Sentencia de TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE COMODORO RIVADAVIA - SECRETARIA, 14 de Agosto de 2019, expediente FCR 011490/2016/TO01

Fecha de Resolución14 de Agosto de 2019
EmisorTRIBUNAL ORAL FEDERAL DE COMODORO RIVADAVIA - SECRETARIA

Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL FEDERAL DE COMODORO RIVADAVIA FCR 11490/2016/TO1 Comodoro Rivadavia, 14 de agosto de 2019.-

AUTOS Y VISTOS:

Este expediente Nº 11490/2016/TO1, caratulados "ACOSTA, MARÍA DE LOS ÁNGELES Y OTROS S/ INFRACCIÓN LEY 26.364" del Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Comodoro Rivadavia.-

Y CONSIDERANDO:

Que a fs. 1475/89vta. la Defensa Pública Oficial de M. de los Ángeles ACOSTA y R.M.B. interpone recurso de casación contra la sentencia definitiva del 29 de julio de 2019 (fs. 1430/59) de este Tribunal, enmarcando su pretensión en el art. 456 inc. 2 del Código Procesal Penal.-

Que la parte recurrente propicia se case la sentencia definitiva que resolvió: “2) CONDENANDO a M. de los Ángeles ACOSTA, D.N.I.

N°28.178.088, de las demás condiciones personales obrantes en autos, como coautora responsable del delito de Trata de Personas con fines de explotación sexual, agravado por mediar engaño, amenazas, abusando de la situación de vulnerabilidad de las víctimas N.A.L.,M.A. y S.B.R., por el número y condición de menores de las víctimas, por el vínculo con una de ellas al ser su ascendiente, y habiéndose consumado la explotación, a la pena de doce años de prisión a cumplir en una cárcel federal, accesorias legales y las costas del juicio (art. 1, 5, 29 inc. 3, 40, 41, 45, 145 bis, 145 ter inc.1, 4, 6, anteúltimo y último párrafo del Código Penal ley 26.364 modificada por ley 26.842, arts. 403, 530, 531 y 533 del Código Procesal Penal, y arts. 18 y 75 inc. 22 de la Constitución Nacional, Protocolo para prevenir, reprimir y sancionar la Trata de Personas, especialmente de mujeres y niños, la Convención de la ONU contra la delincuencia organizada transnacional (Protocolo de Palermo); 3) CONDENANDO a R.M.B., D.N.

  1. N° 24.415.727, de las demás condiciones personales obrantes en autos, como coautor responsable del delito de Trata de Personas con fines de explotación sexual, agravado por mediar amenazas, abusando de la situación de vulnerabilidad de las víctimas N.A.L., M.A. y S.B.R., por el número y condición de menores de las víctimas, y habiéndose consumado la explotación, a la pena de doce años de prisión a cumplir en una cárcel federal, accesorias legales y las costas del juicio (art. 1, 5, 29 inc. 3, 40, 41, 45, 145 bis, 145 ter inc.1, 4, anteúltimo y último párrafo del Código Penal ley 26.364 modificada por ley 26.842, arts. 403, 530, 531 y 533 del Código Procesal Penal, y arts. 18 y 75 inc. 22 de...

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