Sentencia de TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 30 DE LA CAPITAL FEDERAL, 20 de Diciembre de 2019, expediente CCC 010254/2019/TO01

Fecha de Resolución20 de Diciembre de 2019
EmisorTRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 30 DE LA CAPITAL FEDERAL

Poder Judicial de la Nación Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional N° 30 de la Capital Federal CCC 10254/2019/TO1 Buenos Aires, 20 de diciembre de 2019. REGISTRO N° 223/19 Y VISTA:

La causa nº 6112 del registro de éste Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional Nº 30, seguida a D.R.M. –argentina, titular del D.N.

  1. n° 31.306.874, nacida el 19 de enero de 1985 en esta ciudad, hija de E.M. y de R.M., soltera, vendedora de ropa, instruida, con prontuario policial CI 17107602, y legajo O3789642 del Registro Nacional de Reincidencia, con último domicilio en la calle Brandsen 660, primer piso, departamento “D” de esta Ciudad, en orden al delito de encubrimiento agravado por el ánimo de lucro (art. 277, inciso 1°, apartado “c”, e inciso 3, apartado “b”

del Código Penal).

De ella, RESULTA:

En la presentación que luce a fs. 156/158, el Sr. A.F. Dr.

Daniel Elia de la F.ía General N° 26 ante los Tribunales Orales en lo Criminal y Correccional, junto con la imputada D.R.M. y su defensor público oficial Dr. L.V., de la Defensoría Pública Oficial n° 17, solicitaron la tramitación de estos autos bajo las reglas del juicio abreviado, de conformidad con lo normado en el art. 431 bis del Código Procesal Penal de la Nación.

El Suscripto tomó conocimiento de visu de la imputada, quien también fue oída en todo cuanto quiso expresar, en la oportunidad de la que da cuenta el acta de fs. 159vta., por lo que, no existiendo circunstancia alguna de aquellas que, conforme el texto legal, autorizan el rechazo de la solicitud del juicio abreviado, corresponde el dictado de la sentencia, para la cual se llamó

autos a fs. 160.

Y CONSIDERANDO:

PRIMERO

Descripción del hecho, carga probatoria y su Fecha de firma: 20/12/2019 Alta en sistema: 26/12/2019 Firmado por: G.E.F., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: M.J.M., SECRETARIO DE CAMARA #34303436#253219457#20191220131401416 valoración:

1) El hecho.

El Suscripto tiene por acreditado el hecho que en el requerimiento de elevación a juicio obrante a fs. 141/143 el Sr. F. en lo Criminal y Correccional de Instrucción describiera, en el cual se le imputó a D.R.M.:

el haber recibido a sabiendas de su origen ilícito y con ánimo de lucro la motocicleta marca ‘Z.’, modelo ‘S.1.C.’ dominio colocado AO47OTH de color titanium, motor N° LC 1 5 7QMJH6644 1 32, cuadro N° 8A6LTJ4OZJC440015, propiedad de K.M..

De esta manera, el día 19 de diciembre de 2018, aproximadamente a las 16:15 horas, mientras el Oficial G.G.Q. de la Comisaría Vecinal 7 ‘C’ de la Policía de la Ciudad, se encontraba cumpliendo funciones en la intersección de las calles C. y A. de esta ciudad, cuando pudo observar el paso de una motocicleta por la calle A. sin dominio colocado y la conductora sin el casco reglamentario, por lo que decidió darle la voz de alto logrando detener su marcha tras varios intentos y a aproximadamente 1 50 metros de la arteria mencionada.

En dichas circunstancias, procedió a identificar a D.R.M., quien al serle requerida la documentación de la\ motocicleta en la que se trasladaba indico que no la poseía.

En razón de ello, el preventor solicitó informes mediante frecuencia policial obteniendo a través de los datos de su cuadro que la motocicleta registraba pedido de secuestro activo por parte de la Comisaría Vecinal 4 de la Policía de la Ciudad, de fecha 6 de julio de 20 1 8 por el delito de hurto, a raíz de la denuncia realizada por K.M. quien sostuvo que el día 5 de julio de 2018, aproximadamente a las 20:00 horas dejó

correctamente estacionada con alarma colocada, sin traba volante y sin linga, su motocicleta sobre la vereda de su domicilio sito en la calle R. altura catastral 1 624 de esta ciudad y que al volver en su búsqueda al día siguiente aproximadamente a las 1 3 :45 horas, notó que Fecha de firma: 20/12/2019 Alta en sistema: 26/12/2019 Firmado por: G.E.F., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: M.J.M., SECRETARIO DE CAMARA #34303436#253219457#20191220131401416 Poder Judicial de la Nación Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional N° 30 de la Capital Federal CCC 10254/2019/TO1 autores desconocidos la habían sustraído.

Finalmente, se procedió a formalizar la detención de...

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