Sentencia de TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 13 DE LA CAPITAL FEDERAL, 10 de Octubre de 2019, expediente CCC 037166/2019/TO01

Fecha de Resolución10 de Octubre de 2019
EmisorTRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 13 DE LA CAPITAL FEDERAL

Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 13 DE LA CAPITAL FEDERAL CCC 37166/2019/TO1 n la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los 08 días del mes de octubre del año dos mil diecinueve, siendo las 11:35 horas, se constituyó en los estrados del Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional nº 13, el Sr. Juez de Cámara, Dr. E.J.G., para la celebración de la audiencia de suspensión de juicio a prueba, en la presente causa nº 37166/2019, caratulada “Villarreal, R.N. s/ encubrimiento agravado”. En primer lugar, el Sr. Presidente da inicio a la audiencia fijada para el día de la fecha en los términos del artículo 293 del C.P.P.N., y a continuación el Sr. Secretario de Cámara, Dr. Diego N.

Rengel hace saber que se encontraban presentes el Sr.

Fiscal General DR. ALDO DE LA FUENTE; el Sr. Defensor Público, Dr. RICARDO RICHIELLO junto al imputado RODRIGO NAHUEL VILLARREAL. Asimismo, se hace saber que la audiencia sería registrada en audio y video, formando parte de la presente acta. Luego, se informa que no fue nadie citado en calidad de damnificado en orden a la índole del delito de autos. Posteriormente, se da lectura al requerimiento de elevación a juicio obrante a fs. 161/2.----------------------------------

Seguidamente, se concede la palabra al Sr. Defensor Oficial, quien agrega a la presentación efectuada a fs. 174/vta., que corresponde la concesión del instituto al amparo del principio de inocencia, y ante la forma agravada del delito imputado, se aplique el precedente “A.” de la Corte Suprema de Justicia en miras a una interpretación amplia de su aplicación.

Fecha de firma: 10/10/2019 Firmado por: E.J.G., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: D.N.R., SECRETARIO DE CAMARA #34070084#246472715#20191009122748569 Señala que su asistido es una persona joven y conforme surge del informe socio-ambiental se trata de una persona que estaría advertida con suficiencia por el trance que atraviesa y acompañamiento de su madre, respecto de que esta sea la última oportunidad para que el proceso siga avanzando. Por lo que estarían dadas las condiciones para el otorgamiento de la probation, sugiriendo la imposición de los mínimos de ley, sin perjuicio de lo que disponga V.E., con los controles de domicilio y residencia que el Sr.

Presidente disponga. En cuanto a la reparación económica al amparo de la administración de justicia, teniendo en cuenta que Villarreal tiene actividad laboral con ingresos variables, se concrete y se considere suficiente por la suma de pesos un mil. En cuanto a las tareas comunitarias, ofrece dos posibilidades, las que quedarán a criterio de V.E.

Primeramente...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR