Sentencia de TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 25 DE LA CAPITAL FEDERAL, 8 de Octubre de 2019, expediente CCC 054075/2019/TO01

Fecha de Resolución 8 de Octubre de 2019
EmisorTRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 25 DE LA CAPITAL FEDERAL

Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 25 DE LA CAPITAL FEDERAL CCC 54075/2019/TO1 En la Ciudad de Buenos Aires, el día 8 de octubre del año dos mil diecinueve, el Sr. Juez del Tribunal Oral en lo Criminal N° 25, Dr. R.B.L., bajo la modalidad de juzgamiento con un único magistrado -según texto ley 27308-, con la asistencia de la Sra. Secreta-

ria ad hoc, Dra. M.G., dicta sentencia en la causa Nº 6118 de registro de este Tribunal, contra E.D.L. (argentino, nacido el día 30 de junio de 1985 en San Fernando –Virreyes, Pcia. de Buenos Aires-, titular del 31.847.181, hijo de F.J.L. y de M.I.C., soltero, con domicilio real en Guatemala 1775 de San Fernando -Pcia. de Buenos Aires- y actualmente detenido en el Complejo Penitenciario Federal n° 1 de Ezeiza) en orden al delito de robo simple en grado de tentativa.

Intervienen en el proceso la Sra. A.F., Dra. V.Z., de la Fiscalía General n°

18, y el Dr. M.P. por la defensa del procesado.

El Dr. R.B.L. dijo:

Y VISTOS:

Han venido estas actuaciones a conocimiento del Tribunal en virtud del requerimiento de elevación a juicio obrante a fs. 58/60 en el cual el Señor Representante del Ministerio Público Fiscal atribuyó

al imputado E.D.L. el delito de robo simple en grado de tentativa, por el cual deberá

responder en calidad de autor (arts. 45 y 164 del Código Penal), en base a la descripción fáctica que formulara en dicha acusación.

CONSIDERANDO:

Primero

Que a fs. 90 la Señora A.F. y la Defensa, con la conformidad expresa del imputado solicitan se aplique en esta causa el procedimiento de "juicio abreviado" previsto por el art. 431 bis, del Código Procesal Penal de la Nación, introducido por la ley 24.825.

Fecha de firma: 08/10/2019 Firmado por: R.B.L., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: M.G., SECRETARIA AD HOC #34031004#246506592#20191008131329573

Segundo

De las pruebas recibidas durante la instrucción:

Lo expuesto en base a las siguientes probanzas arrimadas a la causa:

-Declaración testimonial del O.M.G.E.G. de fs. 3, quien señala que el día 30 de julio de 2019, siendo las 15.40 horas, en circunstancias en que recorría el ejido jurisdiccional en misión de vigilancia general y prevención de ilícitos a bordo del móvil interno 6108, fue que escuchó mediante su equipo de comunicación asignado, la solicitud de apoyo por parte de personal de facción de la Comisaría Vecinal n° 12 C, que se encontraba en persecución de un masculino de 1.80 mts. de altura…

autor de un ilícito en A. 1885, el cual se desplazaba por la calle A. en dirección a La Pampa, logrando la detención del mismo en la calle Varsovia 2947. Atento a ello, procedió a desplazarse al lugar, y al momento del arribo pudo visualizar que personal policial mantenía detenido a una persona de sexo masculino en Varsovia 2947, al cual se identificó

como E.D.L.….

-acta de fs. 1/2 -acta de detención de fs. 4; -declaraciones testimoniales de JORGE PERRETA y de TOMAS GARGANO de fs. 5/6, quienes oficiaron como testigos de actuación.

-Declaración testimonial del Oficial M.I.Z.S. de fs. 7, quien señala que el día del hecho, siendo las 15.40 horas, en circunstancias que se encontraba cumpliendo funciones de despliegue territorial en la intersección de B. y Burela, fue que pudo escuchar mediante su equipo de comunicación asignado, alerta irradiado por personal de facción de la Comisaría Vecinal 12 C, el cual se encontraba en persecución de una persona de sexo masculino de 1.80 mts….el cual vestía chaleco de color negro, autor del ilícito de A. 1885, el cual se desplazaba por la calle A. en dirección a Fecha de firma: 08/10/2019 Firmado por: R.B.L., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: M.G., SECRETARIA AD HOC #34031004#246506592#20191008131329573 Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 25 DE LA CAPITAL FEDERAL CCC 54075/2019/TO1 La Pampa. Atento a ello, procedió a desplazarse 100 metros, hacia la calle A., visualizando que por la mencionada arteria, se desplazaba a la carrera de un masculino, en primer instancia por la calle B., siguiendo por A., para luego doblar en la calle Varsovia, logrando la detención del mismo, utilizando la fuerza mínima indispensable en Varsovia 2947. Seguidamente, el masculino de mención fue identificado como E.D.L.…”.

-Plano de fs. 8 -Declaración testimonial del Oficial J.A.G.M. de fs. 9, quien expone que el día 30 de julio de 2019, le fue asignada la cobertura de la parada ubicada en la intersección de las calles E. y Barzana, lugar donde el deponente inició

su servicio a las 14.00 horas, recorriendo las inmediaciones en calidad de vigilancia general, hasta las 15.30 aproximadamente, en momentos en que el deponente se encontraba caminando por la calle E. en la intersección con la calle A., observando que en esos momentos…una persona de sexo masculino vistiendo una campera color negro…el cual se desplazaba corriendo y que por detrás de éste se desplazaba una persona de sexo femenino…

señalando al masculino y gritando “policía”

repetidamente, llegando estas personas hacia la calle Barzana donde el masculino dobla y continúa su huida…

por lo que el deponente procedió a correr hacia la calle A., doblando hacia La Pampa mientras por frecuencia de comando 911, irradiaba el alerta de la persecución del masculino aportando la descripción del mismo…el declarante decidió regresar donde había...

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