Sentencia de TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 30 DE LA CAPITAL FEDERAL, 5 de Julio de 2019, expediente CCC 016459/2016/TO01
Fecha de Resolución | 5 de Julio de 2019 |
Emisor | TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 30 DE LA CAPITAL FEDERAL |
Poder Judicial de la Nación Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional N° 30 de la Capital Federal CCC 16459/2016/TO1 REGISTRO N° 120 / 2019 Buenos Aires, 5 de julio de 2019.
Y VISTOS:
Para dictar los fundamentos del veredicto firmado el veintiocho de junio de dos mil diecinueve, en esta causa n° 5022, seguida a M.E.O. (ó M.E.O.) -argentino, titular de D.N.
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n°
37.317.464, nacido el 23 de septiembre de 1989, soltero, hijo de M. de los Angeles Ledesma y J.C.O., con domicilio en la calle Defensa y Cacheuta, Manzana 58, Lote 3, B.V.d.L., ciudad de Córdoba, Provincia homónima, P.P.. RH 297.304 y P.. de Reincidencia O3942607-, y J.M.F. -argentino, titular de DNI n° 11.360.762, nacido el 27 de diciembre de 1954 en esta ciudad, separado, hijo de J.M.F. y A.P., con domicilio en la calle Paraguay, casa 41, Montegrande, Pcia. de Buenos Aires, P.. Pol. CI 7486148, y P.. de Reincidencia O3940933) por el delito de robo agravado por haber sido cometido con escalamiento, agravado a su vez en el caso de F. por su condición de integrante de las fuerzas policiales–
coautores- (arts. 45, 55, 167 inc. 4° en función del art. 163 inc. 4° y 167 bis del C.P.).
Intervinieron en el debate, en representación del Ministerio Público, la señora F. General doctora G.G.C., a cargo de la defensa del imputado M.E.O., la Sra. Defensora Oficial Coadyuvante doctora A.E., y a cargo de la defensa de J.M.F., el Sr.
Defensor C.S.G..
Y CONSIDERANDO:
El J.L.M.R., dijo:
Fecha de firma: 05/07/2019 Firmado por: L.M.R., JUEZ DE CAMARA 1 Firmado por: M.M.R., JUEZ DE CAMARA Firmado por: G.E.F., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: J.M.A., SECRETARIO DE CAMARA #29380046#239052047#20190705142413184
-
El hecho objeto del proceso Por requerimiento de elevación a juicio obrante a fs. 642/647 se le imputa a M.E.O., J.M.F. y B.J.V.Z. –
quien fue declarado rebelde durante el desarrollo del debate-: “… el haber franqueado el acceso al inmueble sito en la calle S. 2351 de esta ciudad como parte de una maniobra para apoderarse ilegítimamente y mediante fuerza en las cosas, de una caja fuerte de aproximadamente 90 cm. de alto por 60 cm.
de ancho y largo, propiedad de J.H., la cual contenía en su interior documentación personal del nombrado entre otras pertenencias que al momento de prestar declaración en sede policial no pudo precisar, situada en el primer piso del comercio ubicado en la calle S. 2357 de esta ciudad, para lo cual, los autores del hecho accedieron a una ventana mediante el uso de una escalera y violentaron un vidrio.
Dicho suceso tuvo lugar el 20 de marzo de 2016 en horas de la madrugada, en ocasión en la que el imputado F., quien ostenta el cargo de Sargento 1° de la P.F.A, se encontraba cumpliendo funciones de custodia respecto de la finca de la calle S. 2351 de esta ciudad (dónde se encuentra ubicada la Secretaría Nacional de la N., Adolescencia y la Familia, dependiente del Ministerio de Desarrollo Social).
En efecto, ese mismo día H. recibió en su domicilio dos llamados de la empresa de seguridad “SIALAR” a las 02:30 y a las 03:00 hs. mediante los cuales le indicaban que se había activado la alarma de su comercio en el sector de oficinas (la primera vez sin captación de movimientos y la segunda vez con), por lo cual se le dio el correspondiente aviso a la policía. Que a raíz de ello, el Sargento Primero G. y el Cabo A., ambos numerarios de la Seccional 7° de la P.F.A., se trasladaron al lugar a bordo del móvil 207, observando que sobre la calle P. se hallaban dos vehículos estacionados Fecha de firma: 05/07/2019 Firmado por: L.M.R., JUEZ DE CAMARA Firmado por: M.M.R., JUEZ DE CAMARA Firmado por: G.E.F., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: J.M.A., SECRETARIO DE CAMARA #29380046#239052047#20190705142413184 Poder Judicial de la Nación Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional N° 30 de la Capital Federal CCC 16459/2016/TO1 con el motor en marcha y las luces encendidas: un vehículo utilitario marca Renault Kangoo o Ford Eco Sport de color oscuro y un Peugeot modelo 307 color gris plata.
Que ante el arribo policial, la camioneta huyó por la calle P. en dirección a la Av. Corrientes, siendo perdida de vista, mientras que el segundo rodado se dio a la fuga por la calle S. en dirección a la Av.
P., saliendo el patrullero en su búsqueda, a la vez que dio aviso al Departamento Federal de Emergencias de lo ocurrido. Que la persecución se llevó a cabo por la calle S., tomándola calle P. en contramano, luego girando a la derecha por la calle P. llegando a la Av. P. y doblando en la Av. R., siendo que a la altura catastral 2858 de ésta última arteria, el Peugeot realizó un trompo y quedó detenido en sentido contrario al tránsito, momento en el cual dos sujetos descendieron del mismo, permaneciendo un femenino en el interior del vehículo.
Que uno de estos hombres vestía una remera color celeste, pantalón de jeans color azul y zapatillas celestes y se dio a la fuga a pie por la calle Catamarca, siendo perseguido por el S.G., quien logró
alcanzarlo a la altura catastral 38 de esta calle. Que el otro sospechoso, que vestía una campera de color azul con capucha, pantalón de jeans color azul y zapatillas color negro con vivos blancos, fue perseguido sin ser perdido de vista por el cabo A. a bordo del móvil policial, siendo alcanzado en la calle H.Y. al 2900. Luego de ello se procedió a la formal detención de ambos sujetos, quienes se identificaron como M.E.O. (interceptado por G.) y B.J.V.Z. (detenido por A.).
Fecha de firma: 05/07/2019 Firmado por: L.M.R., JUEZ DE CAMARA 3 Firmado por: M.M.R., JUEZ DE CAMARA Firmado por: G.E.F., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: J.M.A., SECRETARIO DE CAMARA #29380046#239052047#20190705142413184 Seguidamente, el Peugeot donde se trasladaron los acusados (dominio colocado GWH-250) fue secuestrado junto con documentación correspondiente a dicho rodo (cédula de identificación y póliza de seguro a nombre de S.A.A., dos teléfonos celulares (uno marca M. color negro y gris IMEI 102100444454040 con chip colocado de la empresa “N.” y uno marca “Samsung” de color blanco con pantalla astillada con chip colocado de la empresa Movistar), una soga y una hoja de sierra, todos elementos hallados en su interior, dejándose constancia de que al ir en búsqueda del vehículo, la tripulante femenina ya no se encontraba en él.
Paralelamente, otros agentes de la Seccional 7° de la P.F.A. se hicieron presentes en el comercio aludido, advirtiendo que éste no presentaba su frente violentado, pero que el edificio lindero (S. 2351) tenía su reja frontal abierta, y la cerradura y traba ventana interna rotas. Que al ingresar a esa sede ministerial y avanzar hacia el estacionamiento interno de la misma, notaron que había una escalera de madera contra la pared que daba a la ventana de un entrepiso del local afectado, la cual se hallaba abierta y tenía su vidrio roto.
Así, cuando los efectivos subieron por dicha escalera e ingresaron por la ventana con las debidas precauciones, constataron que se trataba de una oficina de dos escritorios, máquinas contadoras de dinero, muebles, estantes y dos cajas fuertes sin signos de violencia. Que entonces se hizo presente en la oficina el damnificado H., quien anotició a las autoridades que le faltaba del lugar la caja fuerte anteriormente descripta. En ello, se revisaron el depósito y el salón de ventas del comercio, así como también el interior del edificio del Ministerio en búsqueda de los autores del ilícito, arrojando dicha medida resultado negativo; a la vez que se constituyó en el lugar personal de la Fecha de firma: 05/07/2019 Firmado por: L.M.R., JUEZ DE CAMARA Firmado por: M.M.R., JUEZ DE CAMARA Firmado por: G.E.F., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: J.M.A., SECRETARIO DE CAMARA #29380046#239052047#20190705142413184 Poder Judicial de la Nación Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional N° 30 de la Capital Federal CCC 16459/2016/TO1 División Rastros de la P.F.A. para realizar las medidas tendientes a la identificación de los autores del hecho.
Posteriormente se procedió a la identificación del imputado F., toda vez que se constató que a aquél le correspondía cumplimentar funciones de custodia en la sede del Ministerio al momento del ilícito y también se le secuestró su teléfono celular, haciendo lo propio con el teléfono celular perteneciente al imputado V.Z..
Finalmente, se procedió también al formal secuestro de la escalera de madera hallada en el patio del Ministerio, la cual sufrió la ruptura de uno de sus escalones cuando personal policial descendió de la oficina violentada utilizando la misma”.
El Sr. F. de Instrucción calificó el accionar imputado a M.E.O. y J.M.F. como constitutivo del delito de robo agravado por haber sido cometido con escalamiento agravado a su vez en el caso del último mencionado por su condición de integrante de las fuerzas policiales, en calidad de coautores (arts. 45, 55, 167 inc. 4° en función del art. 163 inc. 4° y 167 bis del C.P.).
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Las declaraciones de los imputados 1. El imputado F. prestó declaración indagatoria al inicio de la audiencia de debate.
Dijo ser retirado de la Policía Federal con el grado de Sargento 1°, con nueve años de personal civil y treinta y cuatro de antigüedad como policía; que hacía servicios adicionales los treinta días por mes de 18.00 a 6.00 de la mañana a la fecha de los hechos de la presente causa, y que fue sumariado y pasado a retiro.
Fecha de firma: 05/07/2019 Firmado por: L.M.R., JUEZ DE CAMARA 5 Firmado por: M.M.R., JUEZ DE CAMARA Firmado por: G.E.F., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: J.M.A., SECRETARIO DE CAMARA #29380046#239052047#20190705142413184 Invitado a declarar manifestó que “...ese día venía muy cansado... me sentí descompuesto... tipo 4 de la tarde me acosté y me quedé dormido... me desperté cerca de las 2.15 de la mañana y salí de mi casa... me di una ducha y salí,.. llegué 3.15 y me encontré con esa situación ... no sabía qué hacer ... me encontré superado ... fui a la comisaría a declarar ...la llamé a mi...
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