Sentencia de TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL NRO. 1 DE LA CAPITAL FEDERAL, 27 de Diciembre de 2016, expediente CCC 023361/2015/TO02

Fecha de Resolución27 de Diciembre de 2016
EmisorTRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL NRO. 1 DE LA CAPITAL FEDERAL

Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL NRO. 1 DE LA CAPITAL FEDERAL CCC 23361/2015/TO2 Causa N° 5105 DELGADO, G.R.C. s/ robo agravado por la intervención de una menor de edad, en concurso real con resistencia a la autoridad.

Buenos Aires, 27 de diciembre de 2016.

Y VISTOS:

Se reúnen los integrantes del Tribunal Oral en lo Criminal N° 1 Doctores Martín E.

Vázquez Acuña, en su carácter de P., A.H.P. y L.R.J.S. para dictar sentencia según el procedimiento de la ley 24.825, en la causa N° 5105 seguida contra G.R.C.D. –argentino, titular del DNI N°

33.826.754, nacido el 17 de agosto de 1988 en CABA, hijo de R.C. y de A.I.D.-, por los delitos de robo agravado por la intervención de una menor de edad, en concurso real con resistencia a la autoridad. Intervienen en el proceso la Sra.

Fecha de firma: 27/12/2016 Firmado por: A.H.P., JUEZ DE CAMARA Firmado por: L.R.J.S., JUEZ DE CAMARA Firmado por: M.V.A., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: E.S.M., SECRETARIO DE CAMARA #27045971#165371365#20161227124223155 F. General Dra. M.C., y la Sra.

Defensora Oficial Dra. M.B., Defensora Pública a cargo de la Defensoría Oficial N° 16 de la Capital Federal.

Y CONSIDERANDO:

  1. A fs. 254/256, el Sr. Fiscal José

    María Campagnoli, requirió la elevación a juicio de la presente causa contra G.R.C.D., a quien endilgó ser coautor del delito de robo agravado por haber sido cometido en poblado y en banda y por la participación de un menor de edad, en concurso real con resistencia a la autoridad.

  2. A fs. 416/vta. la Dra. M.C., solicitó que se imprima a este proceso la vía abreviada regulada por al artículo 431 bis del Código Procesal Penal de la Nación, acompañando el acta de acuerdo, de conformidad con lo que dispone el inciso 2° del artículo mencionado. Como se desprende del mismo, la Sra. Defensora Oficial y su pupilo acordaron proseguir este proceso mediante el trámite de juicio abreviado, considerando que la conducta desplegada por el imputado Delgado Fecha de firma: 27/12/2016 Firmado por: A.H.P., JUEZ DE CAMARA Firmado por: L.R.J.S., JUEZ DE CAMARA Firmado por: M.V.A., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: E.S.M., SECRETARIO DE CAMARA #27045971#165371365#20161227124223155 Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL NRO. 1 DE LA CAPITAL FEDERAL CCC 23361/2015/TO2 encuadraría en la figura prevista en el art. 164 del C.P. y no en la de robo agravado por haber sido cometido en poblado y en banda; agravado sí por la intervención de un menor de edad, en concurso real con el delito de resistencia a la autoridad. (arts.

    41 quater, 45, 55, 164, 239 del C.P.).

    Asimismo, solicitó que se imponga al nombrado D. la pena de dos años de prisión de cumplimiento efectivo y costas. (arts. 29 inc. 3, 40 y 41 del C.P. y 530 y 531 del C.P.P.N.).

  3. Materialidad del hecho:

    Las pruebas reunidas en el sumario permiten tener por acreditado que el 22 de abril de 2015, siendo aproximadamente las 12:30, arribaron en un taxi marca Fiat Siena, dominio NXE-069, al negocio supermercado denominado “Eterno”, ubicado en la calle G. delR. 3850 de esta ciudad, el cual era conducido por G.R.C.D., ingresando a dicho lugar R.R.G.G. y S.R., quien contaba con diecisiete años de edad; a su vez que la última simulando ser cliente, se dirigió al sector de bebidas y tomó de una de las Fecha de firma: 27/12/2016 Firmado por: A.H.P., JUEZ DE CAMARA Firmado por: L.R.J.S., JUEZ DE CAMARA Firmado por: M.V.A., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: E.S.M., SECRETARIO DE CAMARA #27045971#165371365#20161227124223155 heladeras una botella de gaseosa y luego se dirigió

    a la caja N° 2 del negocio; que de inmediato aquélla sujetó de la muñeca a L.H., a la vez que le exigía la entrega del dinero recaudado, siendo acompañada en su proceder por G., sustrayendo aproximadamente la suma de mil pesos ($1000) de dicha caja registradora.

    Posteriormente se dieron a la fuga en el vehículo con el cual arribaron al lugar, siendo detenidos por personal policial.

    Al momento de ser aprehendido, D. se encontraba en la butaca del conductor, mientras que los otros dos sujetos en la parte trasera del automóvil.

    Por último, se encuentra corroborado que una vez detenido, D. opuso resistencia al arresto, evitando en todo momento ser reducido y de ese modo ser trasladado al vehículo policial. Ya en el móvil, al intentar ser requisado por los preventores agredió al Principal Bernardi con patadas y cabezazos, siendo finalmente reducido.

    Dicho accionar ilícito se encuentra acreditado con los dichos de L.H., quién Fecha de firma: 27/12/2016 Firmado por: A.H.P., JUEZ DE CAMARA Firmado por: L.R.J.S., JUEZ DE CAMARA Firmado por: M.V.A., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: E.S.M., SECRETARIO DE CAMARA #27045971#165371365#20161227124223155 Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL NRO. 1 DE LA CAPITAL FEDERAL CCC 23361/2015/TO2 declaró en sede policial (fs. 109/110): ”ser empleada del supermercado denominado “Eterno”, sito en la calle G. del Río 3850 de este medio, en el horario de 8:30 a 14:00, desempeñando funciones como cajera del mismo, Que en el día de ayer, siendo las 12:30 horas aproximadamente, en circunstancias que se encontraba en la caja número uno de las dos que funcionan en el lugar, sin clientes en ese momento que se encontraban abonando mercaderías, oportunidad que ingresa una persona del sexo femenino joven de la que no recuerda vestimenta ni características, la que pasa hacia la heladera ubicada en la parte delantera del salón de ventas, próxima a la caja y toma una botella de coca –cola y luego se dirigió

    con la misma hacia la declarante como para pagar, cuando el femenino joven la agarra con una de sus manos sobra la muñeca y le exige el dinero de la caja refiriéndole “dame la plata” (sic), sin observar en ese momento si la joven se encontraba armada y por temor a su integridad física le hizo entrega del cambio que tenía en la registradora, desconociendo cantidad del dinero sustraído y si se encontraba sola o acompañada fuera del comercio por Fecha de firma: 27/12/2016 Firmado por: A.H.P., JUEZ DE CAMARA Firmado por: L.R.J.S., JUEZ DE CAMARA Firmado por: M.V.A., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: E.S.M., SECRETARIO DE CAMARA #27045971#165371365#20161227124223155 terceras personas a raíz de los nervios del caso y experiencia de ilícitos anteriores que la afectaron emocionalmente con el tiempo por lo que sufre mucho temor ante estas circunstancias; dejando constancia que no resultó lesionada a raíz de lo ocurrido. Que luego de que la joven agarrara el dinero y saliera corriendo para la calle donde fugó por G. delR. en dirección a la calle Washington donde la pierde de vista. Que pasados unos minutos en que se recuperaba de los nervios vividos, cuando estaba por llamar al 911 para dar conocimiento de lo ocurrido a la policía, se hizo presente un móvil policial de esta dependencia cuyo personal uniformado le consultaba sobre lo ocurrido y le solicita la filmación de las cámaras del local, dejando invitada a la declarante para concurrir a la comisaría para recibirle declaración. Dejando constancia que no concurrió cuando le fuera solicitado por el shock emocional y no ser su deseo de concurrir a sede policial por temor a cruzar a la perpetradora del ilícito pese a no poder recordar características de la misma, por lo que a su ruego solicitó se le reciba declaración en su lugar de trabajo.

    Fecha de firma: 27/12/2016 Firmado por: A.H.P., JUEZ DE CAMARA Firmado por: L.R.J.S., JUEZ DE CAMARA Firmado por: M.V.A., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: E.S.M., SECRETARIO DE CAMARA #27045971#165371365#20161227124223155 Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL NRO. 1 DE LA CAPITAL FEDERAL CCC 23361/2015/TO2 Consultada por la Instrucción si reconocería al femenino joven acusado en las presentes actuaciones responde que no (…)”.

    Asimismo, a fs. 200/200 vta.

    respondió que “todo sucedió tal y como lo relatara en su declaración anterior, que en el momento estaba muy nerviosa. A preguntas para que diga si recuerda cuánto dinero le sustrajeron de la caja registradora la compareciente responde que aproximadamente unos mil pesos ($1.000), que en aquél momento no había podido calcular cuánto había en la caja porque estaba muy nerviosa, pero entre billetes de cien pesos, cambio, billetes de diez, cincuenta, veinte y de dos pesos y monedas, la cantidad de dinero sustraído ascendió a alrededor de mil pesos”. A preguntas para que diga si durante el hecho observó

    que alguno de los intervinientes exhibiera un arma, responde que no le mostraron armas o no lo recuerda.

    . Explica “entraron por un minuto y se fueron, solo me acuerdo de la chica, no sabe si había otro más con ella, porque yo estaba muy nerviosa (…).”

    Asimismo, contamos en autos con el testimonio de E.J.R., quién refirió a Fecha de firma: 27/12/2016 Firmado por: A.H.P., JUEZ DE CAMARA Firmado por: L.R.J.S., JUEZ DE CAMARA Firmado por: M.V.A., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: E.S.M., SECRETARIO DE CAMARA #27045971#165371365#20161227124223155 fs. 198/199 que: “era casi el mediodía y Comando Radioeléctrico mandó una alerta que tres personas se daban a la fuga en un taxi luego de robar un supermercado, el taxi marca Fiat Siena, yo era el conductor del móvil. Nos dirigimos por la calle Washington hacia Manzanares, estábamos ahí cerca, cuando llegábamos a M. escuchamos otra modulación del Cabo 1ro. Lagos que estaba de parada bancaria en el banco “Superville”, diciendo que había avistado al taxo con dos masculinos y la mujer en su interior. La parada bancaria los ve en Av.

    1. en dirección a Donado, entonces nosotros aceleramos la marcha y fuimos hacia ese lugar, como había mucho tránsito los avista el Cabo 1° L. que nos señala que estaba cruzando las vías del ferrocarril M...

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