Sentencia de Cámara Federal de Casación Penal - CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL - SALA 1, 5 de Abril de 2022, expediente FSM 000090/2017/TO01/CFC009
Fecha de Resolución | 5 de Abril de 2022 |
Emisor | CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL - SALA 1 |
CFCP - Sala I
FSM 90/2017/TO1/CFC9
CHRUSCIEL, H.L. y otros s/recurso de casación
Cámara Federal de Casación Penal Registro Nro. 322/22
Buenos Aires, 5 de abril de 2022.
AUTOS Y VISTOS:
Integrada la Sala I de la Cámara Federal de Casación Penal por los señores jueces doctores Diego G.
Barroetavena -Presidente-, D.A.P. y doctora A.M.F.-.-, reunidos de manera remota y virtual de conformidad con lo establecido en las Acordadas 24/21 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación -CSJN- y 5/21 de esta Cámara Federal de Casación Penal -CFCP-, para resolver acerca del recurso de casación interpuesto por la Defensa Pública Oficial, asistiendo a R.M.A.S. en las presentes actuaciones FSM
90/2017/TO1/CFC9, del registro de esta Sala I, caratulada:
CHRUSCIEL, H.L. y otros s/recurso de casación
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Y CONSIDERANDO:
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Que el Tribunal Oral en lo Criminal Federal n°
4 de San Martín, provincia de Buenos Aires, en la sentencia de fecha 17 de diciembre de 2019 -fundamentos del 27 de diciembre del 2019-, en lo aquí pertinente, resolvió: “VI.
CONDENAR A R.M.A.S. a la pena de TRECE AÑOS y OCHO MESES DE PRISIÓN, ACCESORIAS LEGALES Y
COSTAS, por resultar coautor penalmente responsable de los delitos de secuestro extorsivo agravado por haber sido cometido por tres o más personas en concurso ideal con robo agravado por el empleo de arma cuya aptitud para el disparo no pudo de ningún modo tenerse por acreditada (víctima F.) y secuestro extorsivo agravado por haber Fecha de firma: 05/04/2022 1
Firmado por: A.M.F., JUEZ DE CAMARA DE CASACION
Firmado por: W.D.M., SECRETARIO DE CAMARA
Firmado por: D.G.B., JUEZ DE CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL
sido cometido por tres o más personas y por haberse logrado el propósito del cobro de rescate (víctima De Miguel), hechos que concursan realmente entre sí
(artículos 12, 29, 45, 54, 55, 166 inciso 2º tercer párrafo y 170, primer párrafo in fine, e inciso sexto del Código Penal)” (el resaltado pertenece al original).
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Que, contra dicha resolución, la defensa pública oficial del nombrado interpuso recurso de casación,
el que fue concedido por el tribunal a quo.
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Que de las constancias traídas a conocimiento de esta instancia por intermedio del Sistema de Gestión Judicial LEX100, surge del legajo FSM
90/2017/TO1/94 que el 7 de septiembre de 2020 el Tribunal Oral Federal n° 4 resolvió: “(D)ECLARAR EXTINGUIDA por muerte la acción penal en el presente proceso seguido a R.M.A.S., de las demás...
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