Sentencia de TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 1 DE LA CAPITAL FEDERAL, 10 de Octubre de 2019, expediente CCC 071751/2016/TO01

Fecha de Resolución10 de Octubre de 2019
EmisorTRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 1 DE LA CAPITAL FEDERAL

Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 1 DE LA CAPITAL FEDERAL CCC 71751/2016/TO1 TOCC 1 c. 6391 SCHUNK, J.A. s/sentencia Buenos Aires, 10 de octubre de 2019.

Y VISTAS:

La presente causa n° 6391 (lex 71.751/2016)

seguida contra J.A.S. argentino, titular del

DNI 20.666.077, nacido el 1 de diciembre de 1968 en Quilmes,

Provincia de Buenos Aires, hijo de A. y de Ofelia del Carmen

Paccor, con domicilio en la calle Av. Maipú 821 1 C de Vicente

López, Provincia de Buenos Aires, del registro de este Tribunal

Oral en lo Criminal y Correccional n° 1, integrado por el Dr. Luis

R.J. Salas, con la presencia de la Secretaria Dra. S.C.,

proceso en el que intervienen la Sra. Fiscal General, Dra. Irma

Adriana García Netto junto a su Auxiliar Fiscal la Dra. Jazmín

Auat y el Defensor Oficial Coadyuvante Dr. Federico D´O..

De todo lo actuado, RESULTA 1. Acusación:

1.a) La presente causa se elevó a juicio respecto de

J.A.S. como autor del delito de lesiones leves

agravadas por el vínculo y por mediar violencia de género en

Fecha de firma: 10/10/2019 Firmado por: L.R.J.S., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: S.C., Secretaria #33086777#246763294#20191010162551047 concurso real con el delito de desobediencia (arts. 29 inc. 3°, 45, 55,

89, y 92 en función del art. 80 inc. 1° y 11° y 239 del Código Penal) –

conforme requerimientos de fs. 242/244 y 249/250.

1.b) En su alegato, la representante del Ministerio

Público Fiscal, la Dra. I.A.G.N. manifestó que

tras valorar y analizar la prueba reunida e incorporada durante la

audiencia de debate y las declaraciones formulada por el imputado,

formuló su acusación respecto a S. como autor de los delitos

de lesiones dolosas leves agravadas por el vínculo y por mediar

violencia de género en concurso real con desobediencia (arts. 45,

55, 89, 92 en función de 80 inciso 1° y 239 del C.P.).

2. Defensa:

Durante la audiencia de debate oral se convocó a

prestar declaración indagatoria al imputado.

2.a) En dicha oportunidad, J.A.S.

expresó:

Con sus hijos actualmente no tiene contacto,

venció en marzo el impedimento, se enteró hace un mes, venció en

abril de 2017 pero él no se acercaba porque en junio de 2017

dijeron que había violado la restricción cuando no lo hizo. No los

ve desde noviembre de 2016, no tiene contacto. Nunca acordaron

nada de cuota alimentaria porque la denunciante nunca quiso

firmar nada, no tiene ni contacto telefónico. Tiene familia, madre y

hermanas con quien tiene contacto; no tiene adicciones. Vive en el

lugar indicado solo y renovó el contrato hace menos de un mes,

Fecha de firma: 10/10/2019 Firmado por: L.R.J.S., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: S.C., Secretaria #33086777#246763294#20191010162551047 Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 1 DE LA CAPITAL FEDERAL CCC 71751/2016/TO1 por dos años más.

“…Su hija no se quedaba a dormir en la casa

porque ella no la dejaba. El día que pasó el suceso de noviembre

volvió porque ella le dijo que el nene no estaba, tocó timbre y el

nene dijo que ella no le había avisado que él estaba. Cuando

estaba halando con el nene, ella entró a los gritos le dijo que esto

no podía ser. Que a partir de marzo no iba a ver más a los nenes.

El nene se asustó porque la madre estaba como una loca, esto

venía hace 14 años, soportando lo que ella quería hacer, siempre

tenía una excusa, jamás comieron un pancho, siempre les cocino,

no va a mc donalds, los hechos que describe, incluso lo de la

prima, él trabajaba en dos lugares no en uno, a los chicos los

cuidaba la madre del dicente, tiene declarado todas las veces que

estuvo trabajando, desde que se separó siempre estuvo en blanco.

… le pagaba el teléfono a T. todos los meses hasta que su

mamá se lo tiro al inodoro. Cuando sucedió esto no porque ya le

había tirado el teléfono. Hablaban cada tanto, no tenían diálogo

telefónico. Con Mía sí, se quedaban horas hablando. El día que

fue al colegio fue a hablar con una preceptora para hablar del

nene, en un horario que los chicos no podían estar en colegio. Se

presentó al A. allí le dijeron que no hacían el vínculo

paternofilial. Se lo comunicó al juzgado y hace dos meses se

cerró la causa, no había manera de nada. Nunca pudo hablar con

ningún profesional del A.. Sabe por la psicóloga del

colegio que lo mandaron 4 veces en dos años. Se lo dijo el colegio.

Incluso a ella se lo recomendaron en el colegio para que hicieran

Fecha de firma: 10/10/2019 Firmado por: L.R.J.S., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: S.C., Secretaria #33086777#246763294#20191010162551047 vínculo. Una psicopedagoga es M. jubilada y M. es la otra

actual… Con marita, marcela que era la preceptora de T. en

ese momento y con la directora que se jubiló este año. En 2006

fue a hacer rectificar partida nacimiento por nombre mal y era

pedirlo judicialmente. Nunca lo hizo, ella nunca tiene tiempo. Se

tiene que inicia por los dos padres con un papel judicial, oficio

judicial… Consultó abogado. Está esperando que esto termine

para encaminar todo de nuevo. No se puede hacer

individualmente, tienen que hacer los dos padres, tienen que

firmar los dos padres, las dos partes tienen que ir pidiendo

rectificación… Para presentar los oficios tiene q tener liberado

tema penal, eso se lo dijo un abogado D.M.… refiere q

hasta hace poco lo asesoraba en lo civil D.M. y

anteriormente cuando empezó esta causa el patrocinio jurídico

gratuito. Desde 2006 entró concesionario autos alta gama en

V.L., estaba en blanco y a la actualidad sigue trabajando

en blanco. Allí estuvo hasta el 2012, desde ahí hasta 2016 en

constructora, 2017 por su cuenta y en 2018 donde trabaja

actualmente. Antes de 2006 tenían restaurante con mama de sus

hijos, lo cerraron en 2005.

2.b) Durante la etapa de instrucción, S. declaró

por primera vez el 1 de septiembre de 2017 (cfr. fs. 108/109)

Que es mentira. Ese día reintegré a mi hija

menor, ella entra, su madre sale y me dice, me voy a trabajar el

nene no te quiere ver o no va a bajar. Toco timbre y me atiende él,

Fecha de firma: 10/10/2019 Firmado por: L.R.J.S., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: S.C., Secretaria #33086777#246763294#20191010162551047 Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 1 DE LA CAPITAL FEDERAL CCC 71751/2016/TO1 le digo “hola pa, bajas a saludarme?” y me dijo que sí. Cuando

baja, nos ponemos a hablar cosas del colegio, lo normal, porque

no lo había visto en toda la semana. En ese momento, ella vuelve

al domicilio gritando que no podía ser que yo no le creía lo que

ella decía y me dijo: “Te voy a cagar la vida, a partir de marzo no

lo vas a volver a ver más, te voy a denunciar que me pegaste

yo

la fui a denunciar al otro día a la comisaría de la mujer, primero a

la de V.L. y ellos me derivaron a la de Capital, la sita en

L., Oficina de Violencia Doméstica. Respecto de la presencia

de otras personas en el edificio que pudieran haber visto lo

ocurrido, manifiesta que es un edificio antiguo y nunca incluso

cuando él vivió allí se cruzó con los vecinos si quiera, así que ese

domingo no había nadie más que nosotros tres, mi hijo, ella y yo.

T. se quedó mal, asustado por la situación

y desde esa fecha no pude ver a mis hijos. Que por este hecho,

el Juzgado Nacional en lo Civil N° 81, le dio una perimetral a ella

la que se extendió respecto de mis hijos y caducó el 30 de abril de

este año, pero pese a ello, aún no pude verlos. Que hace once años

que viene sufriendo conflictos con su ex pareja, todo lo que

propuse por ejemplo alimentos, todo, ello lo rechaza, No puedo

siquiera planear unas vacaciones con mis hijos ya que ella cambia

los planes todo el tiempo.

En 2007, me denunció por unas amenazas telefónicas que yo supue stamente le hacía, y se llegaron a intervenir las comunicaciones, d onde se pudo comprobar, que era ella la que me llamaba insultánd Fecha de firma: 10/10/2019 Firmado por: L.R.J.S., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: S.C., Secretaria #33086777#246763294#20191010162551047 ome e incluso la mandaron a hacer un estudio psiquiátrico. Que

ella vive con su madre, que estuvo internada por un tiempo de seis

o siete años por problemas psiquiátricos y toma medicamentos por

ello, lo sé porque le conseguía yo esos medicamentos. Por último,

insiste en su negativa de haber agredido físicamente a Patricia

V., lo cual expuso ante la Oficina de Violencia Doméstica

cuyas copias obran en estas actuaciones

.

Asimismo, S. amplió su declaración

indagatoria de 15 de marzo de 2018 y manifestó (cfr. fs. 150):

… yo llamo el día anterior y habló con la

psicopedagoga del Colegio “M.” porque quería saber cómo

estaba el nene, ya que me había enterado por una preceptora de

nombre “M.” que T. había tenido una discusión con

compañeros – venía de cambiar tres veces de curso y repetir de

año, y que por ello lo encontró triste y este le manifestó que se

hacía cargo de todos los problemas de su casa y que le refirió a

sus compañeros que tenía gana de tirarse de un puente. Por eso

llamé al Colegio, me citan para el día 1 de junio de 2017 a las 12.

00 horas, horario que los niños no deberían estar, porque Mía

entra 13.45 horas y T. no estaba concurriendo al Colegio. Allí

tomé conocimiento de lo que ocurría con mi hijo y firmé el

cuaderno del colegió. Al momento de retirar, me crucé con mi hija

en a la entrada del Colegio, fue un hecho fortuito yo no la estaba

esperando a ella, era temprano, porque ella ingresa a las 13.45

horas, ambos nos sorprendimos pero nos saludamos y eso fue lo

Fecha de firma: 10/10/2019 Firmado por: L.R.J.S., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: S.C., Secretaria #33086777#246763294#20191010162551047 Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 1 DE LA CAPITAL FEDERAL CCC 71751/2016/TO1 único que ocurrió, en ese momento estaban presentes un custodio

del colegio y una portera. Respecto de la orden de prohibición, yo

presenté el oficio en abril al Hospital A. y me dijeron que

tenía demora de 6 meses...

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