Sentencia de Cámara Federal de Casación Penal - CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL - SALA 4, 11 de Octubre de 2019, expediente FSM 131667/2018/TO01

Fecha de Resolución11 de Octubre de 2019
EmisorCAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL - SALA 4

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL - SALA 4 FSM 131667/2018/TO1 REGISTRO NRO. 2095 /19.4 Buenos Aires, 11 de octubre de 2019.

AUTOS Y VISTOS:

Para resolver en la presente causa FSM 131667/2018/TO1/CFC1, acerca del planteo de nulidad articulado a fs. 215/216 por la Defensa Pública Oficial, asistiendo a C.S.C..

Y CONSIDERANDO:

  1. El defensor dijo que C. había revocado a su abogado particular, M.A.M., pero que, pese a estar notificado de dicha situación, el letrado continuó interviniendo en las actuaciones en la alzada y en ese marco presentó las breves notas sustitutivas de la audiencia prevista en los art. 465 y 468 del C.P.P.N.

    Esgrimió que el trámite realizado en esta instancia con anterioridad al dictado de la resolución de fecha 5 de septiembre de 2019 fue llevado a cabo sin la intervención de la defensa designada por C..

    Indicó que ese escenario implica la nulidad absoluta de todo lo actuado a partir de la revocatoria realizada por C. en las presentes actuaciones, es decir de la etapa prevista para la audiencia de informes el 28 de agosto de 2019 y de la sentencia dictada el 5 de septiembre de 2019.

    Solicitó que esta S. declare la nulidad de todo lo actuado por ella a partir de la mencionada revocatoria y que se remita la causa a la oficina de Fecha de firma: 11/10/2019 Firmado por: M.H.B., JUEZ DE CAMARA DE CASACION Firmado por: G.M.H., JUEZ DE CAMARA DE CASACION Firmado por: J.C., JUEZ DE CAMARA DE CASACION Firmado(ante mi) por: M.F.O., PROSECRETARIO DE CAMARA #32372984#246704223#20191011125956381 sorteos para que se desinsacule otra S. para que intervenga en la sustanciación del trámite recursivo.

    Agregó que en forma previa a resolver, se suspenda el plazo estipulado por el artículo 257 del C.P.C.yC.N.

    para la interposición del recurso extraordinario federal.

  2. Ahora bien, de manera preliminar deviene necesario recordar lo actuado en las presentes actuaciones por esta S. IV.

    La presente causa ingresó a estudio de este Tribunal el día 6 de diciembre de 2018 (cfr. fs. 182 vta.) a los efectos de resolver el recurso de casación que había interpuesto el doctor M.A.M. como abogado defensor de C.S.C. a fs. 161/178 vta.

    Esa defensa había recurrido la sentencia dictada por el Tribunal Oral en lo Criminal y Federal nº 1 de San Martin mediante la cual: se condenó a C. como autor penalmente responsable del delito de hurto agravado por tratarse de cosas muebles transportadas a la pena de siete (7) meses de prisión de efectivo...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR