Sentencia de TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE COMODORO RIVADAVIA - SECRETARIA, 4 de Junio de 2019, expediente FCR 000092/2018/TO01

Fecha de Resolución 4 de Junio de 2019
EmisorTRIBUNAL ORAL FEDERAL DE COMODORO RIVADAVIA - SECRETARIA

Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE COMODORO RIVADAVIA FCR 92/2018/TO1 oro Rivadavia, 4 junio del 2019.-

VISTA La constitución del Tribunal Federal en lo Criminal del Chubut, integrado por el Dr. E.J.G., S.retaría del Dr. R.A.T., para conocer y sentenciar en juicio unipersonal esta causa N° FCR 92/2018/TO1 caratulada “GARCIA, J.I.–.B., E.D.s.ón Ley 23737” originaria del Juzgado Federal de Rawson y elevada a juicio por infracción al art. 5 inc. c) de la Ley 23.737, respecto de J.I.G., nacido el 3 de diciembre de 1984, en Trelew, Provincia del Chubut, hijo de R.D. y M.G.E., soltero, instruido, profesor de educación física, con domicilio en Moreno Norte 64 de Trelew, D.N.

I. Nº 31.020.411 y E.D.B., nacido el 2 de abril de 1986, en Trelew, Provincia del Chubut, hijo de R.D. y A.S.C.; soltero, instruido, empleado, con domicilio en Alem 891 2º A de Trelew, D.N.

I. Nº 32.220.059; de cuyas constancias el Dr. G. dijo que, RESULTA

I) El 12 de enero de 2018, cerca de las 20:50 hs., durante un control de rutina por Gendarmería Nacional, emplazado sobre la RP Nº4 intersección con RN Nº3, -acceso norte a Puerto M.-, se secuestró

marihuana dentro de una bolsa de nylon, hallada en el piso del lado del acompañante del vehículo Bora Dominio FSO-203 conducido por B., acompañado por G., según pericia química Nº9/18 a fs. 60/3 y 131/6 resultaron 2017,38 grs. de marihuana.-

Invitados a prestar declaración indagatoria G. lo hizo a fs. 29/31 y B. a fs. 32/4, ordenándose sus procesamientos a fs. 73vta.

por transporte de estupefacientes, art. 5 inc. c) de la ley 23737; el F.F.D.F.O.G. requirió la elevación a juicio a fs. 141/7, ordenada por el Juez Federal de instrucción Dr. G.G.L. a fs. 157.-

II) Recordadas que le fueron en la audiencia las garantías que le asisten, J.I.G. declaró que un conocido de jugar al fútbol apodado “Toro”, en plaza Centenario de Trelew, le pidió que le lleve desde M. un paquete, mediano, cerrado, que reconoce exhibido, por el que le pagaría una suma de dinero; se lo dieron todo cerrado y empaquetado y lo tapó

con su buzo negro, llevándolo bajo el brazo; se encontró a M. en M., que llamó a quien trajo el paquete y lo llevó a buscarlo en moto, se lo dieron en la ruta Fecha de firma: 04/06/2019 Alta en sistema: 05/06/2019 Firmado por: E.J.G., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: R.A.T., S.retario de Cámara TOFCR #32206202#236269000#20190605115744777 en la zona pesquera, cerca de un faro antiguo y recién tuvo conocimiento de su contenido cuando Gendarmería abre la bolsa. B. lo lleva de favor y deja en el hospital y lo vuelve a buscar al mismo lugar adonde le dijo “Toro”, no tenía mochila, ni nada en que ponerlo y tapó para llevar, se lo dio otra persona que no conoce y lo vuelven a llevar hasta el hospital, al rato lo pasan a buscar, sube con el paquete envuelto y B. no se da cuenta, lo tiene en sus manos y se sentó del lado del acompañante, lo pone envuelto en el buzo en el piso, hacen una parada y vuelven a Trelew y los para Gendarmería, desciende B., revisan el baúl y después lo hacen descender a él, revisan el auto y cuando miran debajo del asiento ven el paquete debajo de donde estaba sentado, lo desenvuelven, también la bolsa, le preguntan que era, contestó que no sabía, es consumidor de marihuana desde los 18 años y no sabe si necesita tratamiento, no comercia marihuana, ni vende o convida, es la primera vez que transporta un paquete; antes dijo que no conocía a quien le hizo el contacto, al momento que relataba la historia, hacían muchas preguntas y estaba muy nervioso, con mucho miedo, es mucha droga y no quería dar más precisiones de las personas, conoce a M. de antes, hizo una comunicación telefónica, le mandaron una foto de él y era el contacto para darle el paquete, no sabía dónde se lo iban a dar, los que le entregan la caja vienen en auto, P. o Corsa y se acercó a la ventanilla y baja una persona muy grande, media morocha y le dio el paquete, que envolvió y llevó, “Toro” y M. tenían su teléfono y por allí lo contactan.-

A su turno E.D.B., manifestó que a J. lo conoce desde los 9 años, cada uno hizo su vida, se juntaron en Año Nuevo a brindar, en ese momento comentó que tenía que viajar a M. para hacer un viaje si lo podía llevar y ese día preguntó si iba a ir, le dijo que no en ese momento, porque no tenía impreso el seguro del auto, ese mismo día lo imprime y se van, lo deja cerca del hospital, no le dijo para que iba, que iba a ver a alguien y él se va al Puerto, pasa por el banco, 30-40 minutos y recibe un mensaje o llamado para que lo pase a buscar al mismo lugar, le quedaba más cerca salir por acceso norte, cargaría en el Tenaz, mientras iban yendo pidió parar, bajó con el buzo abajo del brazo y entró de la misma manera, era un descampado, aprovechó

a cargar agua a los zorrinos y no vio si subió con un paquete, sube él primero no ve nada raro y salen, aproximadamente a un km estaba el control de Gendarmería y recién se dio cuenta que había un paquete cuando los pararon y hasta que no hicieron las pruebas no supo que era, no transporta, no consume, no comercia drogas, ni tiene antecedentes, nunca le mencionó el motivo del viaje, dijo que se iba a ver con alguien, no sospechó, no conoce mucho el olor a marihuana, ni lo sintió en el auto, es fumador de tabaco y fuma en el auto, en el momento que lo Fecha de firma: 04/06/2019 Alta en sistema: 05/06/2019 Firmado por: E.J.G., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: R.A.T., S.retario de Cámara TOFCR #32206202#236269000#20190605115744777 Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE COMODORO RIVADAVIA FCR 92/2018/TO1 paran fumaba, P.M., los hicieron bajar para verificar el baúl y no conoce a Toro, ni a M..-

Se rindió en el debate la prueba a la cual se aludirá

luego.-

El F. General Dr. T.N., por las razones de hecho y derecho que registra el acta del debate acusa a J.I.G. como autor de transporte de estupefacientes prohibidos y le solicita 4 años de prisión, multa de 45 unidades fijas, accesorias legales y costas; respecto de E.D.B. desistió de acusar y solicitó su absolución de culpa y cargo.-

Por su parte el Defensor Particular, Dr. A.M., por los argumentos que expuso, peticionó la absolución de B. y respecto de G., como no hay elementos para vincularlo a una cadena de comercio del narcotráfico y su traslado fue de muy pocos kilómetros, propone cambiar calificación a la de tenencia simple.-

Las partes letradas no hicieron uso de sus derechos de réplica y los procesados expresaron sus últimas palabras del asunto, colocando los autos en condiciones de sentenciarse, dándose lectura al siguiente veredicto.-

Que por el análisis de las probanzas recogidas y los argumentos de las partes, encontrándose fundado en los términos del art.69 del CPP el dictamen del Ministerio Público F., se TIENE POR DESISTIDO DEL EJERCICIO DE LA ACCION PENAL AL SR. FISCAL GENERAL Y SE ABSUELVE DE CULPA Y CARGO a E.D.B., por el hecho por el que fue elevado a juicio criminal, cesando a su respecto cualquier restricción que por este le hubiera sido impuesta y sin costas; CONDENANDO a J.I.G., de las demás condiciones personales de autos, como autor responsable de transporte de estupefacientes, a cuatro años de prisión, multa de cuarenta y cinco unidades económicas fijas, accesorias legales y costas, arts. 12, 40, 41, 45 y 77 CP, 69, 402, 403, 530 y 531 del CPP y 5 inc. c de la ley 23737, difiriéndose la lectura de fundamentos de la sentencia, dentro del quinto día hábil del corriente año a las en la sede del Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Comodoro Rivadavia.-

Y CONSIDERANDO

III) A fs. 2/3 luce el acta del procedimiento de la Gendarmería Nacional del 12 de enero de 2018, labrada por el S.M.J.Á.R. a cargo, en el ingreso norte a la ciudad de Puerto M., sobre RP Nº4 intersección con RN Nº3, de un control de rutina documentológico, al solicitar documentación a los ocupantes del vehículo Bora Dominio FSO-203, B. -conductor- y G. -acompañante-, éste último manifestó no contar con ellos, al tiempo que exteriorizó nerviosismo y solicitó que desciendan, Fecha de firma: 04/06/2019 Alta en sistema: 05/06/2019...

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