Sentencia de TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 22 DE LA CAPITAL FEDERAL, 28 de Noviembre de 2019, expediente CCC 019136/2019/TO01

Fecha de Resolución28 de Noviembre de 2019
EmisorTRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 22 DE LA CAPITAL FEDERAL

Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 22 DE LA

CAPITAL FEDERAL.

CCC 19136/2019/TO1.

nos Aires, 28 de noviembre de 2019.

Y VISTOS:

Se reúnen los integrantes del Tribunal Oral en lo Criminal y

Correccional N° 22, D.. Ángel G.N. y S.A.P.,

como vocales, y Dra. P.E.C., en su carácter de

P., en presencia de la Secretaria, Dra. C.P., para

dictar sentencia en la causa N° 6158 (19136/19), seguida por el delito de

robo agravado por su comisión con arma de fuego reiterado en tres

oportunidades, encubrimiento agravado por el ánimo de lucro y por tratarse

de un delito especialmente grave, en calidad de coautor, agravado por la

intervención de un menor de edad, en concurso real con portación de arma

de guerra, a A.G.G.Q., DNI N° 42.663.248, de

nacionalidad argentina, nacido el 6 de mayo de 2000 en esta Ciudad, hijo de

V.M.Q. y de G.A.H., identificado

mediante legajo de la P.F.A. RH 316.170, con domicilio real en el pasaje

J.M. 1517 de esta Ciudad, y con domicilio constituido en Avda.

R.S.P. 1190, 9° piso de esta Ciudad.

Intervienen en el proceso, representando al Ministerio

Público Fiscal la Dra. G.F. y en la defensa del procesado, la

Dra. S.M..

RESULTA:

  1. Requerimiento

    Al comienzo de la audiencia de debate se dio lectura al

    requerimiento de elevación a juicio de fs. 398/405, en el que se tuvo por

    acreditado, con las exigencias de la primera etapa, los siguientes hechos

    atribuidos a A.G.G.Q.:

    “Hecho I:

    Fecha de firma: 28/11/2019 Firmado por: P.E.C., JUEZ DE CAMARA Firmado por: A.G.N., JUEZ DE CAMARA Firmado por: S.A.P., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: CAROLINA I.P., SECRETARIA DE CAMARA #34046659#250580106#20191128141841943 Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 22 DE LA

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    CCC 19136/2019/TO1.

    El día 19 de marzo de 2019, siendo aproximadamente las

    00:00 horas, en la calle Estados Unidos Nro. 3529 de esta ciudad, Alex

    Gustavo Gabriel Quinteros, junto a un menor de edad, más otros tres

    masculinos que aún no fueron identificados, previo acuerdo y reparto de

    roles, mediante la utilización de armas de fuego calificada como de

    guerra, la que se encontraba cargada y apta para sus fines específicos, la

    pistola marca “B.” modelo Thunder 380 PLUS, calibre .380 ACP con

    numeración erradicada, que contenía un cartucho con estampa en el culote

    380 AUTO CBC

    , desapoderaron ilegítimamente a L.T.S.

    y J.M.N. de efectos personales.

    A talles efectos, cuando los damnificados se encontraban

    sentados en la vereda, se detuvo el automóvil marca “Peugeot” modelo

    2007 color gris oscuro dominio “JOT'748” del cual descendieron cuatro

    masculinos, uno de ellos con campera color roja y gorra de color blanca,

    el que se dirigió a S. y tras colocarle un arma de fuego en el tórax le

    sustrajo el teléfono celular marca “Samsung” modelo J7, color dorado,

    abonado 1139010218, con chip de la empresa “Movistar”. Al mismo

    tiempo, otro de los agresores, que vestía gorra color blanca tipo Nike con

    pantalón de jean, exhibiéndole también un arma de fuego a N., le

    ordenó que le entregara sus pertenencias, ante. lo cual dicha víctima, por

    temor a su integridad física, le dio el teléfono celular marca “Samsung”

    modelo J7, color negro, abonado 1562643167, con chip de la empresa

    Personal

    , una billetera de cuero que en su interior contenía un DNI N°

    42251826, un Registro de Conducir con el mismo número, dos tarjetas de

    crédito, una tarjeta de débito, una cédula de identificación del moto

    vehículo dominio “A071REL”, todo a su nombre, y la suma de doscientos

    cincuenta pesos ($250).

    Fecha de firma: 28/11/2019 Firmado por: P.E.C., JUEZ DE CAMARA Firmado por: A.G.N., JUEZ DE CAMARA Firmado por: S.A.P., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: CAROLINA I.P., SECRETARIA DE CAMARA #34046659#250580106#20191128141841943 Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 22 DE LA

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    CCC 19136/2019/TO1.

    Acto seguido, los incriminados ascendieron al rodado en el

    que se desplazaban y huyeron del lugar, siendo que al llegar a la calle

    1. continuaron por esta, ocasión en que fueron perdidos de vista por

      los damnificados.

      Hecho II:

      Se endilga también al imputado Alex Gustavo Gabriel

      Quinteros, que junto a un menor y a tres masculinos aún no identificados,

      el día 19 de marzo de 2019, alrededor de las 00:15 horas, a la altura del

      número 3646 de la calle C.C., de esta ciudad, previo acuerdo y

      reparto de roles y, mediante la utilización de un arma de fuego calificada

      como de guerra, la pistola marca “B.” modelo Thunder 380 PLUS,

      calibre .380 ACP con numeración erradicada, la cual contenía un cartucho

      con estampa en el culote “380 AUTO CBC”, elementos aptos para sus

      fines específicos, desapoderaron ilegítimamente a J.L.G.R.

      y a N.A.G. de pertenencias varias.

      Para lograr sus ilícitos propósitos, los incriminados

      sorprendieron a las víctimas cuando estaban sentadas en el umbral del

      edificio sito en la mentada dirección, donde detuvieron la marcha de un

      vehículo particular de color gris con vidrios polarizados del cual

      descendieron cuatro imputados masculinos, portando dos de ellos armas

      de fuego, siendo que uno de éstos vestía pantalón de jean, campera

      deportiva color oscura y gorra con visera, el que era de contextura

      delgada, de baja estatura y tez trigueña, en tanto que el segundo lucía

      campera deportiva y gorra.

      Seguidamente, el descripto en primer término se dirigió a

    2. y le colocó el arma en la zona del abdomen a la vez que le exigió la

      entrega de todos sus efectos, puesto que de lo contrario “lo quemaba”, por

      lo que éste accedió a darle el teléfono celular marca “Motorola” modelo

      Fecha de firma: 28/11/2019 Firmado por: P.E.C., JUEZ DE CAMARA Firmado por: A.G.N., JUEZ DE CAMARA Firmado por: S.A.P., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: CAROLINA I.P., SECRETARIA DE CAMARA #34046659#250580106#20191128141841943 Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 22 DE LA

      CAPITAL FEDERAL.

      CCC 19136/2019/TO1.

      E4plus abonado 1568096091, con chip de la empresa “Movistar”, un

      casco de moto marca “LS2” color blanco y naranja y la suma de cien

      pesos ($100). Asimismo, otro de los incriminados, el que era de contextura

      delgada, vestido con pantalón deportivo corto, abordó a G.R. y

      exhibiéndole un arma de fuego le refirió “quédate quieto porque te

      quemo” sic por lo que éste le entregó una riñonera de color negra de

      lona, que contenía una tarjeta SUBE, la suma de doscientos pesos ($200),

      un juego de llaves y un teléfono celular marca “Motorola” color negro

      modelo C, abonado 1127233830, con chip de la empresa “Claro”. Una vez

      ello, los imputados abordaron el automóvil en el que se desplazaban y se

      fugaron del lugar por C.C. en dirección a la Avenida La Plata y al

      doblar en Castro Barros fueron perdidos de vista por los damnificados.

      Hecho III:

      Asimismo, se encuentra probado en el sumario, que el día 19

      de marzo de 2019, aproximadamente las 00:15 horas, en la calle Treinta y

      Tres Oriéntales Nro. 1561, de esta ciudad, A.G.G.Q.,

      junto a un menor de edad y a otros tres masculinos aún no

      individualizados, previo acuerdo y reparto de roles, valiéndose de la

      pistola marca “B.” modelo Thunder 380 PLUS, calibre .380 ACP con

      numeración erradicada, la cual contenía un cartucho con estampa en el

      culote “380 AUTO CBC”, desapoderaron ilegítimamente a Lucas Adrián

      D.G. y a J.V. de sus pertenencias.

      A los fines de perpetrar el evento, los imputados detuvieron

      la marcha del automotor de color oscuro en el que viajaban y

      sorprendieron a los damnificados cuando se hallaban en la vereda de la

      mentada calle. Acto seguido, descendieron tres individuos, los cuales

      vestían ropa deportiva, y uno de ellos exhibiendo un arma de fuego a Di

      Giorgio exigió la entrega de sus elementos de valor, ante lo cual éste le dio

      Fecha de firma: 28/11/2019 Firmado por: P.E.C., JUEZ DE CAMARA Firmado por: A.G.N., JUEZ DE CAMARA Firmado por: S.A.P., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: CAROLINA I.P., SECRETARIA DE CAMARA #34046659#250580106#20191128141841943 Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 22 DE LA

      CAPITAL FEDERAL.

      CCC 19136/2019/TO1.

      el teléfono celular marca “Iphone” modelo S6 plus con número de línea

      1522763257 de la empresa “Movistar”, quinientos pesos “($500), una

      motocicleta marca “B., modelo R.2., Domino AO1QCC, chasis

      N° “8CVA36FZ0GA012161”, motor N° “JLZCFC04302”, un casco marca

      Zeus

      color negro y una campera deportiva del club “CASLA”. Al mismo

      tiempo, otro de los masculinos apoyó un arma de fuego en la cintura de

      V. y le quitó el teléfono celular marca “TCL” modelo 500 color blanco,

      abonado 1533208651 con chip de la empresa “Claro”. Luego, uno de los

      sujetos subió a la mencionada moto, la que tenía la llave colocada, la

      encendió y huyó en dirección a la Av. Caseros. Por su parte, los otros

      agresores ascendieron al auto y se fugaron en la misma dirección.

      En tales circunstancias, el Oficial primero G.C.

      y el Oficial Mayor V.A.M., hallándose cumpliendo tareas

      de prevención a bordo del móvil 511, transitando la Av. Caseros, próximos

      a la intersección con la calle Treinta y Tres orientales, vieron un automóvil

      marca “Peugeot” modelo 207 de color gris oscuro mal estacionado con el

      motor encendido y sus dos puertas laterales derechas abiertas, notando

      que a unos diez metros de distancia, sobre Treinta y tres orientales, dos

      masculinos arrastraban una moto, los que al advertir la presencia policial

      la arrojaron al piso y emprendieron la huida a la carrera hacia el referido

      automotor, a bordo del que emprendieron la fuga por la Av. Caseros en

      dirección al barrio de F.. En el trayecto, el conductor condujo

      violando los semáforos, ello al tiempo en que desde el móvil policial se les

      impartía la voz de alto mediante señales lumínicas y sonoras, las que

      fueron ignoradas.

      Del referido modo, continuó la persecución hasta la

      intersección de la Av. C. (continuación de la Av. Caseros) con la calle

      C., donde de manera...

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