Sentencia de TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE GENERAL ROCA, 18 de Junio de 2019, expediente FGR 029458/2017/TO01

Fecha de Resolución18 de Junio de 2019
EmisorTRIBUNAL ORAL FEDERAL DE GENERAL ROCA

Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE GENERAL ROCA FGR 29458/2017/TO1 Principal en Tribunal Oral TO01 - IMPUTADO: PIUTRIN, R. Y OTROS s/INFRACCION LEY 23.737 (ART.5 INC.C)

General Roca, 18 de junio de 2019.-

AUTOS Y VISTO:

Los recursos de casación interpuestos por el doctor C.E.V.L., agregado a fs. 614/641 y a fs. 642/667, en estos autos caratulados “PIUTRIN, R. Y OTROS s/INFRACCION LEY 23.737 (ART.5 INC.C)” (expte. FGR 29458/2017/TO1); y CONSIDERANDO:

  1. Que, contra la sentencia obrante a fs.

    572/609, mediante la cual este Tribunal resolvió “I)

    RECHAZAR la totalidad de los planteos de nulidad incoados por la defensa, conforme los fundamentos expuesto en la primera cuestión, sin costas (arts. 166 y 531 del CPPN); ABSOLVER por falta de acusación fiscal a N.S.F., DNI 30.842.794, y ERICK D.V., DNI 37.474.796, de demás condiciones personales acreditadas en autos, del delito por el que fueron requeridos a juicio criminal, cesando a su respecto cualquier restricción que por ello les hubiere sido impuesta, sin costas (arts. 3, 402 y 530 del Código Procesal Penal de la Nación) (…)

    CONDENAR a R.P., DNI 25.067.885, de circunstancias personales acreditadas en autos, a la pena de CUATRO (4)

    AÑOS y SEIS (6) MESES DE PRISIÓN de cumplimiento efectivo, MULTA de 45 unidades fijas, equivalentes a CIENTO SESENTA Y Fecha de firma: 18/06/2019 Alta en sistema: 19/06/2019 Firmado por: R.F.G., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: D.M.P., SECRETARIO DE CAMARA #32622517#237130521#20190618113531183 Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE GENERAL ROCA FGR 29458/2017/TO1 DOS MIL PESOS ($162.000,00) (art. 1, ley 27.302; anexo I “Valores de formularios ley 25.363”, resol. 123/2019 del Ministerio de Seguridad), y las costas del proceso, por considerarlo autor penalmente responsable del delito de tenencia ilegítima de estupefacientes con fines de comercialización (art. 5, inciso “c”, ley 23.737; art. 45 del Código Penal);

    V) CONDENAR a B.N.Q., DNI 37.474.622, de circunstancias personales acreditadas en autos, a la pena de TRES (3) AÑOS DE PRISIÓN de ejecución condicional, multa de doscientos veinticinco pesos ($225) y costas procesales, por considerarla autora penalmente responsable del delito de tenencia ilegítima de estupefacientes (art. 14 primera parte de la ley 23.737, y arts. 26 y 45 del Código Penal);

    VI) CONDENAR a V.M.Q., DNI 31.968.134, de circunstancias personales acreditadas en autos, a la pena de DOS (2) AÑOS y SEIS (6) MESES DE...

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