Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Bahía Blanca - TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE BAHÍA BLANCA - SECRETARIA, 27 de Diciembre de 2019, expediente FBB 012000057/2012/TO01

Fecha de Resolución27 de Diciembre de 2019
EmisorTRIBUNAL ORAL FEDERAL DE BAHÍA BLANCA - SECRETARIA

Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL FEDERAL FBB 12000057/2012/TO1 AMAYA, C.C.s.D.P. ta Rosa, 27 de diciembre de 2019.-

AUTOS y VISTOS:

Para resolver en la presente causa FBB Nº

12000057/2012/TO1, caratulada: “AMAYA, C.C.S./

FALSIFICACIÓN DOCUMENTOS PÚBLICOS” del registro de este Tribunal Oral en lo Criminal Federal, la situación procesal de C.C.A., argentino, sin apodos, nacido el 19 de mayo de 1973 en Lomas de Zamora, provincia de Buenos Aires, hijo de C.H. y de A.C.T., con D.N.

  1. Nº23.155.623, de profesión militar, divorciado, con último domicilio en calle Antártida Argentina Nº35 de la localidad de Pigüé, provincia de Buenos Aires.

Y CONSIDERANDO:

1ro.) Que, con fecha 6 de Diciembre de 2018 se resolvió

hacer lugar a la solicitud efectuada por el señor Defensor Oficial, Dr. José

Ignacio Pazos Crocitto en favor de su asistido C.C.A., suspendiéndose el juicio a prueba por el término de un año, con las condiciones de fijar residencia, someterse al control de la Dirección de Control de Asistencia de Ejecución Penal con la frecuencia que indique la institución y realizar noventa y ocho horas de tareas no remuneradas en favor de Caritas Parroquial de la localidad de Pigüé o bien la institución que dicho organismo designe, fuera de sus horarios habituales de trabajo (fs.370/371).

2do.) Que del informe A. obrante a fs. 400 surge que A. fijó domicilio en calle Antártida Argentina Nº35 de la localidad de Pigüé, provincia de Buenos Aires, que cumplió con las tareas no remuneradas impuestas por un total de 98 horas y con las presentaciones correspondientes en la Subdelegación Saavedra del Patronato de Liberados habiéndolas iniciado el 20 de noviembre de 2018 y finalizando las mismas el 19 de noviembre de 2019 (conf. fs. 395/398).

3ro.) Que al contestar la vista que le fuera conferida, el F. General, Dr. G.G.D.S., manifestó tener por satisfechas las reglas de conducta que le fueran impuestas.

Fecha de firma: 27/12/2019 Firmado por: M.J.A., Juez de Cámara Firmado(ante mi) por: R.J.S.G., S. #31768558#253526533#20191227143746338 Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL FEDERAL FBB 12000057/2012/TO1 AMAYA, C.C.s.D.P. Refirió que el supervisado fijó domicilio, cumplió con la totalidad de tareas ordenadas y con las presentaciones correspondientes.

Agregó que de acuerdo a lo informado por el Registro Nacional de Reincidencia y Estadística Criminal se verificó que A. no ha cometido nuevos delitos durante el plazo de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR