Sentencia de TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL FEDERAL 2, 23 de Febrero de 2017, expediente CFP 012276/2006/TO02
Fecha de Resolución | 23 de Febrero de 2017 |
Emisor | TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL FEDERAL 2 |
Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL FEDERAL 2 CFP 12276/2006/TO2 TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL FEDERAL N°2 CAUSAS N° 2677 “ORTEGO, H.L. s/
Infracción Arts. 172 y 296 en función del Art. 292 del Código Penal de la Nación”.--------------------------------------
REG. DE SENTENCIAS N° _______.-
Buenos Aires, 23 febrero de 2017.-
AUTOS Y VISTOS:
Para resolver en la presente causa nro. 2677, del registro de este Tribunal Oral en lo Criminal Federal nro. 2, seguida contra H.L.O. en orden al delito previsto y reprimido por el artículo 172 y 296 en función artículo 292 del Código Penal, respecto de la competencia de este Tribunal.-
Y CONSIDERANDO:
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Previo a analizar la cuestión, cabe mencionar que el señor representante del Ministerio Público Fiscal de primera instancia, Dr. G.M., en su requisitoria de fojas 4177/4185, solicitó
la elevación a juicio de las presentes actuaciones de conformidad con las previsiones del artículo 346 del Código Procesal Penal de la Nación, a fin de continuar con el proceso y dirimir la responsabilidad penal que le correspondería al imputado de autos.-
En este sentido, el Sr. Agente F., manifestó que “…se imputa a H.L.O. la utilización, con fecha 16 de marzo de 2006, del D.N.
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Triplicado nro. 4.637.684 adulterado a nombre de J.C.C. –quien falleció el 28 de enero de 1999-, ocasión en la cual, haciéndose pasar por el nombrado C. realizó la operación Fecha de firma: 23/02/2017 Firmado por: J.A.T., JUEZ DE CAMARA Firmado por: R.G.U. , JUEZ DE CAMARA Firmado por: J.L.G., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: S.P.B., SECRETARIO DE CAMARA #29401851#172527223#20170222171357661 de cesión de 11.404 (once mil cuatrocientos cuatro) bonos de consolidación de deuda en moneda nacional cuarta serie 2%, correspondiente al Programa de Propiedad Participada de ex agentes de YPF, por el monto total de $11.200 (once mil doscientos pesos) a favor de D.A.C., quien actuó como apoderado de E.H.R.. A su vez, dicha operación posibilitó a D.A.C., el día 23 de marzo de 2006, a que cediera esos mismo bonos a favor de A.T.A. en la suma de $39.301 (treinta y nueve mil trescientos un pesos). La cesión comprendió además 15.607 bonos adquiridos a R.A.A. (hecho ajeno a la presente investigación). Al momento de realizar la cesión de bonos de mención, la E.C.C., quien intervino en la operación certificando las firmas de ambas partes, procedió a sacar copias del D.N.
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Triplicado nro. 4.637.684 utilizado por O. para identificarse como...
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