC 49768/2013/TO2 calle S., frente a la altura catastral 1571 de esta ciudad.

    En aquella oportunidad, C.N.B. (chofer de dicha unidad) y F.A.L. (quien desarrolla su tarea de enfermero a bordo de la ambulancia), se encontraban en el sector de terapia del mentado Centro, limpiando la parte trasera del rodado. En un momento dado, ambos escucharon la apertura de la puerta delantera, pudiendo observar como el imputado introdujo su mano en el interior de la unidad y se apoderó del “GPS”

    allí colocado, dándose rápidamente a la fuga.

    Es por ello, que B. abordó la ambulancia emprendiendo la persecución de B. logrando reducirlo en la intersección de la Avenida La Plata y la calle Saraza. Una vez allí, mientras éste lo mantenía tendido sobre el suelo, se apersonó el conductor de un rodado de alquiler, del cual se desconoce todo tipo de datos, quien comenzó a propinarle al encartado patadas en el rostro, situación que fue mediada por el chofer de la ambulancia, logrando que el taxista cesara su actitud agresiva y que se retirara del lugar.

    Finalmente, se hizo presente personal de Gendarmería Nacional, quienes llevaron a cabo la formal detención del imputado, del secuestro “GPS”

    sustraído que se encontraba en su poder, y de una bolsa tipo arpillera que llevaba consigo al momento de Fecha de firma: 12/04/2018 Firmado por: ANA DIETA DE H., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: P.G.B., SECRETARIA DE CAMARA #24151905#202591407#20180412104247979 Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 25 DE LA CAPITAL FEDERAL CCC 49768/2013/TO2 ser aprehendido, cuyo contenido se encuentra detallado a fs. 5 [...]

    .

    Calificó el hecho endilgado a M.I.B. como constitutivo del delito de hurto en grado de tentativa, que atribuyó al imputado en calidad de autor (arts. 42, 45 y 162 del C.P.)

    CAUSA N° 42.325/2014 (R.

  5. N° 5070)

    (fs. 771/773)

    [...] Se imputa a los nombrados haberse apoderado ilegítimamente – con la intervención de una tercera persona no identificada – previo acuerdo y distribución de roles y mediante violencia en las personas- del vehículo de alquiler Fiat Siena dominio LNU-964, propiedad de J.O.; así como también de distintos efectos personales pertenecientes a H.A., chofer del mencionado rodado.

    El suceso en cuestión tuvo ocurrencia el día 14 de julio de 2014, a las 16:15 horas aproximadamente, en inmediaciones del cruce entre la Avenida Cobo y la calle M. de esta ciudad.

    En la ocasión indicada, los encausados y una tercera persona –no identificada hasta el momento- tomaron el taxi conducido por A. en el cruce de C. y C. y le pidieron que los conduzca hacia M. y Riestra; siendo que al hacer media cuadra de recorrido uno de los imputados (posiblemente B.) sorpresivamente accionó el freno de mano del vehículo, en tanto que los otros dos (uno Fecha de firma: 12/04/2018 Firmado por: ANA DIETA DE H., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: P.G.B., SECRETARIA DE CAMARA #24151905#202591407#20180412104247979 Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 25 DE LA CAPITAL FEDERAL CCC 49768/2013/TO2 de los cuales sería Cilento) le apoyaron elementos contundentes en la espalda y en la nuca (como si fueron los cañones de unas armas de fuego) y le refirieron frases tales como “bajate del auto”, “ya estas choreado”, “no mires que te quemo” o “deja todo y bajate” (textual).

    Ante ello es que, temiendo por su integridad física, el damnificado optó por acceder a las demandas de los asaltantes y descendió del vehículo, dejando allí su teléfono celular y su campera.

    Poco después de que los autores se fugaran, A. pudo ponerse en contacto con el O.M.G. y el Oficial Mambrin –personal de la Policía Metropolitana-, quienes patrullaban por la zona. Estos, una vez al corriente de lo sucedido, acompañaron al damnificado a un destacamento cercano y luego se abocaron a la búsqueda del automóvil sustraído.

    Pudieron hallarlo unos minutos más tarde en la Avenida Esteban Bonorino y una calle sin nombre, frente a la Manzana 20 de la Villa 1-11-14.

    Dentro estaban los imputados y un tercero, los cuales al percatarse de la presencia policial buscaron darse a la fuga, consiguiéndolo solamente este último.

    Se llevó a cabo entonces la formal detención de B. y de C., a quienes A. reconoció en ese momento como autores del hecho.

    También se realizó el secuestro del automotor –que Fecha de firma: 12/04/2018 Firmado por: ANA DIETA DE H., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: P.G.B., SECRETARIA DE CAMARA #24151905#202591407#20180412104247979 Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 25 DE LA CAPITAL FEDERAL CCC 49768/2013/TO2 presentaba parte del torpedo rota y le faltaba el estéreo -, aunque no fue posible recuperar las pertenencias del chofer. [...]

    .

    Calificó el hecho endilgado a M.I.B. como constitutivo del delito de robo agravado por su comisión en poblado y en banda, que atribuyó al imputado en calidad de coautor (arts. 45 y 167 inc. 2° del C.P.)

    A fs. 986/987 se presentó el Señor Fiscal General solicitando que se imponga a estos autos el procedimiento abreviado introducido por la ley 24.825.

    Según surge del acta, el F. General recibió en audiencia a M.I.B., que compareció asistido por la Dra. M.C.M., y en ella se le hizo saber que al pedir la abreviación requeriría, que los hechos fueran calificados como hurto en grado de tentativa en calidad de autor, robo en poblado y en banda en carácter de coautor, y robo simple en grado de tentativa en carácter de autor, todos los cuales concurren en forma real entre sí, y que solicitaría se le...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR