Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Bahía Blanca - TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE BAHÍA BLANCA, 23 de Diciembre de 2019, expediente FBB 009294/2018/TO01

Fecha de Resolución23 de Diciembre de 2019
EmisorTRIBUNAL ORAL FEDERAL DE BAHÍA BLANCA

Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL FEDERAL FBB 9294/2018/TO1 FERREYRA, M.L. Y OTROS s/INFRACCION ART. 145 BIS - CONFORME LEY 26.842 y INFRACCION ART.

145 TER 1° PARRAFO (SUSTITUIDO CONF. ART 26 LEY 26.842) VICTIMA: IDENTIDAD RESERVADA ta Rosa, de diciembre de 2019.-

AUTOS Y VISTOS:

Para resolver en la presente causa Nº FBB 9294/2018/TO1, caratulada: “FERREYRA, M.L. Y OTROS SOBRE INFRACCIÓN ART. 145 BIS CONFORME LEY 26.842; INFRACCIÓN ART.

145 TER 1º PÁRRAFO (SUSTITUIDO CONFORME ART. 26 LEY 26.842); VÍCTIMA: IDENTIDAD RESERVADA”, del registro de este Tribunal Oral en lo Criminal Federal; Y CONSIDERANDO:

1ro.) Que en la audiencia de debate celebrada el día 20 del corriente mes y año, el señor Defensor Particular, Dr. S.B.M. solicitó la excarcelación en favor de sus asistidos M.L.F. y M.J.L..

Fundamentó su petición en que los nombrados llevan detenidos un año y seis meses de prisión tras el dictado de un procesamiento por hechos que el señor F. General Adjunto no ha formulado acusación en la presente. Teniendo en cuenta la resolución Nº 2/2019 de la Comisión Bicameral de Monitoreo e Implementación del Código Procesal Penal Federal, sumado a las particularidades de la presente y ─más allá de la sentencia que se dicte─, sostuvo que no existen peligros procesales de entorpecimiento y de fuga por haber culminado el debate, máxime que la pena en expectativa es más concreta.

Subsidiariamente, solicito la prisión domiciliaria, la que cumplirían en el domicilio de calle Paraguay Nº43 de la localidad de C.S., lugar donde se llevó a cabo el allanamiento.

2do.) Corrida el traslado al Ministerio Público F., dictaminó que no corresponde hacer lugar al pedido del Dr. M., ello debido a que se incrementó el peligro de fuga respecto de los imputados M.J.L. y M.L.F. por haber formulado una acusación con pedido de pena elevado de 14 y 13 años y 6 meses Fecha de firma: 23/12/2019 Firmado por: M.J.A., Juez de Cámara Firmado por: P.R.D.L., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: I.R.B., secretario de camara #32984993#253385859#20191223134556237 Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL FEDERAL FBB 9294/2018/TO1 FERREYRA, M.L. Y OTROS s/INFRACCION ART. 145 BIS - CONFORME LEY 26.842 y INFRACCION ART.

145 TER 1° PARRAFO (SUSTITUIDO CONF. ART 26 LEY 26.842) VICTIMA: IDENTIDAD RESERVADA respectivamente y que, si bien se ha modificado el Código Penal, éste no ha hecho más que implementar aquellos supuestos que ya venían puestos en...

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