Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Bahía Blanca - TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE SANTA ROSA - DERECHOS HUMANOS, 4 de Noviembre de 2019, expediente FBB 031000615/2010/TO01

Fecha de Resolución 4 de Noviembre de 2019
EmisorTRIBUNAL ORAL FEDERAL DE SANTA ROSA - DERECHOS HUMANOS

Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE SANTA ROSA ta Rosa, 4 de noviembre de 2019.-

VISTOS:

Los presentes autos identificados bajo el número de causa FBB31000615/2010/TO1, caratulados:

L.E.B., N.B.C., J.D.G., N.O.G., M.Á.O., L.H.L., J.O.Q., O.O.P., O.A.M., A.O.Y., H.R.M., M.A.P.O., C.R.R. y Athos RETA s/Asociación Ilícita, I.. art. 144 bis en circ. art. 142 inc. 1, 2, 3 y 5, en concurso real con imposición de tortura (Art.

144 ter, inc. 1) del registro de este Tribunal Oral, y CONSIDERANDO:

A fojas 10.901/87, 10.988/98, 10.999/11.050, 11.051/75, 11.075/142 y 11.143/438 obran los recursos de casación interpuestos por los abogados H.V. en representación de los condenados H.R.M. y N.O.F. de firma: 04/11/2019 Firmado por: P.R.D.L., JUEZ DE CAMARA Firmado por: M.J.A., JUEZ DE CAMARA Firmado por: JOSE MARIO TRIPPUTI, PRESIDENTE Firmado(ante mi) por: A.T., SECRETARIO #27419262#248739930#20191104104526961 Greppi; F.C. patrocinante de S.A.B. en su carácter de Rector de la Universidad Nacional de La Pampa, apoderado de R.M.G., G.Q., G.B. y, juntamente con el abogado M.Á.V. apoderados del Partido Comunista -filial La Pampa-, del Movimiento Popular Pampeano de Derechos Humanos y de J.C.P.; J.C.R., en calidad de letrado patrocinante de R.A.B.; M.R.P.F. quien conjuntamente con G.I. ejercen la representación legal del condenado M.P.O.; el F. General subrogante L.G.G.B. y el F.A.F.M.I.; P.M. y O.C. en ejercicio de la defensa técnica de L.E.B. y los representantes de la Defensa Pública Oficial, L.B.A. y L.R. asistiendo a N.B.C., O.A.Y., A.R., M.Á.O., C.R.R., O.O.P., J.O.Q., O.A.M. y J.D.F. de firma: 04/11/2019 Firmado por: P.R.D.L., JUEZ DE CAMARA Firmado por: M.J.A., JUEZ DE CAMARA Firmado por: JOSE MARIO TRIPPUTI, PRESIDENTE Firmado(ante mi) por: A.T., SECRETARIO #27419262#248739930#20191104104526961 Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE SANTA ROSA Gatica, respectivamente, contra la sentencia N°

21/2019 que obra glosada a fojas 10.042/841.

En el caso de autos el remedio impugnativo intentado cumple con los requisitos de admisibilidad. En efecto, la resolución objeto de los recursos citados se trata de una sentencia definitiva, los mismos fueron deducidos en término, con indicación concreta de los supuestos de impugnación y expresión de los fundamentos tendientes a demostrar los defectos achacados al pronunciamiento recurrido. (arts. 456 y siguientes del CPPN).

Que la Corte Suprema de Justicia de la Nación ha sostenido en el...

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