Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Mendoza - TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE MENDOZA 1 - SECRETARIA, 3 de Septiembre de 2019, expediente FMZ 069170/2018/TO01

Fecha de Resolución 3 de Septiembre de 2019
EmisorTRIBUNAL ORAL FEDERAL DE MENDOZA 1 - SECRETARIA

Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE MENDOZA 1 SENTENCIA N° 1967 En la ciudad de Mendoza, a los tres (03) días del mes de septiembre del año dos mil diecinueve, el Tribunal Oral en lo Criminal Federal Nº 1 de Mendoza, integrado colegiadamente por los señores Jueces de Cámara doctores M.P.M., A.W.P. y A.D.C., con la Presidencia de la primera de los nombrados, en presencia del señor S., doctor A.F.(.h), luego de la Audiencia de Debate Oral y Público celebrada en autos Nº FMZ 69170/2018/TO1, caratulados: Principal en Tribunal Oral TO01 – IMPUTADO: M.Q., S.A. s/INFRACCION LEY 22.415 incoado contra S.A.M.Q. de nacionalidad chilena, nacido en S. de Chile el día 09 de septiembre de 1982, R.U.T. Nº

15.352.3527, soltero, técnico en conectividad y redes, hijo de S. y de E., con domicilio en Pasaje Pellines Nº 1219, S. de Chile, República de Chile, en forma definitiva:

FALLA:

  1. CONDENANDO a S.A.M.Q. a la pena de CUATRO (04) AÑOS DE PRISIÓN, a la pérdida de las concesiones, regímenes especiales, privilegios y prerrogativas de que gozare; a la inhabilitación especial de un año para el ejercicio del comercio; a la inhabilitación absoluta especial perpetua para desempeñarse como miembro de las fuerzas de seguridad y a la inhabilitación absoluta por doble tiempo que el de la condena para desempeñarse como funcionario o empleado público (artículo 876, apartado 1º, incisos “d”, “e”, “f” y “h”, ley 22.415) con accesorias legales y costas (artículo 12 del CP, siguientes y concordantes del C.P y artículo 531, siguientes y concordantes del CPPN)

    por considerarlo penalmente responsable de la infracción al artículo 866 primera parte de la ley 22.415 (cfr. artículo 77 del C.P) en función del artículo 864, inciso “d” de la misma normativa legal, en calidad de autor.

  2. ORDENANDO la destrucción del estupefaciente incautado, a los términos del artículo 30 de la ley 23.737.

  3. ORDENANDO REMITIR copia certificada de la presente sentencia a la Administración Nacional de Aduanas –Delegación Mendoza- a Fecha de firma: 03/09/2019 Firmado por: A.W.P., Juez de Cámara Firmado por: A.D.C., Juez de Cámara Firmado por: M.P.M., Juez de Cámara Firmado(ante mi) por: AMADEO FRUGOLI, S. Federal #33652875#243200106#20190903135924821 Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE MENDOZA 1 los fines de la aplicación de las penas accesorias que sean de su competencia (art. 1026, ley 22.415).

  4. DIFIRIENDO la regulación de HONORARIOS PROFESIONALES a la acreditación del...

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