Sentencia de TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 29 DE LA CAPITAL FEDERAL, 25 de Octubre de 2019, expediente CCC 003308/2018/TO01
Fecha de Resolución | 25 de Octubre de 2019 |
Emisor | TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 29 DE LA CAPITAL FEDERAL |
Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 29 DE LA CAPITAL FEDERAL CCC 3308/2018/TO1 n la Ciudad de Buenos Aires, a los 25 días del mes de octubre de 2019, siendo las 12:30 horas, fecha fijada para la audiencia prevista por el art. 293 del C.P.P.N –cuyo desarrollo se encuentra registrado en audio y video, grabación que se encuentra agregada al expediente como documento digital dentro del sistema “lex 100”- en la presente CAUSA N° 3308/2018 (registro interno N° 5871) seguida contra V.A.C. en orden al delito de lesiones culposas leves en carácter de autora (art. 45 y 94 del C.P.) se constituye en la sala de audiencias del Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional N° 29 de Capital Federal, el Sr. juez de cámara que lo integra –en este caso unipersonalmente- Dr. R. G.G.. Acto seguido verifico la presencia del representante del Ministerio Público Fiscal, el Sr. A.F., Dr.
N.S. de la Fiscalía General N° 27 y de la Dra. F.G.A. defensora particular, junto con su ahijada procesal V.A.C.. En cuanto a la presunta damnificada D.V.C. se informa a las partes que personal de esta secretaria se comunicó telefónicamente con la nombrada y le hizo saber los alcances de la presente audiencia, oportunidad en la que aquélla indicó que no deseaba concurrir a la misma en razón de que se encontraba cursando un embarazo muy avanzado. En cuanto a la reparación económica, la presunta víctima refirió que no deseaba aceptar suma algún en virtud de que inició
un reclamo en sede civil por daños y perjuicios.------
Seguidamente, se le concede la palabra a la Sra.
Defensora particular, Dra. G.A., quien en síntesis ratifica la presentación realizada oportunamente en la presente causa y solicita se le conceda a su asistida la suspensión de juicio a prueba por los motivos que expuso y que se encuentran registrados en audio y video. Manifiesta que su ahijada procesal ofrece la suma de dos mil pesos ($2.000) en concepto de reparación del daño. En cuanto al plazo de la suspensión, peticiona que se conceda Fecha de firma: 25/10/2019 Alta en sistema: 05/11/2019 Firmado por: R.G.G., JUEZ Firmado(ante mi) por: A.M., SECRETARIA #32914177#247997990#20191030163532177 por el mínimo legal de un año, teniendo en cuenta el carácter de las lesiones presuntamente ocasionadas. En cuanto a las reglas de conducta, indica que su ahijada procesal ofrece realizar un curso de reeducación vial y el pago mínimo de la multa prevista en el tipo penal que se le imputa...
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