Sentencia de TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 30 DE LA CAPITAL FEDERAL, 11 de Noviembre de 2019, expediente CCC 005196/2017/TO01

Fecha de Resolución11 de Noviembre de 2019
EmisorTRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 30 DE LA CAPITAL FEDERAL

Poder Judicial de la Nación Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional N° 30 de la Capital Federal CCC 5196/2017/TO1 REGISTRO N° 387 / 2019 Buenos Aires, 11 de noviembre de 2019.-

Y VISTO:

El recurso de reposición interpuesto a fs 723/5 por la señora Defensora Oficial, doctora C.D., a cargo de la asistencia técnica de E.E.S. y a fs 730/1 por la señora Defensora Oficial coadyuvante, doctora A.E., a cargo de la asistencia técnica de M.L.C., contra el auto de admisibilidad de fs 717/20 en la presente causa n°

5616 del registro de este Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional N° 30.

Y CONSIDERANDO:

1) La señora Defensora Oficial, doctora C.D., interpuso recurso de reposición contra el auto de fs 717/20, por el cual se proveyeron las pruebas ofrecidas por las partes, en relación a dos aspectos diferentes.

En primer término, se opone a la realización de la pericia psiquiátrica/psicológica ordenada respecto de Soria en el punto 4) del apartado “Instrucción suplementaria”, tal como había sido solicitado por la señora F. General. En tal sentido, argumenta que el sometimiento a su defendida a un examen de esa índole implica una transgresión de las garantías constitucionales y por tanto un flagrante atentado contra el derecho de defensa en juicio y el debido proceso, de raigambre constitucional, en atención a que se transgrediría la cláusula que proscribe la autoincriminación, mediante la materialización de actos de naturaleza compulsiva.-

La exploración y constatación psiquiátrica y psicológica del justiciable constituye una recolección de prueba de cargo proporcionada por el propio imputado, lo que podría operar a modo de una confesión.-

Hizo reserva de recurrir en Casación.-

Fecha de firma: 11/11/2019 Alta en sistema: 12/11/2019 Firmado por: L.M.R., JUEZ DE CAMARA Firmado por: M.M.R., JUEZ DE CAMARA Firmado por: G.E.F., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: J.M.A., SECRETARIO DE CAMARA #32328328#248662469#20191112094240176 En segundo término, repone también contra la denegatoria de la citación de dos de los cuatro testigos nuevos que ofreció en su oportunidad. Así, entiende que la gravedad de los hechos imputados amerita sin más la citación de la totalidad de los testigos propuestos.-

2) Por su lado, la señora Defensora Oficial coadyuvante, doctora A.E., también interpuso recurso de reposición contra el auto de referencia.-

En primer término destacó que el Tribunal omitió incorporar por lectura la Tesis doctoral en Medicina de la Dra. Estela...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR