Sentencia de TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 25 DE LA CAPITAL FEDERAL, 5 de Noviembre de 2019, expediente CCC 020240/2017/TO01

Fecha de Resolución 5 de Noviembre de 2019
EmisorTRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 25 DE LA CAPITAL FEDERAL

Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 25 DE LA CAPITAL FEDERAL CCC 20240/2017/TO1 En la Ciudad de Buenos Aires, el día 4 de noviembre del año dos mil diecinueve, el Sr. Juez del Tribunal Oral en lo Criminal N° 25, Dr. R.B.L., bajo la modalidad de juzgamiento con un único magistrado -según texto ley 27308-, con la asistencia de la Sra. Secretaria, Dra. P.G.B., dicta sentencia en la causa Nº 5584 de registro de este Tribunal, contra A.R.O. (dominicano, nacido el día 19 de febrero de 1989 en Santo Domingo –

República Dominicana, titular del D.N.

95.482.969, hijo de P.R. y de B.O., soltero y con domicilio real en Pte. L.S.P. 1967 habitación 112 piso 2° de caba) en orden al delito de amenazas coactivas (hecho 1), amenazas simples en concurso real con el delito de hurto (hecho 2) y amenazas simples en concurso material con lesiones agravadas por el vínculo (hecho 3), los que concurren de realmente entre sí.

Intervienen en el proceso y en la presentación del acuerdo de juicio abreviado, el Sr. A.F., Dr. F.M.B. y la Dra. N.B., por la defensa oficial del imputado.

El Dr. R.B.L. dijo:

Y VISTOS:

Han venido estas actuaciones a conocimiento del Tribunal en virtud del requerimiento de elevación a juicio obrante a fs. 165/168 en el cual el Señor Representante del Ministerio Público Fiscal atribuyó

al imputado A.R.O., el delito de amenazas coactivas (hecho 1), amenazas simples en concurso real con el delito de hurto (hecho 2) y amenazas simples en concurso material con lesiones agravadas por el vínculo (hecho 3), los que concurren de realmente entre sí por los cuales deberá responder en calidad de autor (arts. 45, 55, 89 en función del art. 92, 149 bis primer y tercer párrafos y 162 del C.P.), en base a las descripciones fácticas que formulara en dicha acusación.

CONSIDERANDO:

Fecha de firma: 05/11/2019 Firmado por: R.B.L., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: P.G.B., SECRETARIA DE CAMARA #31885155#248551111#20191101085120683

Primero

Que a fs. 246 el S.A.F. y la defensa oficial, con la conformidad expresa del imputado solicitan se aplique en esta causa el procedimiento de "juicio abreviado" previsto por el art. 431 bis, del Código Procesal Penal de la Nación, introducido por la ley 24.825.

Segundo

De las pruebas recibidas durante la instrucción:

Lo expuesto en base a las siguientes probanzas arrimadas a la causa:

-Declaración testimonial de P.A.C. de fs. 5/8, quien declara que inició una relación de noviazgo con el Sr. R.O. en el año 2014 decidiendo la convivencia luego de dos meses de relación. De dicha unión nació su hijo D.N.R.A.…el último episodio fue ayer a las ocho de la noche. Cuando llegué a la habitación encontré que A. se había llevado todo de la habitación. Me había dejado únicamente la cama. Se llevó el televisor, el lavarropas, el kohinoor y toda su ropa. Cuando vio que yo llegué se asomó de la habitación de la madre y me dijo: “te entrego al niño, pero si al niño le pasa algo, yo te voy a agarrar y te voy a arrancar la cabeza…mira maldita mujer que si te vas a la calle, te encuentro y te arranco la cabeza…en ese momento me dio miedo, porque tiene un temperamento muy brusco…” –

sic-. A fs. 24/25, ratifica en un todo su declaración brindada…agrega que estaba viviendo en el mismo domicilio, en la calle L.S.P. 1967. Yo tuve que retirarme del hotel porque él está viviendo allí

con su madre, y también porque alquiló una habitación para vivir con los chicos, se comprometió a pagarla y no pagó los tres meses que vivió ahí. Tuve que salir y me alquilé esta habitación en San Juan y La Rioja, y yo quiero que él me pague la manutención del bebé.

Quiero que le llegue una orden de alejamiento a él porque no me respeta, siempre me vive diciendo las Fecha de firma: 05/11/2019 Firmado por: R.B.L., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: P.G.B., SECRETARIA DE CAMARA #31885155#248551111#20191101085120683 Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 25 DE LA CAPITAL FEDERAL CCC 20240/2017/TO1 mismas amenazas…después de ese episodio, existió otro más que yo llamé al 911 porque él me estaba ahorcando, pero a él no se lo llevaron porque la mamá salió y se hizo responsable de él. Ella se comprometió a que no se acerque a mí, porque dijo que a ellos nunca les llegó una orden de restricción…el hecho de la denuncia fue el 2 de abril del corriente año, y el que acabo de relatar que llamé a 911, eso fue un domingo a la noche pero la fecha no recuerdo…yo iba entrando al hotel y él me vio y vino detrás de mí, comenzamos a discutir porque quería llevarse al niño y me agarró del cuello y me ahorcó. Este fue el último episodio que no está

declarado porque yo ya había puesto la denuncia. La fecha no recuerdo, pero sí fue un domingo a la noche, el lugar fue en L.S.P. 1967 y la testigo fue C. la encargada. Me estaba agarrando del cuello ahorcando y fue cuando salió C. y me soltó

porque la vio a ella. Luego subí a mi habitación, agarré el papel este (por la orden de restricción)

llamé al 911…el día 2 de abril del corriente año: él estaba acostado con los niños en la habitación 122 del hotel G. en L.S.P. 1967, yo salí afuera en la baranda que existe en el pasillo, y él pensaba que yo me iba a la calle…”. A fs. 50, señala que el día 3 de octubre de 2017, aproximadamente a las 15.00 mientras se encontraba en su domicilio laboral de L.S.P. 1095 –quiosco- junto a su hijo se apersona su ex pareja el Sr. R.O. con motivo de ver a su primogénito permaneciendo en el interior de dicho local hasta las 21.00 horas momento en el cual una compañera de la dicente se preparaba a reemplazarla, una amiga de la dicente que también se encontraba en el lugar la Sra. L.V.S., la invita a realizar una salida a comer momento en el cual el Sr.

R.O. comienza a decirle masculino comienza a gritarle “ustedes no van a comer nada, vos te vas a ver a otro hombre y ya vas a ver lo que te va a pasar…

te vas a acordar de mí y verás lo que te va a pasar te va con otro hombre” –sic- ante dicha circunstancia la Fecha de firma: 05/11/2019 Firmado por: R.B.L., JUEZ DE CAMARA...

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