Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Tucumán, 3 de Octubre de 2019, expediente FTU 008614/2016/TO01

Fecha de Resolución 3 de Octubre de 2019
EmisorTRIBUNAL ORAL FEDERAL DE SANTIAGO DEL ESTERO - SECRETARIA

Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL FEDERAL DE SANTIAGO DEL ESTERO Autos: “Principal en Tribunal Oral TO01 - IMPUTADO:

ARGUELLO, C.D. Y OTROS s/INFRACCION LEY 23.737 (ART.5 INC.C)” - Expte. Nº 8614/2016.

FB Santiago del Estero, 03 de octubre de 2019.

VISTO:

La comunicación proveniente del Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Tucumán (fs. 1692/1696), mediante la que se hace saber a este Tribunal la unificación de penas dispuestas respecto del interno D.A. CARO, D.N.

  1. N° 27.371.206, argentino, soltero, de profesión o actividad comerciante, de 40 años de edad, nacido el 13 de mayo de 1979 en la ciudad de San Miguel de Tucumán, hijo de M.A.V. (f) y de G.B.C., con último domicilio en la localidad de Romera Pozo, departamento L., provincia de Tucumán, actualmente cumpliendo prisión domiciliaria en en mismo domicilio indicado; y CONSIDERANDO:

  2. Que conforme surge de la copia certificada de resolución agregada a fs. 1692/16195, en fecha 14 de octubre de 2016, el interno D.A. CARO fue condenado por este Tribunal Fecha de firma: 03/10/2019 Alta en sistema: 04/10/2019 Firmado por: FEDERICO BOTHAMLEY, Juez de Ejecución Penal Firmado(ante mi) por: O.C.S.C., Secretario 1 #29306002#246081095#20191004102807492 Oral en lo Criminal Federal de Tucumán, en la causa caratulada “Caro, D.A. y otros s/infracción a la ley 23.737 (art. 5 inc. c)”-

    Expte. N° 12425/2014, a la pena de ocho (8) años de prisión, multa de seis mil pesos ($ 6.000,00), accesorias legales por igual término de la condena y costas, por ser autor voluntario y responsable del delito de comercio de estupefacientes, previsto por el art. 5°, inc. “c” de la ley 23.737, con la agravante prevista por el art. 11 de la citada ley.

    Asimismo, en fecha 13 de junio de 2017, el interno D.A. CARO fue condenado por este Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Santiago del Estero, en la presente causa, a la pena de seis (6) años de prisión, multa de cinco mil pesos ($ 5.000,00), accesorias legales por igual término de la condena y costas, por ser autor voluntario y responsable del delito de comercio de estupefacientes, previsto por el art. 5°, inc. “c” de la ley 23.737, con la agravante prevista por el art. 11 de la citada ley (sentencia de fs. 772/782).

    Que, en fecha 14 de agosto de 2016, el Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Tucumán en el incidente N° 27, caratulado “Caro, D.A. s/incidente de prisión domiciliaria”, expediente N°

    12425, resolvió unificar las penas impuestas a...

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