Sentencia de TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE FORMOSA - SECRETARIA, 26 de Diciembre de 2019, expediente FRE 009979/2019/TO01

Fecha de Resolución26 de Diciembre de 2019
EmisorTRIBUNAL ORAL FEDERAL DE FORMOSA - SECRETARIA

Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE FORMOSA FRE 9979/2019/TO1 Sentencia Nº 485 Se resuelve:

I.-Declarar admisible el Acuerdo de Juicio Abreviado.

II.-Condenar a M.A.B., cuyos demás datos personales obran en la presente causa, a la pena de tres (03) años de prisión de ejecución en suspenso, más accesorias legales, como autor materialmente responsable del delito de transponte de estupefacientes con fines de comercialización, en grado de tentativa, conforme art. 5 inc. c)

de la ley 23737, 42, 44 y 45 del C.P, con costas (art. 29 inciso 3° del Código Penal; arts. 403, 531 y 532 del Cód. Procesal Penal de la Nación); imponiéndole por igual término de la condena, las siguientes reglas de conducta: 1) Fijar residencia real, cierta y comprobable; 2) Comparecer ante este Tribunal cada sesenta días, a fin de ratificar y/o rectificar su domicilio; 3) Abstenerse de usar estupefaciente o abusar de bebidas alcohólicas; y 4) No delinquir (art. 27 bis, incisos 1º y 3º del Código Penal).

III.-Condenar a A.D.V., cuyos demás datos personales obran en la presente causa, a la pena de tres (03) años de prisión de ejecución en suspenso, más accesorias legales, como autor materialmente responsable del delito de transponte de estupefacientes con fines de comercialización, en grado de tentativa, conforme art. 5 inc. c)

de la ley 23737, 42, 44 y 45 del C.P, con costas (art. 29 inciso 3° del Código Penal; arts. 403, 531 y 532 del Cód. Procesal Penal de la Nación); imponiéndole por igual término de la condena, las siguientes reglas de conducta: 1) Fijar residencia real, cierta y comprobable; 2) Comparecer ante este Tribunal cada sesenta días, a fin de ratificar y/o rectificar su domicilio; 3) Abstenerse de usar estupefaciente o abusar de bebidas alcohólicas; y 4) No delinquir (art. 27 bis, incisos 1º y 3º del Código Penal).

Fecha de firma: 26/12/2019 Firmado por: M.D.D., JUEZA DE CÁMARA Firmado(ante mi) por: LEILA IZA, Secretaria #34300306#253539090#20191226213430516

IV.-Ordenar la inmediata libertad de A.D.V., en lo que la presente causa se refiere.

V- Diferir la regulación de los honorarios profesionales de los defensores para su oportunidad.

V.-Imponer a A.D.V. y M.D.B., el pago de pesos treinta mil en concepto de reparación del daño, en forma conjunta, el que será materializado en tres cuotas de pesos diez mil, a partir del 20 de febrero de 2020, destinados al Hospital de la Madre y el Niño de esta ciudad de Formosa.

VI- Disponer el decomiso y destrucción del remanente de la sustancia incautada, encomendando su ejecución al Escuadrón 15 “Bajo Paraguay” de Gendarmería Nacional, con arreglo al procedimiento previsto por el art. 30 de la ley 23.737.

VII.-Disponer el decomiso de los elementos que le fueran secuestrados al imputado en oportunidad del procedimiento que dio origen a esta causa, de conformidad a lo dispuesto por los arts. 23 del Código Penal (mod. Ley 25.815), y art. 30 último párrafo de la ley 23.737, todo en función de los arts. 522 a 525 de C.P.P.N., y poner a disposición de la Secretaría de Políticas Integrales de la Nación Argentina “SEDRONAR” –Dirección Nacional de Articulación Institucional-, comunicándoseles dicha medida.

VIII. -Comunicar la presente sentencia al Registro Nacional de Bienes Secuestrados y Decomisados Durante el Proceso Penal, al Registro Nacional de Reincidencia (ley 22.117).

IX. -Diferir la lectura de los fundamentos del presente fallo para el 20 de diciembre del corriente año a las 12:00 hs..

Dar cumplimiento a la Acordada 15/13 y 42/2015, ambas de la Corte Suprema de Justicia de la Nación sobre publicación de las resoluciones judiciales.

Fecha de firma: 26/12/2019 Firmado por: M.D.D., JUEZA DE CÁMARA Firmado(ante mi) por: LEILA IZA, Secretaria #34300306#253539090#20191226213430516 Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE FORMOSA FRE 9979/2019/TO1 Regístrese, notifíquese, y consentido o ejecutoriado que fuere este pronunciamiento, remitir testimonio de la presente sentencia al Sr. Juez de Ejecución Penal a los fines de su competencia.

M.D.D. JUEZA DE CÁMARA LEILA IZA Secretaria Fecha de firma: 26/12/2019 Firmado por: M.D.D., JUEZA DE CÁMARA Firmado(ante mi) por: LEILA IZA, Secretaria #34300306#253539090#20191226213430516 Sentencia n°_ 485 /19.- En la ciudad de Formosa, capital de la provincia del mismo nombre, a los _veinte (20) días del mes de diciembre de dos mil diecinueve (2019), se constituye Fecha de firma: 26/12/2019 Firmado por: M.D.D., JUEZA DE CÁMARA Firmado(ante mi) por: LEILA IZA, Secretaria #34300306#253539090#20191226213430516 Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE FORMOSA FRE 9979/2019/TO1 el Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Formosa, en modo unipersonal por la jueza de Cámara Dra. M.D.D. -subrogante-, Secretaría a cargo de la Dra. leila T.I., para suscribir la sentencia en esta causa registro FRE 9979/2019/TO1 caratulada: “B. Mauricio Ariel -

V. Alejandro Daniel s/ infracción ley 23737 (art. 5 inc.

c)”, seguida contra los procesados M.A.B., D.N.

I. Nº 25.840.952, de nacionalidad argentina, nacido el 25 de agosto de 1977 en Rosario Santa Fe, con domicilio en Camino Viejo Solini 3747 Rosario Santa Fe; y Alejandro Daniel V. D.N.

I. Nº 40.036.608, de nacionalidad argentina, nacido el 4 de enero de 1992, con domicilio en Copacabana 2838 Rosario Santa Fe, por el delito de transporte de estupefacientes con fines de comercialización, previsto y reprimido por el art. 5 inc. c) de la ley 23.737 .

Se pusieron a consideración y tratamiento las siguientes cuestiones:

  1. )-¿Está probada la materialidad del hecho ilícito y la responsabilidad por parte del imputado?

  2. )-¿Qué calificación legal corresponde asignar al hecho?

  3. ) ¿Qué sanción corresponde imponerle?

  4. ) ¿Qué corresponde resolver sobre las demás cuestiones incidentales?

Primera cuestión:

Fecha de firma: 26/12/2019 Firmado por: M.D.D., JUEZA DE CÁMARA Firmado(ante mi) por: LEILA IZA, Secretaria...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR