Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de San Martín - TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE SAN MARTIN 1 - SECRETARIA, 7 de Junio de 2019, expediente FSM 054081/2017/TO01

Fecha de Resolución 7 de Junio de 2019
EmisorTRIBUNAL ORAL FEDERAL DE SAN MARTIN 1 - SECRETARIA

Poder Judicial de la Nación REGISTRO RESOL. Nº: __________________ FSM AÑO CAUSA Nº _ En la ciudad de Olivos, Provincia de Buenos Aires, a los 20 DÍAS DEL MES DE MAYO DE 2019 a las 10:00 horas, se constituye en la Sala de Audiencias el Tribunal Oral en lo Criminal Federal No. 1 de San Martín, presidido por el Señor juez H.O.S. e integrado en calidad de vocales por los Señores jueces S.M. y D.O.G., asistidos por el Secretario de Cámara P.B.E. a fin de llevar a cabo el juicio oral correspondiente a la CAUSA FSM N°

54081/2017/TO1 (REGISTRO INTERNO 3353) seguida a D.F.I., DNI 35.056.115, nacido el día 27 de octubre de 1990, argentino, hijo de G.E.I. y de P.M.D.C., instruido, de ocupación herrero, con ultimo domicilio previo a su detención en la calle F. nº 5693 de Caseros, actualmente alojado en un establecimiento del Servicio Penitenciario Federal y S.D.I., DNI 43.093.931, nacido el día 13 de abril de 1995, argentino, hijo de G.E.I. y de L.M.L., instruido, con ultimo O A S F L U C domicilio previo a su detención en la calle D.R. 2077 de Caseros, I O I actualmente alojado en un establecimiento del Servicio Penitenciario Federal.--------

Se informa por secretaría sobre la constitución del tribunal, la presencia de las partes y sobre la presencia de los testigos. El actuario hace saber que los testigos P.E.R., T.R., G.M.C. y G.N.O., han solicitado declarar sin la presencia de los imputados en la Sala y sin la presencia de público. Se hace lugar por presidencia a la solicitud-----------------------

Luego el Señor juez advierte a los imputados que presten atención a lo que inmediatamente leerá el actuario, que consiste en el relato y calificación de los hechos por los cuales se elevó la causa a juicio, así como sus datos personales. Así, por secretaría se da lectura al requerimiento de elevación a juicio que obra a fs.

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Abierto el debate, y consultadas al efecto, las partes manifiestan que no tienen cuestiones preliminares que plantear-----------------------------------------------------

Fecha de firma: 07/06/2019 Alta en sistema: 06/08/2019 Firmado por: S.M., JUEZA DE CÁMARA Firmado por: D.O.G., JUEZ DE CAMARA Firmado por: H.O.S., JUEZ DE CÁMARA Firmado(ante mi) por: P.B.E. , SECRETARIO DE CÁMARA #31285124#236714803#20190607161041762 A continuación V.E les informa a los imputados que si están dispuestos se les recibirá declaración sobre los hechos objeto de la requisitoria, les informa que puede abstenerse de declarar sin que su silencio pueda constituir presunción alguna en su contra, y que no se le pedirá juramento ni promesa de decir verdad. A su vez les manifiesta que si optan por declarar, tienen derecho de decir todo cuanto estimen necesario para su descargo o aclaración del hecho atribuido, y que luego el Sr.

fiscal, la defensa y en su caso el tribunal, podrá formularle las preguntas que estimaran convenientes si así lo consienten. Preguntado si va a declarar, D.F.I. dice que se remite a lo que ya dijo en su declaración anterior, por lo cual se tienen por incorporadas las actas de declaración indagatoria que obran a fs.

569/72 y 845/7. S.D.I. por su parte, dice que con lo que ha declarado en la oportunidad anterior es más que suficiente; consecuentemente se dan por incorporadas sus dos declaraciones de fs. 631/34 y 845/57--------------------------------

Seguidamente, se ordena la recepción de la prueba testimonial y se hace egresar de la Sala a los imputados. Comparece en primer término P.E.R., DNI 29.732.816, nacido el 15 de diciembre de 1982 en San Martín, hijo de G.O. y de T.R.. Jura decir verdad y referidas que le fueron las generales de la ley manifiesta que no le comprenden. Interroga en primer lugar el Señor fiscal. A pedido del fiscal de juicio se le exhibe al testigo el acta de fs. 32, donde reconoce su firma. Con autorización de la presidencia y a efectos de refrescar la memoria del testigo, el representante del Ministerio Público da lectura a la declaración de fs. 168, donde el declarante ratifica las de 24/26 y 150, y luego el Señor fiscal da lectura a los pasajes pertinentes de esas declaraciones. El testigo aclara que efectivamente recuerda haber dicho lo que se lee. Continúa el interrogatorio. Nuevamente el Señor fiscal le refiere al declarante fragmentos de su declaración anterior con autorización de Presidencia, a...

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