Sentencia de Cámara Federal de Casación Penal - CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL - SALA 2, 7 de Octubre de 2020, expediente FMP 024837/2015/TO01

Fecha de Resolución 7 de Octubre de 2020
EmisorCAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL - SALA 2

Cámara Federal de Casación Penal Sala II

Causa Nº FMP 24837/2015/TO1

“L., O. s/ recurso extraordinario Registro nro.: 1594/20

Buenos Aires, 7 de octubre de 2020.-

AUTOS Y VISTOS:

Integrada la Sala II de la Cámara Federal de Casación Penal por los señores jueces doctores G.J.Y.,

A.W.S. y C.A.M., bajo la presidencia del primero de los nombrados, reunidos de manera remota y virtual de conformidad con lo establecido en las Acordadas 27/20 y ccds. de la Corte Suprema de Justicia de la Nación y 15/20 y ccds. de este cuerpo, para resolver acerca de la presentación efectuada por el Defensor Público Oficial, doctor G.T., en relación a su asistido O.L., en el marco de la presente causa Nº FMP

24837/2015/TO1 del registro de esta Sala, caratulada:

L., O. s/recurso extraordinario

.

Y CONSIDERANDO:

  1. ) Que la defensa pública dedujo recurso extraordinario federal contra la decisión de esta Sala de fecha 21 de febrero de 2020, que rechazó -en lo que aquí

    importa- el recurso de casación de la defensa de L. contra la sentencia de fecha 3 de mayo de 2018, dictada por el Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Mar 8 del Plata, en cuanto resolvió condenar a O.L. a la pena única de 9 años y 6 meses de prisión por tomar parte en una 10

    agrupación destinada a imponer sus ideas y combatir las ajenas por la fuerza o el temor, en concurso ideal con el delito de pertenecer a una organización y realizar propaganda basado en ideas o teorías de superioridad de una raza, religión o grupo Fecha de firma: 07/10/2020

    Firmado por: A.W.S., JUEZ DE CAMARA DE CASACION

    Firmado por: C.A.M., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: M.A.T.S., SECRETARIA DE CAMARA 1

    Firmado por: G.J.Y., JUEZ DE CAMARA DE CASACION

    étnico, en concurso real con los delitos de lesiones graves y lesiones leves que damnificaran respectivamente a L.B. y T. de las Almas Mora Paz, ambos agravados por haber sido cometidos con el concurso premeditado de dos o más personas,

    lesiones leves de las que resultara víctima S.R.R., daños ocasionados en la sede de la ONG "Estrategia Social del Sur" y amenazas proferidas en...

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