Sentencia de TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 30 DE LA CAPITAL FEDERAL, 28 de Mayo de 2019, expediente CCC 043507/2018/TO01
Fecha de Resolución | 28 de Mayo de 2019 |
Emisor | TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 30 DE LA CAPITAL FEDERAL |
Poder Judicial de la Nación Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional N° 30 de la Capital Federal CCC 43507/2018/TO1 la Ciudad de Buenos Aires, a los 28 días del mes de mayo de 2019, para dictar las motivaciones de hecho y de derecho en que se fundamenta el veredicto dictado por este Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional n° 30 de la Capital Federal, en la que intervinieron sus miembros, el Dr. G.E.F., quien presidió el debate, así como también los Dres. M.M.R. y L.M.R., con la presencia del S.A., el Dr. J.M.A., en la causa n° 5665, seguida a M.G.G.D. (o M.G.D.G., o M.G.G., o M.G.D., o M.G.D.–argentino, titular de Documento Nacional de Identidad n°
41.818.725 -no constatado-, nacido el 2 de febrero de 1999 en la localidad bonaerense de Gregorio de Laferrere, ayudante de albañil, hijo de M.Á.G.D. y de V.L.A., soltero, instruido, con último domicilio en la calle C.G. 3108 de la localidad de Gregorio de Laferrere, provincia de Buenos Aires, con legajo de la Policía Federal Argentina AGE 222407, y legajo del Registro Nacional de Reincidencia O3512431; actualmente detenido en el Complejo Penitenciario Federal de Jóvenes Adultos –
Unidad 24- donde se encuentra registrado bajo el L.P.U. n° 411.430/P.
En representación del Ministerio Público, lo hizo la Sra. F. General Dra. G.G.C. -a cargo de la F.ía General n° 26-, mientras que por la defensa del encausado actuó el Sr. Defensor Oficial Coadyuvante D.J.L.C. –de la Defensoría Pública Oficial n°1-.
El Dr. G.E.F. dijo:
C. en estas actuaciones, la audiencia de debate, la deliberación y dictado el veredicto condenatorio por mayoría -respecto del grado de consumación de uno de los hechos ventilados- de este Tribunal, tal como surge del acta y piezas respectivas, daré a continuación mi voto y sus fundamentos.
Fecha de firma: 28/05/2019 Firmado por: L.M.R., JUEZ DE CAMARA Firmado por: M.M.R., JUEZ DE CAMARA Firmado por: G.E.F., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: J.M.A., SECRETARIO DE CAMARA #32552670#235698227#20190528124132200
I.E. del hecho y de las circunstancias materia de acusación.
1.1.-Se le imputó a M.G.G.D. los siguientes hechos, según transcripción textual del correspondiente requerimiento fiscal de elevación de la causa a juicio (ver fs. 211/216):
a. El primero de ellos tuvo lugar el pasado 28 de Julio de 2018, siendo aproximadamente las 17.15 horas, en la calle Z. entre Cachimayo y E.M. de esta Ciudad y consistió en haberse apoderado ilegítimamente y mediante el uso de un destornillador de un teléfono celular marca Alcatel, modelo A3, propiedad de L.M.E..-
Para ello y en circunstancias en que la nombrada caminaba junto a su hermana M.B.E. por la calle mencionada, G.D. se acercó y le pidió un cigarrillo; que la damnificada le entregó el que tenía en su mano. En ese momento, M.G.G.D. extrajo de entre sus ropas un destornillador con mango de plástico color blanco, con el cual la apuntó en el abdomen y le manifestó ‘dame el celular, quédate quieta, dame el celular’ (sic), al tiempo que introdujo la mano en el bolsillo de su tapado y le sustrajo el teléfono antes descripto, para luego darse a la fuga caminando rápidamente en sentido a la calle E.M..-
Al advertir el acusado que la damnificada y su hermana continuaban paradas en el lugar, les gritó “sigan caminando o les voy a meter un fierrazo” (sic), para finalmente salir corriendo por la calle E.M. y doblar en Z., donde lo perdieron de vista.-
Al observar un móvil policial, interiorizaron al O.R.E.R. de lo sucedido, por lo que éste emprendió la búsqueda en la zona, dando con un hombre que coincidía con la descripción brindada por la víctima, quien intentaba descartarse de un destornillador y un celular, elementos que fueron secuestrados, procediendo a su detención sobre la calle S. 1941 de esta Ciudad.-
Fecha de firma: 28/05/2019 Firmado por: L.M.R., JUEZ DE CAMARA Firmado por: M.M.R., JUEZ DE CAMARA Firmado por: G.E.F., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: J.M.A., SECRETARIO DE CAMARA #32552670#235698227#20190528124132200 Poder Judicial de la Nación Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional N° 30 de la Capital Federal CCC 43507/2018/TO1 Finalmente, E. se hizo presente en el lugar junto con su hermana y reconoció a M.G.G.D. como el autor del hecho del cual fuera víctima, como así también su teléfono celular y el destornillador utilizado en el hecho. -
b. En segundo lugar se le atribuyó a M.G.G.D. el haberse apoderado ilegítimamente, junto con A.R.O. y un tercer hombre no individualizado, mediante la exhibición de un arma de fuego, de una rueda marca “Bridgestone”, una llave cruz, un paquete de cigarrillos y la suma de veinte pesos, propiedad de D.G.. Tal suceso tuvo lugar el pasado 15 de Enero de 2018, siendo aproximadamente a las 3.15 horas, en la calle B. 1900 de ésta Ciudad. -
Que el nombrado G. había dejado estacionado su vehículo marca Renault, modelo D., dominio LQI-375, en el lugar mencionado y al regresar por el mismo, alrededor de las 3.40 horas, y abrir la puerta para ingresar fue interceptado por G.D. y R.O., quienes lo aguardaban apoyados sobre el rodado y le exigieron dinero.-
Frente al temor de sufrir algún tipo de agresión, le hizo entrega de la suma de veinte pesos ante lo cual R.O. extrajo de su mochila un arma de fuego y blandiéndola en dirección a la víctima, le refirió “esto no alcanza, dame todo”, mientras G.D. revisó los bolsillos de su pantalón y le sustrajo un paquete de cigarrillos. -
Seguidamente, G. se alejó del lugar a pie en búsqueda de personal policial, ocasión en la cual los imputados ingresaron al vehículo, lo revisaron -arrojaron papeles, documentación y demás pertenencias en la vía pública-mientras que se apersonó un tercer hombre no identificado quien también procedió a inspeccionar el interior del automóvil. –
Además, R.O. con el arma aludida en su mano, abrió el capot del rodado y ejerció fuerza sobre las piezas del interior, sin lograr el Fecha de firma: 28/05/2019 Firmado por: L.M.R., JUEZ DE CAMARA Firmado por: M.M.R., JUEZ DE CAMARA Firmado por: G.E.F., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: J.M.A., SECRETARIO DE CAMARA #32552670#235698227#20190528124132200 desprendimiento de ellas, conducta que G.D. repitió
ocasionando el corte de los cables de la batería, Posteriormente, R.O. extrajo por la puerta trasera derecha del vehículo una rueda de auxilio marca “Bridgestone” y todos ellos se alejaron del lugar.-
Que el damnificado regresó a su vehículo, tras no poder ubicar a personal policial, y al ver a los imputados emprender su huida, logró
reconectar precariamente la batería de su auto, advirtió el faltante de su llave cruz y se retiró abordo del mismo.-
Finalmente, alrededor de las 4.00 horas, y a partir de las precisiones aportadas por personal del Centro de Monitoreo Tecnológico, el C.O.D.S. de Gendarmería Nacional Argentina aprehendió al acusado junto a R.O. sobre la Avenida C. 1671 de esta Ciudad, con la rueda sustraída en su poder. -
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1.2.- Conforme surge del acta de debate la Señora F. General alegó que: “tiene demostrados ambos hechos. En cuanto al primero de ellos, ocurrido el 28 de julio de 2018 en horas de la tarde, quedó acreditado con el relato de L. E. y su hermana M., quienes expresaron que cuando salieron de su domicilio se les acercó el imputado, quien le pidió un cigarrillo a L. y que, cuando ésta se disponía a entregarle uno, el imputado extrajo un destornillador con mango blanco y se lo acercó a la zona abdominal, a la vez que le ordenó que le entregara su teléfono celular y aunque ésta le dijo que no tenía teléfono, el encausado le metió la mano en el bolsillo y se lo sacó, a la vez que le dijo que siga caminando calladita, retirándose el imputado como si nada.
Que, L. se unió a su hermana y se quedaron hablando paradas, y al advertir ello el imputado, les dijo que se fueran del lugar porque si no les iba a pegar un tiro, luego de lo cual se fue corriendo del lugar, por lo que dedujeron no tenía consigo arma de fuego alguna, por lo que decidieron perseguirlo cuando el imputado ya les llevaba una cuadra de ventaja.
Durante el trayecto encontraron un patrullero y le contaron lo Fecha de firma: 28/05/2019 Firmado por: L.M.R., JUEZ DE CAMARA Firmado por: M.M.R., JUEZ DE CAMARA Firmado por: G.E.F., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: J.M.A., SECRETARIO DE CAMARA #32552670#235698227#20190528124132200 Poder Judicial de la Nación Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional N° 30 de la Capital Federal CCC 43507/2018/TO1 sucedido, iniciando el preventor la búsqueda, quien siguió el recorrido por indicaciones de los transeúntes, que le decían que el imputado se había sacado la campera, logrando finalmente la detención en S. 1900. Que, también por indicaciones de los vecinos, arribaron al lugar la damnificada y su hermana, ocasión en que observaron cuando el imputado arrojaba hacia la calle el celular sustraído y el destornillador utilizado, a la vez que reconocieron al imputado como el autor del hecho, quien manifestaba que él no había sido, sino su hermano gemelo. La damnificada, a su vez, contestó las solicitudes del personal policial para acreditar que ella era la propietaria del teléfono descartado.
Valora también el testimonio del preventor R., en cuanto manifestó que puesto en conocimiento del hecho y con las descripción que le brindaron las víctimas de la ropa que llevaba puesta el autor del hecho y dirección de huida, inició la persecución con colaboración de los vecinos que le indicaban que se había sacado un buzo rojo; que vio cuando el sujeto descartaba un teléfono celular y un destornillador, y luego cuando se acercan las denunciantes y reconocen al imputado, el celular y el destornillador.
Respecto de ese hecho, el imputado se negó a declarar.
Asimismo, tiene también por probado el hecho N° 2, ocurrido el 15 de enero de 2018, cuando el gendarme S. se hallaba recorriendo la jurisdicción y fue alertado para constituirse en B. al 1900 por dos masculinos en actitud de robo. Que al llegar al lugar no vio nada, pero que, desde el...
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