Sentencia de TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL NRO. 30 DE LA CAPITAL FEDERAL, 27 de Septiembre de 2016, expediente CCC 037343/2015/TO02

Fecha de Resolución27 de Septiembre de 2016
EmisorTRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL NRO. 30 DE LA CAPITAL FEDERAL

Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación Tribunal Oral en lo Criminal N° 30 de la Capital Federal CCC 37343/2015/TO2 Buenos Aires, 27 de septiembre de 2016.

Y VISTA:

Las causas nº 4728 y 4780 del registro de éste Tribunal Oral en lo Criminal Nº 30, seguida a P.A.L. (o P.L. o M.V.) -argentino, titular del D.N.

  1. n° 25.530.763 –referido-, nacido el día 29 de septiembre de 1976 en esta Ciudad, hijo de J.M.L. y S.L.A., soltero, desocupado, instruido, domiciliado en la calle P. 854, P.B. “3” de esta Ciudad, con legajo de la Policía Federal Argentina TM 29.928, por el delito de robo cometido en forma reiterada –dos hechos- y robo en grado de tentativa cometido en forma reiterada –seis hechos-

(arts. 42, 44, 55 y 164 del C.P.).

De ella, RESULTA:

En la presentación que luce a fs. 544/545 de la causa n° 4728, el Sr.

Fiscal General Dr. C.E.G., a cargo momentáneamente de la Fiscalía General N° 26 ante los Tribunales Orales en lo Criminal, junto con el imputado P.A.L. y el Sr. Defensor Oficial Dr. R.L. a cargo de la Unidad de Letrados N° 10, solicitaron la tramitación de estos autos bajo las reglas del juicio abreviado, de conformidad con lo normado en el art. 431 bis del Código Procesal Penal de la Nación.

El Tribunal tomó conocimiento de visu del encartado, quien también fue oído en todo cuanto quiso expresar, en la oportunidad de la que da cuenta el acta de fs. 546vta., por lo que, no existiendo circunstancia alguna de aquellas que, conforme el texto legal, autorizan el rechazo de la solicitud del juicio abreviado, corresponde el dictado de la sentencia, para la cual se llamó

autos a fs. 547.

Fecha de firma: 27/09/2016

Y CONSIDERANDO:

Firmado por: L.M.R., JUEZ DE CAMARA Firmado por: M.M.R., JUEZ DE CAMARA Firmado por: G.E.F., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: M.J.M., SECRETARIO DE CAMARA #28005743#162952586#20160928144213486

PRIMERO

La materialidad de los hechos y la prueba recopilada en el expediente.

1.a.- Los hechos de la causa 4728.

El Tribunal tiene por acreditado los sucesos delictivos que el Sr.

Fiscal de Instrucción describiera en el respectivo requerimiento de elevación a juicio obrante a fs. 491/497 donde se le imputa a L. los siguientes hechos:

“Hecho I: Se le imputa a L. en primer lugar el hecho ocurrido el día 26 de mayo de 2015 siendo aproximadamente la 1.45hs., en la intersección de las calles Camacuá y Primera Junta de esta Ciudad, donde en compañía de R.M.T.G. sustrajo una batería de color blanca y roja con la inscripción “Champions” del interior del rodado Chevrolet, modelo Corsa, dominio colocado LPG-640, con colores reglamentarios de taxi, perteneciente a H.D.Z., forzando para lograr su cometido la puerta delantera izquierda y cortando los cables de la batería”.

Tal circunstancia fue advertida por N.A.H., quien por lo tanto dio aviso al personal policial por el cual el Sargento Sosa se constituyó en el lugar y les dio alcance a las dos personas que respondían a las características indicadas por H. y llevaban en su poder una mochila de color rosa.

Así pues, los sujetos fueron identificados como R.T.G. y P.A.L., a quienes se les secuestró en su poder la batería sustraída y se los detuvo.

Hecho II: Asimismo, se le atribuye al nombrado el haberse apoderado ilegítimamente mediante fuerza en las cosas de una batería, una rueda de auxilio original completa, un criquet, una llave cruz, tres alfombras originales, una llave para tuercas de seguridad, un cargador de celular de Fecha de firma: 27/09/2016 Firmado por: L.M.R., JUEZ DE CAMARA Firmado por: M.M.R., JUEZ DE CAMARA Firmado por: G.E.F., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: M.J.M., SECRETARIO DE CAMARA #28005743#162952586#20160928144213486 Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación Tribunal Oral en lo Criminal N° 30 de la Capital Federal CCC 37343/2015/TO2 auto, un chaleco refractario, un pendrive y un emisor de radio; rompiendo para apoderarse de tales elementos la ventanilla derecha del rodado estacionado en la calle S.P., altura catastral 3886 de esta Ciudad, marca Volkswagen, modelo Gol, dominio JTH-068, propiedad de D.I.O., en cuyo interior se encontraban dichos objetos, el día 25 de junio de 2015, alrededor de las 0.45hs.

En dicho contexto, el sargento H.E. de la Seccional 40ª de la P.F.A. que circulaba por el lugar observó al imputado quien al notar su presencia se alejó del rodado mencionado, el cual poseía la ventanilla derecha delantera rota y el capot abierto.

Por tal motivo, emprendió su persecución y al alcanzarlo a los pocos metros, a la altura catastral 908 de la calle M.C., le solicitó

que exhibiera lo que llevaba en su bolso, advirtiendo que poseía una batería de automóvil, que luego constató que pertenecía al vehículo del caso, cuyo interior estaba revuelto. En consecuencia, procedió a la formal detención del nombrado L. y al secuestro de la batería que el propietario del rodado reconoció como suya, detallando además los restantes elementos que le faltaban.

Hecho III: Se le endilga también el suceso acaecido el día 5 de septiembre de 2015, a la 1.30hs aproximadamente, sobre la calle P. 446 de esta ciudad, ocasión en la que junto con D.O.C. intentaron apoderarse ilegítimamente y por medio de fuerza en las cosas de los elementos de valor del interior del vehículo marca Peugeot, modelo 205, dominio CBO-550, propiedad de V.A.C. y A.O.B..

Para ello, rompieron la ventanilla de la puerta del lado del acompañante y forzaron el parante de la misma hacia afuera, así como el Fecha de firma: 27/09/2016 Firmado por: L.M.R., JUEZ DE CAMARA Firmado por: M.M.R., JUEZ DE CAMARA Firmado por: G.E.F., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: M.J.M., SECRETARIO DE CAMARA #28005743#162952586#20160928144213486 guardabarros trasero izquierdo y el baúl, activando la alarma sonora que fue oída por el cabo W.C. que circulaba en la zona y los vio salir corriendo.

En ese instante, irradió un alerta describiendo sus características fisonómicas y comenzó a recorrer el lugar, dando en definitiva con L. y su consorte, a quienes detuvo formalmente.

Hecho IV: El cuarto suceso que se le imputa al nombrado, en consonancia con lo sostenido respecto de T.G. a fs. 387/389 consiste en haber intentado apoderarse ilegítimamente y mediante fuerza en las cosas, junto con el mentado T.G., de los elementos de valor ajenos que hubieren en el interior del rodado Chevrolet Corsa dominio KCG-530, propiedad de G.A., el día 29 de septiembre de 2015, alrededor de las 2hs, el cual se encontraba estacionado sobre la calle C., en su intersección con Laferrere.

Precisamente, ese día el sargento primero C. se encontraba cumpliendo funciones sobre la calle B.F. 2150 cuando se le aproximó A.R. informándole que dos personas de sexo masculino (que vestían uno campera azul y otro campera de color marrón) instantes antes habían intentado dar apertura a su vehículo marca Fiat modelo Weekend, dominio AHW-112, estacionado en la intersección de las calles L. y G.L. de esta ciudad.

Enterado de tal circunstancia, el preventor advirtió la presencia en la calle C. 678 de dos sujetos cuya vestimenta se ajustaba a la descripta por R., quienes se encontraban forzando ahora la puerta delantera derecha del rodado Chevrolet Corsa dominio KCG-530, allí

estacionado, el cual poseía la alarma sonora activada.

“A raíz de ello, el efectivo policial les dio la voz de alto y procedió

Fecha de firma: 27/09/2016 Firmado por: L.M.R., JUEZ DE CAMARA Firmado por: M.M.R., JUEZ DE CAMARA Firmado por: G.E.F., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: M.J.M., SECRETARIO DE CAMARA #28005743#162952586#20160928144213486 Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación Tribunal Oral en lo Criminal N° 30 de la Capital Federal CCC 37343/2015/TO2 a la aprehensión de quienes identificó como L. y T.G., a la altura catastral 2224 de la calle B.F., secuestrando en poder de los nombrados una bolsa de hilo plástico tejido que contenía en su interior un matafuego de 1kg de capacidad, marca “D.”, que fue reconocido por R. como el suyo.”

Hecho V: También se le atribuye haber intentado apoderarse ilegítimamente mediante fuerza en las cosas de los elementos de valor que hubiere en el interior del rodado marca Citroën, modelo C4, color negro dominio HKM-175, propiedad de D.G.J., el día 3 de octubre de 2015 alrededor de las 00.15hs., en la intersección de las calles F.B. y Pumacahua de esta Ciudad, conjuntamente con V.G..

En concreto, en tales circunstancias la agente Y.F.R. del Centro de Monitoreo nro. 6 de esta Ciudad observó mediante una de las cámaras a L. aproximarse al mentado vehículo y romper el vidrio trasero izquierdo, activando la alarma sonora que generó que se retire del lugar junto con una persona de sexo femenino.

Tras dar aviso por frecuencia interna, se constituyó allí el sargento primero G.L. quien detuvo a ambas personas, formalmente identificados como P.L. y V.G..

Hecho VI: Por último, se le imputa haber intentado apoderarse ilegítimamente y mediante fuerza en las cosas de diversos elementos de valor que se encontraban en el interior del rodado marca Chery Tiggo dominio HUA-268, propiedad de R.E.O. estacionado sobre la Avenida E.P. frente a la altura catastral 3072 de esta Ciudad, el día 15 de diciembre de 2015 a las 2.10hs

.

En esta oportunidad, L. rompió el vidrio de la ventanilla delantera derecha y se introdujo en el rodado, siendo advertida su presencia Fecha de firma: 27/09/2016 Firmado por: L.M.R., JUEZ DE CAMARA Firmado por: M.M.R., JUEZ DE CAMARA Firmado por: G.E.F., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: M.J.M., SECRETARIO DE CAMARA #28005743#162952586#20160928144213486 por el agente J.L.T. de la Seccional 38ª de la P.F.A., que había sido desplazado al lugar por el Departamento Federal de Emergencias y por lo tanto le dio la voz de alto al sujeto que intentaba ocultarse y procedió a su detención, sin...

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