Sentencia de TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE PARANÁ- SECRETARIA, 20 de Noviembre de 2019, expediente FPA 000117/2014/TO01

Fecha de Resolución20 de Noviembre de 2019
EmisorTRIBUNAL ORAL FEDERAL DE PARANÁ- SECRETARIA

Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE PARANÁ

RESOLUCIÓN N° 191/19 raná, 20 de noviembre de 2019.-

Y VISTO:

El pedido formulado por el Dr. P. de La Madrid, al comparecer ante el Tribunal mediante el escrito presentado (fs. 261/267) en la causa N° FPA 117/2014/TO1 caratulada “DE LA MADRID, PEDRO S/FALSIFICACIÓN DE SELLOS OFICIALES (ART. 288 INC. 1)”, requiriendo la aplicación del instituto regulado por el art. 76 bis del Código Penal a su favor, y, CONSIDERANDO:

  1. Que, en la audiencia de suspensión del juicio a prueba celebrada conforme las prescripciones del art. 293 del C.P.P.N. fueron ratificados los términos del escrito de marras, luego de su lectura por la Señora Secretaria. En él se invocó la procedencia del beneficio interesado fundándose en que el hecho por el cual se encuentra imputado, se encuentra encuadrado en el art. 288 inc. 1 del C.P., por lo que en caso de una eventual condena la misma sería de ejecución condicional.

  2. Se interrogó a P. DE LA MADRID -quien ejerce su defensa material- sobre sus datos personales y se le explicó detalladamente los compromisos que asumiría si se acogiera su pedido, luego de lo cual ratificó en forma expresa el pedido de suspensión del juicio a prueba solicitado, comprometiéndose a cumplir con las reglas de conducta que se le impongan, en alguna institución de bien público, solicitando tiempo para confirmar el lugar.

  3. Corrida la pertinente vista, el Sr. Fiscal General, Dr. J.I.C., ratificó lo manifestado en el dictamen obrante a fs. 322/325, mediante el cual se brindó conformidad para que el Tribunal hiciera lugar a la solicitud de suspensión del juicio a prueba, debiendo DE LA MADRID cumplir durante el término de un año, con la realización de tareas comunitarias en alguna institución de bien público.

    Asimismo, refirió que tal como lo solicitara oportunamente, se notificó a la víctima del delito imputado (A.A.S.) a los fines de que emitiera opinión sobre el pedido formulado por DE LA MADRID y, a su vez, Fecha de firma: 20/11/2019 Alta en sistema: 21/11/2019 Firmado por: R.L.A. , JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: M.B.Z., maria beatriz zuqui - Secretaria #30651247#243423112#20191121100551289 manifestara si interesaba ser citado a la audiencia de conocimiento, a lo cual no efectuó manifestación alguna.

    Finalmente, el probado manifestó que se encuentra realizando un tratamiento en Cuba por cuestiones de salud, con lo cual las tareas comunitarias que desarrolle serán suspendidas cada...

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