Principal en Tribunal Oral TO01 - IMPUTADO: VIGGIANO FERREYRA, MARCOS GABRIEL -CAUSA N° 4952 VOC D- s/ROBO

Número de expedienteCCC 045992/2016/TO01
Fecha27 Noviembre 2019
Número de registro250545079

Poder Judicial de la Nación Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional N° 30 de la Capital Federal CCC 45992/2016/TO1 REGISTRO N° / 2019 Buenos Aires, 27 de noviembre de 2019.

VISTO:

Para dictar los fundamentos del veredicto firmado el 5 de noviembre de dos mil diecinueve, en la causa n°4954/4955, seguida a M.G.V.F. -ó J.E.V., ó M.G.V.F., ó J.E.V.F., ó

P.I.V.F., ó P.I.V.F.- (de nacionalidad argentina, titular de DNI n° 35.269.812, nacido el 14 de julio de 1990 en esta ciudad, soltero, hijo de J.C.V. y M.E.F., con último domicilio en la calle Malvinas 3017, J.L.S., Pcia de Buenos Aires, actualmente detenido en C.P.F. II, P.. Pol. RH 308.434 y P.. de Reincidencia O293162), por el delito de robo agravado por haber sido cometido en poblado y en banda (arts. 45 y 167 inc. 2° del Código Penal ).

Intervinieron en el debate, en representación del Ministerio Público, el señor A.F. doctor D.E., y el señor Defensor Oficial Coadyuvante doctor S.G. asistiendo a M.G.V.F..

Y CONSIDERANDO:

  1. El hecho investigados en autos.

    Por requerimiento de elevación a juicio obrante a fs. 383/386 se le imputa a M.G.V.F. -junto a E.G.F. y N.T.G. – quienes fueron condenados por sentencia obrante a fs. 483/490-“…el haberse apoderado ilegítimamente de una billetera de color marrón, que en su interior contenía la suma aproximada de doscientos pesos ($200), un D.N.

  2. nº 39.064.235 y una credencial del comercio denominado ´M.´, ambos a nombre de L.A.V., como así también de un aparato telefónico móvil (celular), marca ´M.´, modelo X de color blanco con funda transparente y reveso simil madera de la empresa ´Claro´, correspondiente al abonado nº 116016-5415, perteneciente al damnificado.

    Fecha de firma: 27/11/2019 Firmado por: L.M.R., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: M.J.M., SECRETARIO DE CAMARA #28998748#250545079#20191125092617760 Hecho ocurrido el día 6 de agosto de 2016, aproximadamente a las 16:00 horas, cuando la víctima, el nombrado L.A.V. se encontraba caminando por la Avda.

    S.J., cerca de la intersección con la Avda. 9 de julio de esta ciudad.

    Circunstancia en la cual, la propia víctima advirtió a un sujeto del sexo masculino vistiendo campera azul, gorra blanca y pantalón de jean, al mismo tiempo que se le aproximaron dos sujetos más, resultando ser uno de ellos Nahuel Tomás G. y el otro vestía una campera roja, pantalón de jean y gorra blanca, el cual portaba en una de sus manos un bolso azul, quienes tomaron de los brazos al damnificado, arrinconándolo contra la pared.

    Asimismo, uno de los aquí imputados, G., le refirió a la víctima: ´entreganos todo, si nos das todo te vas rápido, quédate quieto si te movés o haces algo, te vamos a lastimar con esto´, al tiempo que, el agresor tomo con su mano el bolso, ya descripto que portaba el otro sujeto. Por tales motivos, el damnificado sacó de su bolsillo la billetera de mención y se las entregó a los imputados.

    Acto seguido, el sujeto que vestía campera azul, también le sustrajo al denunciante de su bolsillo derecho el teléfono celular ya detallado, para finalmente con las cosas indicadas en su poder, los tres imputados se dieron a la fuga corriendo por la Avda. S.J., doblando por la calle Salta en dirección al barrio de Constitución.

    Por último, cabe destacar, que el damnificado logró dar aviso de lo sucedido al personal policial de la Comisaría 16ª de la P.F.A., quienes procedieron a la detención del sujeto que fuera identificado como N.G., en la calle Cochabamba 1276 de esta Ciudad, en cuyo poder se le secuestró la billetera en cuestión con la documentación ya detallada y la suma de quince pesos ($15) y también se procedió a las detenciones de los sujetos del sexo masculino que fueron identificados como E.F. y M.G.V.F. en la intersección de las calles P. y Santiago del Estero de esta ciudad, secuestrándosele en poder de uno de los nombrados el aparato celular antes descripto.”

    El señor F. de Instrucción calificó el hecho descripto como constitutivo del delito de robo agravado por haber sido cometido en poblado y en banda, debiendo responder V.F. en calidad de coautor (arts. 45 y 167 inc. 2° del CP).-

    Fecha de firma: 27/11/2019 Firmado por: L.M.R., JUEZ DE CAMARA 2 Firmado(ante mi) por: M.J.M., SECRETARIO DE CAMARA #28998748#250545079#20191125092617760 Poder Judicial de la Nación Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional N° 30 de la Capital Federal CCC 45992/2016/TO1

  3. La declaración de M.G.V.F.I. a prestar declaración durante la audiencia de debate M.G.V.F. se limitó a afirmar “Lo único que quiero decir es que soy consciente de los hechos que pasaron pero en ningún momento gastamos un peso en absoluto desde que paso el hecho hasta que nos agarró la policía, no pasó ni un minuto, quisiera que esté presente el damnificado, para pedirle disculpas, me da vergüenza, y quisiera pedir disculpas y que me perdone por lo que le hice pasar, y que me de una posibilidad de compensarlo, estoy a su merced…”, negándose a responder preguntas.

    Previo a finalizar el debate se le concedió la palabra a V.F. quien manifestó que está arrepentido de lo que ocurrió, pasaron tres años, realmente está

    arrepentido de verdad, estaba haciendo las cosas bien en la calle, estaba trabajando, para que no le falta nada a sus hijos, que se lo juzgue como debe ser y que le den una oportunidad para ver pronto a sus hijos, sin drogas sin robar.

  4. La prueba testimonial recibida durante el juicio 1) El principal testigo oído durante la audiencia de debate, fue L.A.V., de 24 años, víctima del hecho traído a juicio.

    Relató que el 6 de agosto de 2016, en horas de la tarde, bajaba del colectivo en la Avenida S.J. entre Salta y Lima cuando “... vino un hombre ...habían pasado dos y un tercero que se me aproximó... me pidieron mis pertenencias celular y billetera y ellos salieron corriendo para el lado de Salta… doblaron para Constitución ... primero me quedé parado ...

    salió un patrullero por Independencia... los policías me hicieron subir al patrullero y salieron a perseguirlos por S.J.... doblan por Lima y los interceptan... uno de los policías se baja a correr a dos y el otro sale a perseguir al otro ...”.

    Preguntado por mayores precisiones explicó que uno de los malvivientes tenía una especie de bolso azul, y que el primero que lo increpó le exigió que le entregara todo, en tanto que “...los otros dos apuraron la situación ... siguieron pidiéndome más cosas ...yo al Fecha de firma: 27/11/2019 Firmado por: L.M.R., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: M.J.M., SECRETARIO DE CAMARA #28998748#250545079#20191125092617760 dárselas rápido ... el que venía atrás de los dos es el que primero me pidió las cosas ... no me acuerdo los rostros ... entregué todo junto a esa persona ... entregué la billetera, plata documentos, tarjeta SUBE, mi celular ...”.

    Interrogado sobre si recuperó sus objetos, el testigo respondió que sí, que luego de ser aprehendidos, la policía le entregó su billetera y el celular. Agregó que los detenidos fueron los mismos que lo asaltaron y que cuando subió al móvil policial pudo verlos al doblar por una de las calles y salieron corriendo. En cuanto al dinero sustraído el testigo replicó que no sabía exactamente cuánto tenía, y exhibidas que le fueron las fotos de fs. 37 (billetera), 38 (billetes), 39 (credenciales) y 41 (celular) los reconoció como de su propiedad.

    Finalmente, a preguntas de la defensa, manifestó que todo fue muy rápido y que desde que subió al patrullero hasta que los aprehendieron habrá transcurrido “...un minuto a más tardar...”.

    2) En segundo término prestó declaración M.M., quien era cabo de la Policía Federal de la comisaría 16ª al momento de los hechos. A preguntas que se le formularon manifestó no poder recordar nada del hecho por el tiempo transcurrido y la gran cantidad de sucesos similares que ocurren en la jurisdicción.

    3) Por su parte, A.C., otro de los testigos traídos al debate, quien dijo desempeñarse como Suboficial de la Policía Federal en la comisaría 16ª a la fecha del suceso, también dijo no recordar nada de lo ocurrido, aunque reconoció su firma en las actas de fs.

    12, 13, 14, y 15 que le fueron exhibidas e incorporadas por lectura en su oportunidad.

    4) Otros de los policías intervinientes, fue A.B., cabo de la misma Comisaría 16ª en agosto de 2016, quien al comparecer ante el Tribunal tampoco pudo aportar recuerdo alguno del hecho, aunque reconoció la confección del plano de fs. 43 y las referencias que allí lucen, como su firma al pie de las mismas.

  5. Las incorporaciones por lectura Se incorporaron al debate, mediante su lectura o exhibición, los siguientes elementos de prueba:

    Fecha de firma: 27/11/2019 Firmado por: L.M.R., JUEZ DE CAMARA 4 Firmado(ante mi) por: M.J.M., SECRETARIO DE CAMARA #28998748#250545079#20191125092617760 Poder Judicial de la Nación Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional N° 30 de la Capital Federal CCC 45992/2016/TO1 1) El acta de fs. 5, labrada ante los testigos J.G.R. y H.F.D. que da cuenta del secuestro, el día 6 de agosto de 2016, a las 16.25 en Cochabamba 1276 de “una billetera de color marrón conteniendo en su interior 15 pesos un billete de diez con n° 15610057Q y un billete de cinco pesos n° 739384266 y una tarjeta de red M. a nombre de V.L.A. y un DNI a nombre de V.L.A. con n° 39064235”.

    2) El acta de fs. 13, labrada ante los testigos A. de la Rosa Trujillo y L.L.D., el 6 de agosto de 2016 a las 16.40 hs, en P. y Santiago del Estero, de “un (1)

    teléfono celular color blanco con funda simil madera con la inscripción “M””.

    3) El acta de fs. 12 que da cuenta de la detención de M.G.V.F., el día 6 de agosto de 2016, a...

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