Sentencia de TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 8 DE LA CAPITAL FEDERAL, 7 de Noviembre de 2019, expediente CCC 075096/2019/TO01

Fecha de Resolución 7 de Noviembre de 2019
EmisorTRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 8 DE LA CAPITAL FEDERAL

Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 8 DE LA CAPITAL FEDERAL CCC 75096/2019/TO1 Buenos Aires, 7 de noviembre de 2019.

AUTOS Y VISTOS:

Para dictar sentencia en el marco de la causa N° 75.096/2019 (registro interno N° 6230) en trámite ante este Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional N° 8, elevada a juicio por el delito de hurto en grado de tentativa, respecto de I.P.P.–., D.N.

  1. N° 38.154.179, nacido el 25 de enero de 1994 en esta ciudad, hijo de O.E.P. y de A.C., con último domicilio en la calle Rojas 945, B.A., M., Provincia de Buenos Aires, prontuarios T.M.

    81.809 de la Policía Federal Argentina y O4309196 del Registro Nacional de Reincidencia-.

    Intervienen en el proceso, en representación del Ministerio Público Fiscal, la A.F.D.V.P. y, en representación del imputado P., el titular de la Unidad de Actuación para supuestos de Flagrancia -Grupo de Actuación N° 13-, Dr. J.C.R..

    Y CONSIDERANDO:

    1. - El hecho.

      En la noche del 13 de octubre del año 2019, alrededor de las 04:24 horas, I.P.P. y otro hombre intentaron sustraer un medidor de agua colocado en un pozo abierto sobre la vereda ubicada en la intersección de las calles P. y S.J., de ésta ciudad.

      No obstante, su accionar fue observado por personal del Centro de Monitoreo Urbano que, inmediatamente y a través del comando radioeléctrico Fecha de firma: 07/11/2019 se comunicó

      Firmado por: F.L., Juez de Cámara con el O.F.M.M. Firmado(ante mi) por: S.M.G., Secretario de Cámara #34227473#249210712#20191107140513916 Vedia de la Comisaría Vecinal 1C de la Policía de la Ciudad que recorría la zona, a quien le indicaron la dirección en la que se desplazaban los sospechosos, por lo que éste siguió sus pasos y les dio alcance a una cuadra de distancia, sobre la calle Constitución al 1440, de esta ciudad.

      Una vez allí, el O.M.V. les impartió la voz de alto y, tras constatar que el acompañante de I.P.P. llevaba puesta una mochila en cuyo interior halló tres medidores de agua con su respectivas cuplas de bronce, procedió a la formal detención de ambos y secuestró dichos elementos.

    2. - Las pruebas.

      Considero que el hecho precedentemente descripto y admitido por el imputado ésta probado a la luz de la sana crítica racional. Por tal motivo tengo por cierto la materialidad del ilícito enunciado al comienzo como la autoría penalmente responsable que en el mismo le cupo a I.P.P..

      Sostengo ello en base al fundamental testimonio de V.S.M. (ver Fs.

      14), Oficial de Guardia del Centro de Monitoreo Urbano, quien contó que esa noche a través de las cámaras domo ubicadas en la zona de Constitución, pudo ver a dos hombres con camperas oscuras y una mochila “sustrayendo lo que aparentaba ser un caño con llave de agua del interior de una tapa” en la esquina de las calles P. y S.J., de esta ciudad.

      Agregó que inmediatamente informó lo que veía Fecha de firma: 07/11/2019por frecuencia radial, Firmado por: F.L., Juez de Cámara a la vez que le fue Firmado(ante mi) por: S.M.G., Secretario de...

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