Sentencia de Cámara Federal de Casación Penal - CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL - SALA 4, 5 de Febrero de 2020, expediente CFP 014824/2010/TO01/CFC004

Fecha de Resolución 5 de Febrero de 2020
EmisorCAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL - SALA 4

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL - SALA 4

CFP 14824/2010/TO1/CFC4

REGISTRO NRO. 2/20.4

Buenos Aires, 5 de febrero de 2020.

AUTOS Y VISTOS:

Para resolver en la presente causa CFP

14824/2010/TO1/CFC4 del registro de esta Sala IV,

acerca del conflicto negativo de competencia suscitado entre los Tribunales Orales en lo Criminal Federal nº 2 y 8 de la Ciudad de Buenos Aires.

Por verificarse en autos un supuesto de intervención de juez unipersonal en los términos establecidos por el art. 30 bis, 2º párrafo, inc. 1

del C.P.P.N. (cfr. ley 27.384) y de conformidad con lo dispuesto en el art. 54, inciso b, del C.P.P.F.

(implementado en este aspecto por el art. 1º de la resolución 2/19 de la Comisión de Monitoreo e Implementación de ese código -B.O: 13/11/19-)

resultó desinsaculado para resolver el suscripto (cfr. fs. 1486).

Y CONSIDERANDO:

  1. Que el Tribunal Oral en lo Criminal Federal nº 2 de la Ciudad de Buenos Aires declaró la conexidad subjetiva entre estas actuaciones y la causa 10408/10 que tramita ante el Tribunal Oral en lo Criminal Federal nº 8 y las remitió a esa judicatura en los términos de lo dispuesto en los artículos 41, inciso 3º, y 42, inciso 1º, del C.P.P.N. (cfr. fs. 1437/1440 vta.).

    Fecha de firma: 05/02/2020

    Firmado por: M.H.B., JUEZ DE CAMARA DE CASACION

    Firmado(ante mi) por: M.F.O., PROSECRETARIO DE CAMARA

    Señaló que “[…] resulta operativo el supuesto de conexidad subjetiva previsto por el artículo 41, inciso 3ero, del ritual, pues M.G.M. afronta acusaciones por delitos de acción pública en una misma jurisdicción cuya unificación del órgano exige el ordenamiento adjetivo.-

    Por eso es que deberá estarse a las reglas que prevé el artículo subsiguiente a los fines de establecer el tribunal que continuará con ambos procesos, correspondiéndole a aquél que investigue el delito “más grave” (inciso 1ero, del artículo 42

    del código de procedimiento).-

    Al realizar dicha verificación comparativa se advierte con facilidad que uno de los delitos que se atribuyen a M. por ante el Tribunal Oral en lo Criminal Federal nro. 8 prevé una escala penal que supera ampliamente a la que le corresponde por los delitos que aquí se le achacan.-

    Evaluó que […] existen razones estrictamente de corte economista que imponen su acumulación. Así, podríamos señalar que las personas que intervinieron en dichas asambleas son las mismas (y por ende aquellas que se estima serán convocadas a prestar declaración tesimonial), que ambas pesquisas se encuentran en idéntico estadio procesal, y que el ámbito -dicho está- en que ocurrieron los hechos resultó el mismo, bajo el control de un único interventor judicial y lógicamente, de...

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