Sentencia de TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 5 DE LA CAPITAL FEDERAL, 4 de Diciembre de 2019, expediente CCC 044378/2012/TO01

Fecha de Resolución 4 de Diciembre de 2019
EmisorTRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 5 DE LA CAPITAL FEDERAL

Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 5 DE LA CAPITAL FEDERAL CCC 44378/2012/TO1 DAMENTOS DADOS EL 4 DE DICIEMBRE DE 2019, DEL VEREDICTO DICTADO EL 27 DE NOVIEMBRE DE 2019 POR EL TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 5 EN LA PRESENTE CAUSA Nº

44.378/2012 -N° INTERNO 5983- SEGUIDA A C.O.C. POR EL DELITO DE LESIONES GRAVES EN CONCURSO REAL CON ROBO AGRAVADO POR SU COMISIÓN CON ARMA DE UTILERÍA EN GRADO DE TENTATIVA.

  1. Y VISTOS:

Se reúnen los integrantes del Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional nº 5, D.F.R.L., A.P.L. y E.J.G. quien presidió el debate, juntamente con la Sra.

Secretaria del Tribunal, Dra. M.G., para dictar sentencia en la causa n° 44.378/2012 -n° interno 5983- seguida a C.O.C. -argentino, nacido el 8 de noviembre de 1976 en Capital Federal, en unión convivencial, hijo de A.C. y D.B.P., titular del D.N.

  1. n° 25.695.803 e identificado con legajo R.H.

243.417 de la PFA, con domicilio en P.M.G. nº de 5761, V.L., actualmente detenido en el Complejo Penitenciario Federal II-.

Intervienen en la causa el Sr. F. General, Dr. J.M.F.B. y en la asistencia técnica del imputado C., la Dra.

L.A., titular de la Defensoría Oficial n° 1 ante los Tribunales Orales.

II) RESULTANDO:

PRIMERO

El hecho objeto de juzgamiento:

Fecha de firma: 04/12/2019 Firmado por: A.P. LANCE, JUEZ DE CAMARA Firmado por: F.R.L., JUEZ DE CAMARA Firmado por: E.J.G., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: M.G., SECRETARIA #32617443#251264552#20191204100402769 De acuerdo con los términos del requerimiento de elevación a juicio formulado por el Sr. F. de instrucción en su intervención de fojas 568/574 -conforme el artículo 347 del Código Procesal Penal de la Nación-, que presentara este proceso ante el Tribunal, en oportunidad de pormenorizar el hecho que postulara como plataforma fáctica para el debate traído a conocimiento de este Tribunal, refirió:

1) El día 12 de noviembre de 2012, alrededor de las 19.00 hs., J.A.A.Á. caminaba junto a su pareja -M.R.A.- y el hijo de ésta -A.A.- por la calle E. de esta Ciudad y al llegar a la intersección con M.L., se encontraron con C.O.C. y su pareja, Y.T., oportunidad en la que el imputado le refirió a A.Á. ‘vos le faltaste el respeto a mi señora escondiéndole el celular’, luego de lo cual le propinó dos golpes de puño en el ojo derecho, empleando para ello una manopla de acero, provocando que la víctima cayera al piso y permaneciera inconsciente.

Seguidamente, C. se retiró del lugar lugar, en tanto que A. logró que su pareja se reincorpore y lo trasladó hasta el estudio jurídico sito en la calle E. 5830 y allí solicitaron el auxilio de una ambulancia del SAME.

Como consecuencia de la agresión descripta, el damnificado presentó, por un lado, exoftalmia derecha con hematoma retrobulbar y múltiples fracturas de las paredes orbitarias, cuadro que conllevó a la pérdida del nervio óptico derecho. Todo eso derivó en la pérdida de la visión del ojo derecho, lo cual resultó ser de carácter total e irreversible.

A nivel neurológico, A.Á. evidenció la pupila derecha más dilatada que la izquierda (anisocoria), con poca capacidad Fecha de firma: 04/12/2019 Firmado por: A.P. LANCE, JUEZ DE CAMARA Firmado por: F.R.L., JUEZ DE CAMARA Firmado por: E.J.G., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: M.G., SECRETARIA #32617443#251264552#20191204100402769 Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 5 DE LA CAPITAL FEDERAL CCC 44378/2012/TO1 de reacción, como así también amaurosis en ojo derecho y paresia del músculo recto inferior derecho y del músculo recto interno homolateral.

Finalmente, en el plano odontológico, el damnificado perdió

la prótesis parcial removible del arco dentario superior, lo que le debilitó levemente el órgano de la masticación, de forma parcial y transitoria; lesión, esta última, que lo inhabilitó para el trabajo por un periodo menor a treinta días.

2) Con fecha 1 de agosto de 2018, alrededor de las 10.30 hs., en la calle De la Roza, en proximidad de su intersección con M. de esta Ciudad, C.O.C. abordó a A.C.A. mientras caminaba por la vía pública y exhibiéndole lo que aparentaba ser un arma de fuego, le exigió la entrega de sus pertenencias por lo que la nombrada, temiendo sufrir un daño en su integridad física, le dio una cartera negra que contenía en su interior la suma de $700, un par de anteojos, una bufanda y una campera. Dicho suceso fue observado por personal policial que se encontraba en la zona, por lo que se inició una persecución, en el transcurso de la cual C. apuntó con la réplica de un arma de fuego al Oficial Primero Lucas Quinteros, por lo que el O.C.L. efectuó un disparo con una escopeta cargada con posta de goma que impactó en el cuerpo del imputado.

Por último, los preventores lograron la detención de C. en la intersección de las calles De la Roza y M.L., secuestrándole en su poder las pertenencias de la víctima, una réplica de arma de fuego de plástico, forrada con cinta color negra y un cuchillo de medianas dimensiones, tipo serrucho

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SEGUNDO

Fecha de firma: 04/12/2019 Firmado por: A.P. LANCE, JUEZ DE CAMARA Firmado por: F.R.L., JUEZ DE CAMARA Firmado por: E.J.G., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: M.G., SECRETARIA #32617443#251264552#20191204100402769 El debate ante el Tribunal:

  1. La versión del imputado.

    Llegado el momento de prestar declaración indagatoria en los términos del artículo 378 del Código Procesal Penal de la Nación, C. hizo uso de su derecho constitucional de negarse a declarar.

    Asimismo, en la oportunidad prevista en el artículo 294 del CPPN en la etapa anterior, tampoco prestó declaración -fojas 421/422 y fojas 484/485-.

  2. Incorporación de prueba:

    Durante el debate, vinculado con el hecho materia de juzgamiento, se han producido las siguientes pruebas. Las declaraciones testimoniales de:

    1) M.R.A., refirió que N., L. y Y.T. eran las hijas de una pareja amiga, con quienes tenía muy buena relación.

    Expuso que un 19 ó 20 de octubre a la noche, estaba con su marido J.A.Á. en el cumpleaños de I., el hijo de N., cuando Y. manifestó que no encontraba su celular.

    Llamaron al teléfono para ver dónde estaba y sonó en el bolsillo de su esposo, quien refirió que se lo había guardado pensando que era el de la declarante, puesto que tenían el mismo equipo y ella estaba un poco ebria. Se lo devolvió a Y. y ella no dijo nada.

    Recordó que, con posterioridad a ello, se encontraba caminando por la calle estaba con J. y su hijo A. -que en ese momento tenía 12 años- porque iban al estudio de un abogado, cuando se cruzaron con Y. que iba acompañada por su esposo C.C., a quien hasta ese momento no conocían. Los saludaron, el Fecha de firma: 04/12/2019 Firmado por: A.P. LANCE, JUEZ DE CAMARA Firmado por: F.R.L., JUEZ DE CAMARA Firmado por: E.J.G., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: M.G., SECRETARIA #32617443#251264552#20191204100402769 Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 5 DE LA CAPITAL FEDERAL CCC 44378/2012/TO1 imputado le preguntó a Y. “¿este es el marido de M.?”, ella contestó que sí y éste comenzó a pegarle muchas veces, sobre todo en la cabeza, lo tiró al piso, J. quiso levantarse pidiéndole que no lo haga más, pero C. volvió a derribarlo, “se ensañó”. A. salió

    corriendo a buscar ayuda. Luego, el imputado sacó una manopla del bolsillo, describiéndola como “un fierro que se metió en los dedos”, de metal y con ella siguió golpeándolo hasta que “se le salió el ojo”, su marido “ya no reaccionaba más”. También le daba patadas en el resto del cuerpo, ella intentó separarlos, pero no pudo. Y. estaba parada, no hacía nada, sólo decía “basta C..

    Cuando terminó la golpiza se acercaron algunas personas, C. y Y. se subieron a una moto y se fueron. Ella levantó a J. del piso “como pudo” y lo llevó hasta el estudio jurídico que estaba a media cuadra, allí los auxiliaron porque sangraba mucho y llamaron a una ambulancia, que los llevó hasta el Hospital Santojanni.

    Una vez allí, J. quedó internado en terapia intensiva y los médicos le dijeron que no sabían si iba a sobrevivir. Después de eso, fue hasta la casa de Y. y de la familia le dijeron que había sido por lo del celular.

    Cuando N. se enteró de lo ocurrido, fue hasta la casa de la declarante a buscar a su hija L. que estaba sola y la llevó hasta el hospital, donde permaneció todo el tiempo.

    Su marido perdió la vista de ese ojo y nunca la recuperó.

    Estuvo internado una semana aproximadamente. Con posterioridad tuvo que ser internado varias veces más, lo derivaron al Hospital Argerich porque tenía que hacerse un transplante de hígado. Señaló

    que hasta ese hecho nunca había tenido problemas de salud, Fecha de firma: 04/12/2019 Firmado por: A.P. LANCE, JUEZ DE CAMARA Firmado por: F.R.L., JUEZ DE CAMARA Firmado por: E.J.G., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: M.G., SECRETARIA #32617443#251264552#20191204100402769 únicamente hipertensión. Explicó que cambiaron sus vidas, que “vivían bien y de repente todo se fue abajo, hoy van a los comedores”. J. tuvo que dejar de trabajar porque no veía de un ojo y le dieron una pensión por discapacidad. Su salud empezó a deteriorarse cada vez más, ella tenía que asistirlo y falleció hace un mes y medio porque no llegó a recibir el transplante que necesitaba.

    Añadió que C. le daba mucho miedo, que después de que le dieron el alta a J. del Hospital Santojanni, se lo cruzaron varias veces en la calle y siempre les gritaba cosas. Un día su marido se lo encontró solo y el imputado le pegó un cachetazo.

    Refirió que actualmente con la única de la familia que se habla es con N., aunque no se ven mucho. Cuando llegaron las citaciones para el juicio, L. y Y. fueron hasta su casa, diciéndole que C. había referido que declare que se habían peleado. Ella les contestó que tenía mucho miedo, pero que iba a decir la verdad y le manifestaron que cuando él saliera “iba a tener...

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