Sentencia de Cámara Federal de Casación Penal - CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL - SALA 2, 24 de Septiembre de 2020, expediente FSM 030144/2016/TO01
Fecha de Resolución | 24 de Septiembre de 2020 |
Emisor | CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL - SALA 2 |
Cámara Federal de Casación Penal S. II
Causa Nº FSM 30144/2016/TO1
G.R.D. s/ recurso de casación
Registro nro.: 1456/20
Buenos Aires, 24 de septiembre de 2020.
AUTOS Y VISTOS:
Integrada la S. II de la Cámara Federal de Casación Penal por los señores jueces doctores G.J.Y.,
A.W.S. y C.A.M., bajo la presidencia del primero de los nombrados, reunidos de manera remota y virtual de conformidad con lo establecido en las Acordadas 27/20 y ccds. de la Corte Suprema de Justicia de la Nación y 15/20 y ccds. de este cuerpo, para resolver acerca de la admisibilidad del recurso extraordinario interpuesto por la Defensa Pública Oficial de R.D.G. en la presente causa Nº FSM 30144/2016/TO1 del registro de esta S.,
caratulada: “G., R.D. s/ recurso extraordinario”.
Y CONSIDERANDO:
En fecha 10 de septiembre de 2019, esta S., con integración parcialmente distinta, resolvió rechazar el recurso de casación interpuesto por la defensa de R.D.G. contra la resolución del Tribunal Oral en lo Criminal Federal N˚ 4 de San Martín por la que no hizo lugar a la nulidad articulada y lo condenó a la pena de doce (12) años de prisión, accesorias legales y costas, como coautor del delito de secuestro extorsivo agravado por haberse logrado el propósito del cobro del rescate y por haberse perpetrado contra una menor de 18 años, en concurso ideal con robo agravado por el uso de arma de fuego (arts. 45, 54, 166 inc.
2, y 170 primer párrafo, in fine, e inciso 1 del C.P)”, sin costas -cfr. causa FSM 030144/2016/TO01/CFC002, G.R.D. s/ recurso de casación, reg. n° 1754/19-.
Fecha de firma: 24/09/2020
Firmado por: A.W.S., JUEZ DE CAMARA DE CASACION
Firmado por: M.A.T.S., SECRETARIA DE CAMARA
Firmado por: C.A.M., JUEZ DE CAMARA DE CASACION 1
Firmado por: G.J.Y., JUEZ DE CAMARA DE CASACION
Contra esa decisión, la defensa pública oficial interpuso recurso extraordinario federal.
Que toda vez que el impugnante no ha cumplido con los recaudos para la interposición del recurso extraordinario establecidos en los arts. 14 y 15 de la ley 48, y en el...
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