Sentencia de Cámara Federal de Casación Penal - CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL - SALA 2, 12 de Febrero de 2021, expediente FSA 024000411/2009/TO01/CFC002
Fecha de Resolución | 12 de Febrero de 2021 |
Emisor | CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL - SALA 2 |
Sala II
Causa FSA 24000411/2009/TO1/CFC2,
LONA, R. y otros s/ recurso de casación
Cámara Federal de Casación Penal Registro N°: 70 /21
Buenos Aires, 12 de febrero de 2021.
AUTOS y VISTOS:
Para resolver el planteo de recusación de los doctores G.J.Y. y A.W.S.,
formulado por la defensa particular de R.L., doctor F.J.R.S., en esta causa FSA
24000411/2009/TO1/CFC2, caratulada: “L., R. y otros s/
recurso de casación”, se reúnen de manera remota y virtual el señor juez C.A.M. y los señores jueces designados al efecto, doctores D.A.P. y J.C.,
asistidos por la Secretaria de Cámara, M.X.P..
Y CONSIDERANDO:
El señor juez doctor C.A.M. dijo:
-
Que la asistencia técnica del imputado R.L. solicitó, en oportunidad de mantener el recurso, la recusación de los jueces G.J.Y. y Alejandro W.
S.. A su vez, sin perjuicio de señalar que por el momento resultaba abstracto, entendió que eventualmente correspondería el apartamiento de la jueza L..
En su escrito, señaló que “[l]os jueces cuyo apartamiento pid[e] ya han tenido intervención en esta causa como consecuencia de los recursos deducidos durante la etapa de instrucción y también en la de juicio”.
Así, indicó que “el 11 de agosto de 2011, el Dr.
Yacobucci junto con otros magistrados que integraron el tribunal en ese entonces, intervino durante el cuestionamiento del procedimiento de consulta previsto por el art. 348 del CPPN. Sobre la base de un recurso extraordinario de la defensa, la Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN)
Fecha de firma: 12/02/2021
Firmado por: M.X.P., SECRETARIA DE CÁMARA
Firmado por: C.A.M., JUEZ DE CAMARA
Firmado por: C.J.C., JUEZ DE CAMARA DE CASACION 1
Firmado por: D.A.P., JUEZ DE CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL
ordenó emitir un nuevo pronunciamiento dada la irregularidad de la promoción de un procedimiento de consulta ante el fiscal superior del fiscal que había promovido la desestimación de la denuncia”.
El recusante arguyó que, en ese entonces, “el voto mayoritario de la nueva integración, nuevamente extralimitó su jurisdicción postulando en sus considerandos una cuestión que no se encontraba sometida a su jurisdicción y análisis”.
De otra parte, señaló diversos pronunciamientos en los que habían sido desestimados e intervino el juez S..
Resaltó: “El temor de parcialidad no requiere una evaluación de los motivos que impulsaron al juez a dictar dichos actos procesales, ni sus fundamentos en el caso individual. Basta con que se hayan...
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